
Los delitos cometidos por los Montoneros no serán investigados
Para la Justicia, no son de lesa humanidad
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La Cámara Federal porteña resolvió que los asesinatos cometidos por la organización guerrillera Montoneros no son crímenes de lesa humanidad ni crímenes de guerra, por lo cual son prescriptibles y, a estas alturas, ya no pueden ser investigados. La decisión del tribunal beneficia al ex jefe de ese grupo Mario Firmenich y a otros ex integrantes de esa agrupación.
La discusión sobre qué es un delito de lesa humanidad o quién lo puede cometer es importante, porque los delitos de lesa humanidad son una categoría de crímenes que no prescriben, lo cual significa que, no importa cuánto tiempo haya transcurrido entre su comisión y el juicio, la Justicia los puede investigar y condenar.
Si, en cambio, un delito no encuadra en esa categoría, sólo puede ser investigado mientras no haya transcurrido el plazo máximo para hacerlo.
De esta forma, el ataque cometido en 1976 con una bomba en el edificio de Moreno 1431 de la Capital Federal, donde funcionaba la Superintendencia de Seguridad Federal de la Policía Federal, fue considerado ayer un delito común de "estrago". De ese modo, después de 31 años se encuentra prescripto, por lo cual los imputados no pueden ser juzgados nuevamente.
Así lo resolvió la Sala I del tribunal de apelaciones, integrada por los jueces Gabriel Cavallo, Eduardo Freiler y Eduardo Farah, que respaldó un fallo de la jueza federal María Servini de Cubría y confirmó el sobreseimiento por prescripción del delito de Firmenich y otros seis imputados por un ataque con explosivos a la Superintendencia de Seguridad de la Policía Federal, el 2 de julio de 1976.
Junto con Firmenich y Verbitsky, también fueron sobreseídos Marcelo Kurlat, Laura Silvia Sofovich, Miguel Uletta, Norberto Habegger y Lila Pastoriza.
De esa forma, la Cámara Federal sigue la misma doctrina impuesta por la Corte que, en 2003 y en 2005, en las causas Arancibia Clavel y Simón consideró que los únicos delitos que pueden ser considerados como crímenes de lesa humanidad son los que cometen los agentes estatales (los integrantes del gobierno de esa época, por ejemplo), o un grupo con capacidad de ejercer un dominio y ejecución análogo al estatal sobre un territorio determinado.
No ejercía poder político
La Cámara sostuvo que de acuerdo con el derecho penal internacional y a la Corte Suprema de Justicia, los crímenes de lesa humanidad y, por ende, imprescriptibles "son cometidos por agente estatal en ejecución de acción gubernamental o por un grupo con capacidad de ejercer un dominio y ejecución análogos al estatal".
En cualquiera de los casos, esos delitos involucran una acción organizada desde el Estado o una entidad con capacidad similar, sostiene el tribunal.
Pero, según lo asegura la Cámara Federal, Montoneros no "constituyó una organización entendida en esos términos, por lo que es equivocado sostener que los delitos a ella atribuidos constituyan crímenes contra la humanidad".
"Sin duda, el error radica en confundir la pretensión de acceder al poder político, que caracteriza a toda agrupación política -violenta o no- con el ejercicio del poder político, de dominio sobre una población civil determinada", sostuvo el tribunal. Pero, dicen, Montoneros "no ejercía un poder político, ni siquiera de facto, sobre la sociedad civil".
Los jueces recordaron que los crímenes contra la humanidad, "son cometidos en el marco de una acción masiva o sistemática, dirigida, organizada o tolerada por el poder político".
La causa fue impulsada por el abogado Norberto Giletta, quien pidió que se declarase al hecho como delito de lesa humanidad, y por ende imprescriptible, tal como sucedió con las causas por violaciones a los derechos humanos en la dictadura, que tienen como acusados a militares.
El tribunal también rechazó que los delitos cometidos por Montoneros hayan sido crímenes de guerra, porque aquella agrupación no se adueñó de parte del territorio ni obtuvo el reconocimiento de beligerancia interior, señala el fallo, repitiendo conceptos que ya estaban contenidos en la sentencia que dictó ese mismo tribunal en la llamada causa 13.
La muerte de Hoya
- El mayor retirado Santiago Hoya, de 83 años, murió por "causas naturales" en el Hospital Militar anteayer por la mañana, según revelaron ayer a DyN fuentes judiciales que accedieron a la autopsia realizada en la Morgue Judicial porteña. El martes último, Hoya había sido condenado a 25 años de prisión por secuestros y desapariciones de militantes montoneros durante la dictadura. El militar estaba internado por varios problemas de salud, pero debido a que otro represor preso, el subprefecto Héctor Febres, murió envenenado cuatro días antes de recibir su sentencia, fue que la Justicia dispuso hacer la autopsia.




