Los intereses de los juicios laborales dividen a una Cámara del Trabajo condicionada políticamente
La Corte Suprema acaba de revocar dos fallos que calculan indemnizaciones “desproporcionadas”; se trata de un tribunal con influencia del kirchnerismo; el debate por el criterio a aplicar
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La aplicación de una tasa de interés justa para calcular los valores en las indemnizaciones de los juicios laborales jaquea a la Cámara de Trabajo, porque la Corte Suprema ya anuló dos veces por “desproporcionados” cálculos donde los jueces aplicaron en un principio, intereses sobre intereses no previstos en la ley y luego una tasa de interés que multiplicó por 20.000 los montos establecidos en los fallos de primera instancia.
Tal es el desconcierto entre los camaristas que se reunieron el jueves pasado que la mayoría de los jueces (deberían ser 30, pero con las vacantes hay 22 efectivos) en una reunión informal en la que no llegaron a ningún acuerdo, por lo cual ahora cada sala aplicará lo que le parezca. Allí hubo posiciones encontradas: están los jueces que creen que hay que declarar inconstitucional la prohibición de indexar, los más cercanos al kirchnerismo, y del otro lado, hay quienes piensan que hay que aplicar el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) y nada más para calcular el interés.
La Cámara Laboral es un tribunal donde el sindicalismo pesa. La CGT de Hugo Moyano y su abogado el exdiputado Héctor Recalde maniobraron para ocupar casilleros en el fuero de modo de conseguir sentencias en beneficio de los trabajadores. La camarista Graciela Craig es la esposa de Recalde, que integra el Consejo de la Magistratura. Diana Cañal es camarista cercana al kirchnerismo y denunciada por el macrismo, y lo mismo es Gabriel de Vedia, cercano al kirchnerismo, son algunos ejemplos de esta influencia. Quien tenía ascendencia sobre sus colegas en la cámara era Gregorio Corach, juez que llegó a la edad límite para la jubilación y a quien no le dieron un nuevo acuerdo en el Senado.
El primer reproche de la Corte por los intereses se dio en el caso Oliva, donde el máximo tribunal anuló un acta de la Cámara que había establecido que se podía aplicar el cobro de intereses sobre intereses. En ese caso el abogado patrocinante de la demanda era Leandro Recalde, hijo de Héctor, representante de los abogados en el Consejo de la Magistratura, y hermano de Mariano, senador nacional de Unión por al Patria.
Allí los jueces Mario Fera, Alvaro Balestrini y Roberto Pompa aplicaron lo resuelto por toda la Cámara en el acta 2764 de 2022, que permitía aplicar los intereses de los intereses, un mecanismo no previsto en la ley para hacer crecer la indemnización un 7745%, lo que implicaba un “incremento desproporcionado de la condena”.
Tras ese fallo, los camaristas se reunieron y firmaron otra acta donde establecieron un nuevo mecanismo de indemnización, que fue nuevamente esta semana anulado por la Corte. Ese mecanismo, ahora anulado fue el acta 2783 de 2024. Allí se estableció aplicar como mecanismo de indemnización el CER más el 6 por ciento.
Con este cálculo, los jueces de la Sala X Daniel Stortini y Leonardo Ambesi aplicaron el acta 2783 en una causa donde Jonatan Daniel Lacuadra demandó a DirecTV Argentina S.A por despido en 2013. La cuenta les daba que el trabajador percibiera más de 137 millones de pesos de indemnización por despido y elevaba en casi un 20.000 por ciento el monto de condena de primera instancia.
En primera instancia se hizo lugar a su reclamo, se estableció pagar $687.735,12 en concepto de capital, e intereses de acuerdo a la tasa activa prevista en las actas 2601/2014, 2630/2016 y 2658/2017 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT). La Sala X de dicha Cámara confirmó lo resuelto, pero ordenó que al monto de condena se le adicionaran los accesorios previstos en su acta 2783/2024.
Esto implica imponer desde la fecha de exigibilidad de los créditos laborales, el CER sobre el capital de condena, más una tasa de interés pura del 6% anual, con una única capitalización -exclusivamente sobre esa tasa pura- a la fecha de notificación de la demanda.
El juez Stortini de la Sala X es uno de los empleados del fuero laboral más antiguos y de los camaristas más prudentes. Su colega que firma con él Leonardo Ambesi, en cambio, viene de la política. Fue director de jurídico del Ministerio de Trabajo con Néstor Kirchner, asesor de Gabinete del ministro Carlos Tomada y subgerente de asuntos legales de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo hasta 2003.
Tras el último fallo de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Cámara quedó desconcertada.
“Nos piden que fallemos menos, para abajo, pero ¿con que criterio?” se preguntó uno de los camaristas consultado por LA NACION, que entendió que la solución es que ese coeficiente de ajuste de las sentencias sea fijado por ley.
Los intereses a aplicar son de dos tipos, moratorios, por las demoras en el pago de la sentencia y compensatorios, por el tiempo transcurrido. El DNU 70 de 2023, de Milei fijaba un tope para el cálculo de interés: el 3 % mas el Índice de Precios al Consumidor. Pero ese DNU en el capítulo laboral fue declarado inconstitucional por los camaristas del trabajo Manuel Diez Selva; Héctor Guisado y Mario Fera. Otra sentencia con el mismo efecto fue firmada por Diana Cañal y Alejandor Peruggini.
En la Ley Bases, en cambio, no quedó establecido cuál es el índice a aplicar, lo fue fue interpretado por alguno de los camaristas como una señal de que los empresarios quieren algo por debajo de lo que menciona el DNU.
Para tratar de ponerse de acuerdo en un interés a aplicar los camaristas se reunieron el jueves pasado, pero no llegaron a ningún consenso. De hecho tras ese acuerdo, el jueves pasado la Sala VIII, con la firma de los camaristas Víctor Pesino y María Dora González firmaron una sentencia donde aplican sólo el CER como índice de ajuste. Y allí hicieron consideraciones sobre la dificultad para encontrar un coeficiente justo en un país donde los juicios laborales pueden demorar años, el costo de vida aumenta de manera escandalosa y los sueldos quedan atrasados con respecto a este valor.
Una evidencia de la disparidad es que el mismo día 15 de agosto la misma sala de la Cámara Laboral con la firma de los mismos camaristas estableció que el interés moratorio a aplicar en un juicio laboral era el índice RIPTE, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, con más un interés compensatorio puro del 3% anual.
En el primer fallo el primer voto es de Pesino, al que adhiere Rodríguez y en el segundo caso el primer voto es de Rodríguez, al que adhiere Pesino. “Esto va a ser un mosaico terrible, cada camarista va a hacer lo que le dé la gana”, se sinceró uno de los jueces del fuero.
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