La sentencia por el Pacto con Irán será revisada por jueces que ya desestimaron otras causas contra Cristina Kirchner
Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa analizarán las conclusiones del TOF8 cuando les llegue el caso; ya actuaron en la causa de dólar futuro
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La sentencia que sobreseyó a Cristina Kirchner en la causa en la que se la investigó por encubrimiento por la firma del memorándum con Irán será revisada por los jueces de la Cámara de Casación que desestimaron otro caso contra la vicepresidenta, el de la compra de dólares en el mercado de futuros.
Así lo resolvieron hoy los jueces de la Sala I de la Cámara de Casación Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y su colega Ana María Figueroa al entender qué son ellos los competentes para eventualmente revisar la sentencia qué beneficio a la vicepresidenta y que será apelada por los querellantes.
Barroetaveña y Petrone son dos jueces que vienen de la carrera judicial y son los últimos que llegaron a la Casación. Sin ataduras políticas, tienen una mirada sobre el derecho mas técnica. Figueroa, una especialista en derechos humanos, no oculta su simpatía con el kirchnerismo y es promotora de denuncias que cuestionan la injerencia del Gobierno de Mauricio Macri sobre la Justicia.
Estos tres jueces entendieron el 13 de abril pasado en la causa de dólar futuro que no había ningún delito porque no hubo perjuicio para el Estado dado que un peritaje determinó que no hubo ninguna perdida económica.
Ahora estos mismos jueces -una vez que se presente el recurso de los querellantes- deberán analizar las conclusiones del Tribunal Oral Federal Número 8, que entendió que no había ningún delito en la firma del Memorándum con Irán. Ese fallo fue suscripto por los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Antonio Michilini. Los magistrados dijeron que no era un delito lo denunciado por el fiscal Alberto Nisman cuatro días antes de aparecer muerto en su casa. Nisman sostenía que la firma del Pacto con Irán buscaba la impunidad de los sospechosos de volar la AMIA, que tienen pedido de captura internacional. Pero los jueces López Iñiguez, Michilini y Obligado dijeron que la firma del acuerdo no se trataba de un delito y que las pruebas que presentó Nisman no acreditaban la denuncia. Así sobreseyeron a Cristina Kirchner, tras seis audiencias sin citar a juicio y sin escuchar a los testigos.
Los querellantes en este causa son Luis Czyzewski y Mario Averbuch, familiares de víctimas del ataque a la AMIA, representados por el abogado Toimas Farini Dugan, que ya adelantó que va a apelar el sobreseimiento. Otros querellantes son la DAIA y la AMIA que aún no fijaron posición. Farini Dugan se presentó, antes del sobreseimiento, ante la Sala I de la Casación para recusar al fiscal del juicio Marcelo Colombo y pedirle a Figueroa, Petrone y Barroetaveña que se inhiban de seguir actuando y que la causa pase a la Sala IV de la Casación, donde había tramitado anteriormente.
Pero los jueces de la Sala I, Figueroa, Petrone y Barroetaveña rechazaron esta noche el pedido de inhibición que había presentado la querella, pues entendieron que les correspondía intervenir dado que el caso estuvo aquí radicado en un primer momento.
“El Poder Judicial de la Nación no puede ser utilizado a conveniencia de ninguna parte, sino que debe responder a un sistema estricto de organización interna conforme pautas y criterios previos, objetivos y uniformes”, escribió Figueroa.
El fiscal que interviene ante los casos de la Sala I de Casación es Javier de Luca, quien ya dijo que la firma del pacto con Irán no se trataba de un delito, sino de una decisión política de un Gobierno. Así las cosas, si el fiscal mantiene la misma idea es lógico que no sostenga una eventual apelación contra el sobreseimiento de la vicepresidenta y solo quedaría entonces en pie para ser analizad por los jueces el recurso que piensan elevar los querellantes.
Así las cosas y ante la eventualidad de que la Sala I de la Casación decida revocar el sobreseimiento de Cristina Kirchner y ordene hacer el juicio, este no tendría fiscal, y la acusación no sería del Estado, sino de dos familiares de víctimas del ataque a la AMIA y eventualmente de la propia DAIA.
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