Liberan a Agustina Díaz y dejan preso al jefe del grupo de vendedores de copos de azúcar
Lo resolvió la Cámara Federal porteña, que entendió que no hay razones para procesar ni sobreseer a la joven y le dictó la falta de mérito; confirmaron el procesamiento de Nicolás Carrizo
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La Cámara Federal porteña excarceló a Agustina Díaz, una de las jóvenes que estaba detenida por el atentado a Cristina Kirchner. El tribunal entendió que no hay pruebas para procesarla ni para sobreseerla y que puede seguir el proceso en libertad.
Dispuso, en cambio, confirmar la detención y el procesamiento de Nicolás Carrizo, el jefe de vendedores de copos de algodón de azúcar ligados al ataque del 1° de septiembre pasado.
La decisión fue de los camaristas Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, que modificaron la situación de Carrizo, ya que paso de ser partícipe secundario del delito de tentativa de homicidio calificado con alevosía, a partícipe secundario de tentativa de homicidio solo agravado por la intervención de dos o mas personas. Y le redujeron el monto del embargo a 10 millones de pesos.
Los jueces instaron a la jueza María Eugenia Capuchetti a elevar a juicio el caso cuanto antes con respecto a estos acusados para que sean juzgados de manera oral y pública lo antes posible.
Los magistrados consideraron que Carrizo supo el 23 de agosto de 2022 del plan de Fernando Sabag Montiel y su novia, Brenda Uliarte, para asesinar a la vicepresidenta y que además dijo luego por WhastsApp que entregó un arma para su ejecución. “Lo cierto es que el hecho de que Sabag Montiel haya empleado otra arma y -posiblemente- adelantado su actuación respecto del presunto plan inicial, no exime de imputación a Carrizo”, dijeron los camaristas.
”Gabriel Nicolás Carrizo deberá responder como partícipe necesario del delito de homicidio en grado de tentativa agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por haberse cometido con un arma de fuego, en concurso real con falsificación de documento públicos”, afirmaron.
En cuanto a Díaz, dijeron que las pruebas no alcanzan para entender que tuvo un grado de intervención previa al ataque. “Si bien no se puede descartar un cierto conocimiento de Díaz sobre el plan, tampoco se puede asumir que por esa sola circunstancia y las manifestaciones efectuadas a Uliarte, donde no se aprecia contribución de cargo, se configure una complicidad secundaria”, dijeron los camaristas.
Tampoco consideraron probado su rol de encubridora por lo que dictaron su falta de mérito e instaron a profundizar la causa con respecto a su situación. “Podrían recabarse los registros fílmicos de las cámaras de seguridad -públicas y privadas- de las zonas donde impactaron las celdas de los teléfonos celulares de las personas imputadas y de la localización compartida”, dijeron los jueces.
“Deberá encomendarse al a quo [la jueza] que con la premura que el caso impone, eleve estas actuaciones respecto de los imputados cuyas situaciones procesales se encuentran resueltas a la instancia de debate oral y público”, señalaron.
Destacaron, no obstante, que seguirán investigándose otras hipótesis “que pueda vincularse con este hecho de gravedad institucional”. Y pidieron ahondar en “otras posibles hipótesis aún no dilucidadas, como ser la actuación de las agencias de seguridad y personal que se encontraban a cargo de la custodia y seguridad de Cristina Fernández”.