Lago Escondido: la Justicia de Río Negro falló a favor de Joe Lewis y se cerrará el camino corto que pasa por su estancia
El Tribunal Superior de Justicia revocó las sentencias que ordenaban a la provincia garantizar llegar al espejo de agua por los terrenos que son propiedad del británico; quienes quieran llegar a esa zona deberán recorrer un sendero de montaña
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SAN CARLOS DE BARILOCHE.- Luego de idas y vueltas judiciales que demandaron más de 18 años, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el acceso a Lago Escondido por el Camino de Tacuifí. El tribunal admitió así parcialmente los recursos de casación interpuestos por la Fiscalía de Estado rionegrina y la empresa Hidden Lake S.A., del empresario Joe Lewis.
Esta determinación le puso el punto final a una discusión política y jurídica que demandó 18 años y 4 meses, y quienes quieran visitar el espejo de agua deberán recorrer un extenso sendero de montaña.
El fallo precisó que el único camino incluido en una sentencia previa (del propio STJ en su anterior conformación) es la traza larga, es decir, un camino de montaña de unos 30 km que comienza en la confluencia de los ríos Azul y Encanto Blanco, cerca de El Bolsón.
La apertura del camino de Tacuifí, también llamado Domingo Puchy, venía siendo reclamada desde 2005 por diversas organizaciones políticas, gremiales y sociales. El sendero, mucho más corto que la traza larga, conecta la ruta 40 a la altura de la localidad de El Foyel -unos 80 km al sur de Bariloche- con el lago Escondido. Ese acceso era eje hace años de una controversia judicial por su cercanía con la propiedad de Lewis.
A partir de este fallo de los jueces Ricardo Apcarian, Sergio Barotto y Cecilia Criado (las juezas Sandra Filipuzzi y María Luján Ignazi se abstuvieron), la provincia de Río Negro tendrá un plazo de 60 días para cumplir con “acciones de señalamiento y aseguramiento para la traza larga de acceso al Lago Escondido”.
Ya en junio de este año, el Procurador General de Río Negro, Jorge Crespo, había dispuesto revocar una sentencia de 2022 de la Cámara Civil de esta ciudad que ordenaba abrir el Camino de Tacuifí: según el criterio de Crespo, ese dictamen modificaba lo dispuesto por el STJ en 2005 respecto a la forma de garantizar el acceso al Lago Escondido.
En la sentencia actual, el STJ aseveró que la resolución original es clara en cuanto a qué sendero debía habilitarse. “La introducción del camino de Tacuifí fue una petición posterior de la demandante cuando el fallo estaba firme. Al aceptarla, el juez civil encargado de la ejecución de la sentencia y la Cámara se excedieron en sus facultades y desvirtuaron el fallo. De esta manera, esas decisiones afectaron cuestiones de raigambre constitucional como los principios de cosa juzgada, de congruencia y la preclusión de etapas procesales”, enfatizaron los jueces.
En abril de 2005, Magdalena Odarda –ex titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (Inai) y por entonces legisladora provincial– promovió una acción de amparo para que se garantice el libre acceso al Lago Escondido. Dos meses después, amplió la demanda, solicitó la declaración de nulidad de la servidumbre de paso existente y la constitución de una nueva a través del camino más corto, sugiriendo que podría utilizarse la huella abierta del camino Tacuifí.
“En noviembre de 2005, mediante sentencia 89/05, el Superior Tribunal de Justicia -con otra integración y por mayoría- rechazó el mandamus interpuesto”, recordaron los jueces. Y añadieron: “No obstante ello, en el punto segundo, advirtió cuestiones pendientes de resolución por parte de los requeridos y dispuso que en un plazo razonable debían finalizar los trámites administrativos registrales para permitir y asegurar el acceso al Lago Escondido por el camino objeto de servidumbre”.
En marzo del 2009, el STJ remitió la cuestión al Juzgado Civil de Bariloche para que realice “el seguimiento y cumplimiento de la sentencia”. Según recordaron los jueces, en ese momento, “la actora pidió aclaratoria y solicitó que se ordene explícitamente la apertura de los dos caminos de acceso al lago -el de montaña y Tacuifí-, la cual fue rechazada”. El caso pasó luego al Juzgado Civil de Bariloche.
En 2013, el juez Cuellar interpretó que correspondía garantizar además el camino por la traza corta de Tacuifí. Luego de que en septiembre de 2022 un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche confirmara la sentencia de Cuellar, la empresa Hidden Lake S.A. y la Fiscalía de Estado de la provincia de Río Negro recurrieron al STJ.
El fallo actual de ese tribunal subraya: “Las resoluciones recaídas en la etapa de ejecución de sentencia sólo pueden corresponder al cumplimiento de lo ya decidido y firme. El proceso de ejecución de sentencia no es más que la materialización de lo resuelto en el pronunciamiento que lo origina, al que no puede enmendar ni ampliar pues lo desnaturalizaría”.
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