La Justicia falló contra el kirchnerismo y avaló la designación de la radical Roxana Reyes en el Consejo de la Magistratura
La Cámara en lo Contencioso Administrativo anuló un fallo que le había dado la razón al oficialismo en su pelea por una banca en el organismo que elige y controla a los jueces
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El Frente de Todos (FdT) sumó un nuevo traspié en los tribunales. La Justicia avaló la designación de la radical Roxana Reyes en el Consejo de la Magistratura al anular un fallo de primera instancia que le dio la razón al kirchnerismo sobre el criterio que debía aplicarse para el reparto de las sillas que le corresponden a los diputados en el Consejo.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal anuló esta mañana la resolución de un juez de primera instancia de ese fuero, Martín Cormick, que había admitido el amparo del líder del bloque del FdT en la Cámara de Diputados, Germán Martínez, en contra del criterio usado para el nombramiento de Reyes.
Con la firma de José Luis López Castiñeira, María Claudia Caputi y Luis María Márquez, la Cámara de Apelaciones consideró nulo el fallo de Cormick e indicó que “carece de todo efecto jurídico”.
Cormick consideró que cuando se nombró a Reyes para completar la anterior conformación del Consejo (que debía sumar a los integrantes necesarios para pasar de 13 a 20 miembros) no se cumplió con la ley. Según él, no correspondía asignarle a Reyes la banca destinada a la “segunda minoría” cuando Pro, aliado a su partido, ya tenía una.
Si bien el fallo de Cormick se refería al mandato ya cumplido de la legisladora, era importante porque establecía que la UCR y Pro debían considerarse como una sola fuerza a los efectos de nombrar representantes en el órgano que selecciona y controla a los jueces. Según el criterio de Cormick, también estuvieron mal designados los nuevos representantes del Consejo de la Magistratura, a los que la Corte Suprema les tomó juramento en diciembre pasado. Una de ellas fue, otra vez, Reyes.
Cuando el radicalismo cuestionó el fallo de Cormick, planteó que el juez alteraba la división de poderes y evidenciaba una notoria confusión sobre qué es un bloque parlamentario, una coalición electoral y un interbloque.
En su sentencia de hoy, los tres camaristas compartieron el criterio de los legisladores radicales. “En el relato efectuado en la sentencia de grado […] se confunde lo que es un bloque”, indicaron, para luego sostener que Cormick invocó en su sentencia el fallo que dictó la Corte Suprema ante el reclamo de Luis Juez contra la designación del kirchnerista Martín Doñate, pero sin explicitar “por qué las circunstancias analizadas [en ese caso] resultan análogas a las del presente caso”.
En el caso aludido, la Corte consideró que la división del Frente de Todos en dos bloques para nombrar a Doñate por la “segunda minoría” había sido una trampa para conseguir una silla más para el oficialismo en el Consejo de la Magistratura.
Hoy, la Cámara concluyó por unanimidad que Cormick avanzó sobre cuestiones que ya se habían tornado abstractas para cuando dictó su sentencia e, incluso, que fue más allá de lo que el propio Martínez había reclamado al presentar su amparo.
“Toda vez que en el caso se advierte la configuración de las manifiestas, graves e insanables irregularidades contenidas en el fallo”, concluyeron López Castiñeira, Caputi y Márquez, “la resolución en cuestión debe considerarse nula”.
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