Limitan la ley de acceso a la información en Jujuy
El gobernador Fellner suma más restricciones y protege al Estado de brindar ciertos datos
SAN SALVADOR DE JUJUY.- El gobernador Eduardo Fellner reglamentó por tercera vez la ley provincial de acceso a la información pública N° 4444, mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, el viernes último. Entre los cambios, se agregaron requisitos para solicitar información y se incrementaron las excepciones en las que el Estado puede negarse a brindar datos a los ciudadanos.
El decreto es el tercero en los casi 13 años de gestión del gobernador Fellner. Ahora, según la reglamentación, un ciudadano interesado en conocer, por ejemplo, cómo el gobierno local utiliza fondos públicos deberá completar un formulario -cuyo contenido se anunció en el Boletín Oficial, pero no se adjuntó-; pagar $ 15 en la Dirección de Rentas por cada solicitud; sacar fotocopias del DNI; solicitar en una comisaría un certificado de residencia (trámite que demora en promedio un día hábil y cuesta otros $ 10), y, según el caso, acreditar mediante documentos o títulos el carácter que se invoca para solicitar información.
Uno de los artículos más polémicos del nuevo decreto es el 15, en el que se indican las excepciones al derecho al acceso a la información. A lo largo de 15 incisos, se detalla que el Estado podrá no informar cuando se trate de "secretos industriales, comerciales, financieros, científicos o técnicos"; cuando la información "comprometa los derechos o intereses legítimos de un tercero obtenida en carácter confidencial", o "cualquier tipo de información protegida por el secreto profesional".
Otros incisos llamativos son los que relevan al Estado de informar acerca de "notas internas con recomendaciones u opiniones producidas como parte del proceso previo al dictado de un acto administrativo o a la toma de decisión, que no formen parte de un expediente".
En sintonía con la enumeración de los asuntos secretos, Fellner afirma en el artículo 11 que debe ser protegida la información que contenga "datos personales o perfiles de consumo". También el artículo 16 establece que en caso de que la documentación solicitada sea "parcialmente reservada", se permitirá el acceso a la parte no comprendida en esa restricción.
En el decreto, el gobernador y presidente del PJ nacional habla de la importancia del derecho al acceso a la información y de la "celeridad" de la respuesta. Sin embargo, en los artículos reglamentarios parece contradecirse. Además de exigir, como sucedía antes, el pago de una tasa contributiva, agrega ahora una cuota de formalismo de difícil cumplimiento para poblaciones alejadas o de escasa alfabetización. Suma obstáculos burocráticos.
Es importante destacar que el Boletín Oficial de Jujuy no está disponible en la Web y no es gratuito. Además, como en este caso, publica documentación y decretos de manera abreviada o incompleta.
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