La oposición dialoguista le recortó facultades a Patricia Bullrich en su proyecto contra el crimen organizado
La iniciativa tuvo dictamen de comisión en la Cámara de Diputados; se eliminó la posibilidad de realizar allanamientos encadenados sin previo aviso a la Justicia
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Ante la presión y los reparos de los bloques de oposición dialoguista, el oficialismo debió recortar las facultades especiales que requería la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en un proyecto de ley que envió a la Cámara de Diputados para combatir el crimen organizado, conocido como “ley antimafia”. Entre esas atribuciones figuraba la posibilidad de realizar allanamientos sin previo aviso a la Justicia.
La iniciativa, que tuvo dictamen este miércoles en las comisiones de Legislación Penal y Seguridad Interior, propone imponer la pena más alta que prevé el Código Penal –que va de ocho a veinte años- a todo aquel que pertenezca a una organización criminal que se dedique a delitos graves como narcotráfico, trata de personas, lavado de activos, homicidios, pornografía infantil, tráfico de órganos, secuestros, entre otros. En el dictamen los legisladores incorporaron los delitos de venta de niños y corrupción.
Este es el punto nodal del proyecto pues, con esta modificación al Código Penal, lo que se pretende es que la pena por el delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplique a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella. Se considera que todos son partícipes necesarios para llevar a cabo el acto delictivo final.
La iniciativa fue firmada, aunque con disidencias, por los bloques de la oposición dialoguista. La bancada de Unión por la Patria, que comanda Germán Martínez, firmó un dictamen en minoría.
Las modificaciones al proyecto fueron consensuadas entre los bloques dialoguistas, la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, (Pro) y funcionarios del Ministerio de Seguridad. Se aceptó, por caso, que las facultades que pretenden conferirse a las fuerzas policiales y de seguridad federales para realizar allanamientos encadenados e intervenciones telefónicas deben contar indefectiblemente con la intervención del juez y del fiscal. En el caso de los allanamientos, el proyecto original establecía que solo después de realizados debía darse inmediato aviso a la autoridad judicial.
Asimismo, los legisladores eliminaron del texto el artículo que le permitía a la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal (DINIC), que orbita en el Ministerio de Seguridad, a “requerir información a los órganos especializados en la materia de otros Estados” sin autorización judicial.
Además, se modificó el artículo que establecía la extinción de dominio de todos aquellos bienes que presumiblemente sean producto de las actividades delictivas penadas por esta iniciativa. Dicho artículo disponía que esos bienes sean destinados al dominio del Estado. A propuesta de la bancada de Hacemos Coalición Federal, que preside Miguel Pichetto, se decidió reemplazar la figura de extinción de dominio por el de decomiso anticipado, que es más ágil pues lo puede aplicar el mismo juez penal a cargo de la investigación.
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