La Justicia le otorgó el arresto domiciliario a Amado Boudou
El juez Daniel Obligado, del Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4), le otorgó hoy al exvicepresidente Amado Boudou, condenado por el caso Ciccone, el arresto domiciliario. Entre los fundamentos para disponer esta "morigeración al encierro" el juez citó la buena conducta de Boudou, el monto de la pena que se le impuso -que no es de las más altas del Código Penal, dijo- y el avance de la pandemia del coronavirus.
Boudou cumplirá este arresto en el departamento del barrio de Barracas en el que viven su mujer y sus hijos, mellizos de dos años. Quedará sujeto -advierte el fallo- al "Programa de Asistencia a Personas bajo Vigilancia Electrónica".
Boudou fue condenado por los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública, por haberse quedado con el paquete mayoritario de la imprenta de papel moneda Ciccone Calcográfica. Esa sentencia fue confirmada por la Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, pero al exvicepresidente le queda todavía un último recurso (un recurso de queja por recurso extraordinario denegado) ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Obligado sostuvo que como todavía existe esta última posibilidad de que el alto tribunal revise la sentencia, la condena no está firme. Según el juez, rige entonces en favor de Boudou el "principio de inocencia" y todavía no está cumpliendo la pena, sino que está bajo un régimen de "prisión preventiva".
Con el avance del coronavirus, la defensa de Boudou le había pedido a la Corte que le diera "pronto despacho" al pedido del exvicepresidente para salir de prisión, pero el alto tribunal no hizo lugar a ese planteo. El caso volvió así al TOF 4 y hace diez días Obligado rechazó el pedido de excarcelación. Lo hizo siguiendo el dictamen del fiscal Marcelo Colombo, que dijo que no había motivos que justificaran la excarcelación. Boudou no está dentro de ninguno de los grupos de riesgo por el coronavirus.
Fundamentos
Ahora, Boudou seguirá detenido pero ya no en la cárcel. De acuerdo con el fallo de Obligado, hay "dos circunstancias rectoras" que deben aplicarse en este caso: "la falta de firmeza" de condena contra Boudou y "el contexto de emergencia sanitaria mundial por la pandemia del Covid-19".
Esos son los motivos centrales que -según el juez- "aconsejan morigerar el encierro dispuesto".
Obligado advirtió además que la pena impuesta a Boudou no es de las más graves del Código Penal. "Las morigeraciones al encierro deben necesariamente analizarse, también, en relación a la pena oportunamente adjudicada al condenado. Así, en este caso, una sanción de cinco años y diez meses que no llega a la cuarta parte de la pena de encierro máxima de la legislación penal argentina, no resulta óbice para viabilizar aquella posibilidad", afirmó.
El juez recordó asimismo que Boudou "ya estuvo detenido, fue excarcelado, se le revocó tal beneficio y retornó al encierro penitenciario". La última detención fue el 18 de febrero de 2019. Desde entonces, el exvicepresidente está preso en la cárcel federal de Ezeiza.
En cuanto a sus antecedentes procesales y carcelarios, Obligado sostuvo que Boudou "hasta el momento viene cumpliendo con las pautas procesales que se le han impuesto" y que "registra Conducta 10", según un informe socio ambiental hecho por el Servicio Penitenciario Federal.
"En definitiva, en este caso considero que se ha demostrado de qué modo y manera la emergencia sanitaria de pandemia Covid-19 incrementa los riesgos personales del condenado Amado Boudou en relación a su núcleo familiar conviviente, por lo que en este contexto situacional habré de morigerar su encierro, tornando el penitenciario en domiciliario", escribió Obligado.
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