La Justicia reabre la causa por crímenes franquistas
La Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal dispuso investigar los delitos de lesa humanidad cometidos en España durante la dictadura de Francisco Franco; repercusión en los medios españoles
La Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal reabrió la causa por crímenes de lesa humanidad cometidos por la dictadura de Francisco Franco en España, como reclamaban organismos humanitarios y familiares de víctimas del franquismo, informaron hoy fuentes judiciales.
Además de anular el dictamen de una jueza federal de Buenos Aires que había archivado esas actuaciones, el tribunal dispuso pedir al gobierno de España que informe si está investigando esos crímenes en el período comprendido entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977, apuntaron las fuentes.
Abogados de organismos humanitarios que patrocinan a los querellantes dijeron hoy que la decisión del tribunal "repara el error" del archivo de la causa dispuesto en un fallo de la jueza María Servini de Cubría con el apoyo de la Fiscalía.
El tribunal de apelaciones porteño respondió así a una apelación presentada por familiares de españoles víctimas del franquismo que en abril pasado habían pedido a la justicia argentina que investigara múltiples crímenes de lesa humanidad amparándose en el principio de jurisdicción universal.
Con la unanimidad de sus miembros, el tribunal declaró nulo "por carecer de fundamentación y sustento en el ordenamiento procesal vigente" el fallo que había archivado las actuaciones. Además aceptó la petición de la querella para que por vía diplomática se pida a España que informe "si efectivamente" se investiga allí la existencia de "un plan sistemático generalizado y deliberado de aterrorizar a los españoles partidarios de la forma representativa de gobierno a través de su eliminación física" en el lapso que va del 17 de julio de 1936 al 15 de junio de 1977".
"El derecho a la tutela judicial efectiva implica que la razón principal por la que el Estado debe perseguir el delito es la necesidad de dar cumplimiento a su obligación de garantizar el derecho a la justicia de las víctimas", aduce el dictamen del tribunal.
Subraya que "la persecución penal" es "un corolario necesario del derecho" de toda persona a "una investigación judicial a cargo de un tribunal competente, imparcial e independiente" que establezca si hubo violación de sus derechos, "se identifique a los responsables y se les impongan las sanciones pertinentes".
"Cuando decidió archivar la causa observamos que se sacó el asunto de encima: ahora sentimos que el tribunal ha reparado ese error", dijo el abogado Ricardo Huñis, uno de los que representan a la querella.
La causa había sido archivada por Servini de Cubría al amparo de un dictamen del fiscal Federico Delgado "que decía que en España se están investigando esos hechos y esto no tiene base probatoria", destacó.
"Por eso se pide ahora informes al gobierno de España", comentó el abogado, para quien "como no hay investigaciones" en la justicia española "no habrá impedimento para que la justicia argentina avance en la causa".
"El tribunal dice que debe haber una investigación por el derecho que le asiste a quienes querellan y que por tratarse de delitos de lesa humanidad se deben agotar todas las instancias de investigación", remarcó Huñis. "No podemos entender cómo la justicia argentina podía rechazar estas investigaciones cuando ha sido pionera en investigar crímenes de lesa humanidad", puntualizó.
Entre las demandas ante los tribunales de Buenos Aires figuran las de Silvia Carretero, viuda de Luis Sánchez Bravo, uno de los cinco últimos fusilados por el franquismo, y las de Darío Rivas, hijo de Severino Rivas, fusilado en 1936, e Inés García, sobrina de Elías García, asesinado en 1937.
En abril pasado, Rivas y García encabezaron la querella presentada ante los tribunales federales argentinos por genocidio con el auspicio de organismos humanitarios locales, entre ellos el Servicio de Paz y Justicia que dirige Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nobel de la Paz 1980.
La demanda fue ampliada poco después con diecisiete nuevos casos de víctimas gallegas, de un total de casi 5000 castigados por la dictadura en Galicia, identificados en una investigación realizada por universidades gallegas durante los últimos cuatro años.
La querella pidió listas de las fosas comunes halladas en España, un censo de los niños robados durante la dictadura, e información de "todas las empresas privadas beneficiadas del trabajo forzado y esclavo de los presos republicanos que aún siguen activas.
En el caso, el fiscal Federico Delgado había solicitado la desestimación de la denuncia, porque entendió que en España existen investigaciones penales en curso, lo que fue negado por los querellantes.
En primera instancia se desestimó la denuncia, porque la magistrada consideró que no se pueden investigar los hechos denunciados si no se cuenta con el impulso del Ministerio Público Fiscal.
Ante ello, la Cámara Federal, con la firma de los jueces Martín Irurzun y Horacio Cattani, anuló la desestimación de la denuncia, que llegó por apelación de los abogados de las querellas, señalando que esa resolución carecía de fundamentación válida, porque si actúa en la causa un querellante particular el juez puede investigar el delito aunque el fiscal no impulse la instrucción del caso.
Además, el tribunal señaló que era necesario librar exhortos por las vías diplomáticas pertinentes, para determinar si en España hay investigaciones abiertas por los crímenes denunciados.
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