Festejo en Olivos: los argumentos de Alberto Fernández para pedir su sobreseimiento
El Presidente alegó que el cumpleaños en la quinta presidencial no generó contagios y citó en su defensa pronunciamientos previos en otras causas de Comodoro Py
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LA NACION
Con un escrito de 36 páginas presentado ante la Justicia en la tarde de ayer, Alberto Fernández pidió ser sobreseído en la causa por violación de la cuarentena e insistió en que su conducta no colaboró con la propagación de la pandemia.
Para Fernández, haberse reunido en la quinta de Olivos para festejar el cumpleaños de la primera dama mientras regía la cuarentena estricta no constituyó un delito y, por ende, no es una cuestión en la que deba involucrarse la justicia penal. “Se puede advertir la inexistencia de delito, más allá del reproche moral o ético que pueda merecer, pero eso ya no es cuestión ni ámbito de la justicia penal”, planteó.
Los principales argumentos del Presidente fueron:
- El festejo fue en un ámbito familiar. Los hechos, justificó Fernández, tuvieron lugar “dentro de la órbita de la intimidad familiar”.
- El Presidente, esencial y exceptuado. Fernández alegó que el decreto que impone las restricciones declaró “esenciales” ciertas actividades y estableció que las personas afectadas a ellas estaban “exceptuadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular” e incluyó en ese grupo a las “autoridades superiores de los Gobiernos Nacional”. Dijo además que la quinta de Olivos “es la residencia obligatoria del Presidente de la Nación y su familia” y que allí se atienden “en forma continua los asuntos familiares y de gestión”.
- No hubo contagios. Este fue el principal argumento de la defensa de Fernández. Como el encuentro no produjo contagios de coronavirus, Fernández sostuvo que el caso debe cerrarse por “insignificancia penal”.
- Tampoco hubo un riesgo concreto de contagios. El Presidente alegó que pese a que el delito que se investiga es “de peligro” (castiga a quien incumple una norma dictada para evitar la propagación de la pandemia, más allá de que no haya producido daño alguno), para que sea delito tiene que haber existido un “riesgo concreto” que, según él, no existió en este caso. El Presidente citó un dictamen del fiscal Carlos Rívolo sobre el tema. Era en una causa contra una persona que circulaba sin permiso por la calle.
- Se cumplieron los protocolos, salvo en el momento de la foto. “De ninguna manera se relajaron, evitaron u omitieron las medidas de cuidado de rigor. Y en ningún caso se concretó el contagio propio, de los presentes, o de terceros”, planteó Fernández. “El momento particular de la foto que trascendió, tal como se reconoció desde un comienzo, fue la excepción dentro de la reunión donde fuera de ese momento concreto se respetaron los protocolos controlados por el personal asignado a la quinta de Olivos”, agregó.
- No toda conducta antiética es un delito penal. Fernández aludió a fallos y dictámenes firmados en los tribunales de Comodoro Py para defenderse. Uno de ellos fue el fallo de la jueza María Eugenia Capuchetti que dispuso el archivo de parte de la causa del vacunatorio VIP. Uno de los párrafos de aquel fallo que citó el Presidente dice: “La indignación sobre la manera en que se desarrollan ciertos acontecimientos no implica necesaria y automáticamente que deba intervenir el derecho penal. Existen situaciones que no son de nuestro agrado y que repudiamos fuertemente pero no pueden, por sí solas, hacernos dejar de lado [a los jueces] los límites de la función que tenemos”.
- La “reparación” del daño ocasionado también lleva al sobreseimiento. Como plan B, por si el juez Sebastián Casanello no hace lugar al sobreseimiento por los argumentos anteriores, Fernández ofreció una “reparación integral”. Se trata de un modo alternativo de solución de los conflictos penales. En este caso, Fernández se ofreció a pagar la mitad de su salario como presidente, “durante cuatro meses en forma consecutiva”. Fuentes oficiales informaron que el sueldo de Fernández es de 315.259 pesos en mano.
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