La UIF pidió a la Justicia reabrir la causa por enriquecimiento ilícito del matrimonio Kirchner
La Unidad de Información Financiera (UIF) volvió a reclamar la reapertura de la causa de enriquecimiento ilícito del matrimonio Kirchner. Para ello, el organismo, representado por su vicepresidenta María Eugenia Talerico, presentó un recurso de apelación para que se aplique la doctrina de cosa juzgada írrita sobre la sentencia del exjuez federal Norberto Oyarbide , quien sobreseyó al matrimonio Kirchner en 2009, tras una investigación de cinco meses.
Tras las afirmaciones de Oyarbide frente al juez Claudio Bonadio en la causa de los cuadernos, ante quien declaró que había sido presionado por el espía Jaime Stiuso y el operador judicial Javier Fernández para llevar "con celeridad" la causa del matrimonio Kirchner, el organismo había pedido la reapertura de la causa y también solicitó ser querellante.
La UIF pidió ser parte querellante porque "el delito investigado [enriquecimiento ilícito] resulta ser un delito de contenido patrimonial y como tal, precedente de lavado de activos".
Como el pedido había sido denegado por el juez Marcelo Martínez De Giorgi, la UIF presentó un recurso de apelación.
El organismo había solicitado la nulidad absoluta del sobreseimiento dictado el 18 de diciembre de 2009 en favor de Néstor Kirchner y Cristina Kirchner , por considerar que sería aplicable la doctrina de la cosa juzgada írrita. Esta doctrina permite reabrir causas judiciales cuando su cierre fue producto de maniobras fraudulentas.
La denuncia contra Néstor y Cristina Kirchner , formulada por Enrique Piragini en julio de 2009, indicaba que el patrimonio presidencial se había incrementado de 2007 a 2008 en un 158 por ciento. Oyarbide sobreseyó a ambos en un plazo de cinco meses, tras recibir un informe del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema, que concluyó que no se cometieron delitos, al justificar el aumento patrimonial. El fiscal de la causa, Eduardo Taiano, no apeló el sobreseimiento dictado por el entonces juez Oyarbide.
En el recurso presentado por la UIF, al que accedió LA NACION, se insiste en que "los elementos que ha tenido en cuenta el exmagistrado al dictar el sobreseimiento no pueden ser admitidos en un ámbito valorativo, sino entendidos como graves indicios de la existencia de una cosa juzgada írrita". La exdiputada Margarita Stolbizer también había pedido que se dictara la nulidad del sobreseimiento.
La UIF señaló las "severas deficiencias contables ordenadas por Norberto Oyarbide, que en modo alguno permiten concluir la inexistencia del delito". Y remarcó, en el escrito, que las pericias oficiales consideradas por Oyarbide habían sido cuestionadas por el cuerpo de peritos de la Corte Suprema. Además, el excontador de los Kirchner Víctor Manzanares había sido aceptado como perito de parte.
"Es de público conocimiento que durante buena parte del ejercicio de su función, el exjuez Oyarbide habría mantenido fuertes vínculos con el gobierno de Néstor Kirchner y su consorte Cristina Fernández de Kirchner", sostiene el escrito.
En el libro Un ensayo sobre la cosa juzgada írrita, el doctor Federico Morgenstern, actual letrado de la Corte, plantea que en estos casos no hay doble persecución, porque la primera no puede ser considerada tal. "Algo puede haber sido juzgado sin que se haya realmente perseguido al sujeto, y en esos casos la respuesta normativa debería ser que no hubo juicio, o en realidad que este fue fraudulento y, por ello, es nulo", argumentó.
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