La Justicia emplazó al Gobierno a que en 24 horas facilite el regreso de una enferma varada en EE.UU
Lo resolvió la Cámara del Crimen; es una paciente oncológica que desde julio no puede volver al país; por las restricciones, le reprogramaron su vuelo cuatro veces desde Phoenix, Arizona
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La Cámara del Crimen emplazó al jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, a que en 24 horas coordine las medidas necesarias para autorizar el “urgente” regreso al país de una mujer, paciente oncológica, que está varada desde hace un mes en los Estados Unidos, donde concurrió a vacunarse por indicación médica. La resolución cuestiona, en este caso, las restricciones a los vuelos que impuso el Gobierno para enfrentar la variante Delta del coronavirus.
Los jueces Magdalena Laíño y Julio Lucini hicieron lugar a un hábeas corpus en favor de Valeria Paula Caccamo, que deberá someterse a los controles -previos y posteriores al viaje- y cumplir con el aislamiento estricto que le corresponda, si es que efectivamente consigue regresar a Buenos Aires.
Caccamo, de 54 años, se encuentra en Phoenix, Arizona, y no puede regresar por los cupos impuestos por el Gobierno para el reingreso a raíz de la variante Delta de coronavirus. Su situación es grave, ya que padece hipertensión arterial, hipotiroidismo, insuficiencia renal y carcinoma de células claras (cáncer renal).
El 20 de mayo de 2020 Caccamo fue operada y le extirparon un riñón, motivo por el cual debía ser luego controlada cada seis meses. Pero su vuelo de Aerolíneas Argentinas fue reprogramado cuatro veces (11, 12 y 19 de julio y 8 de agosto) y su fecha probable de regreso se prevé para el próximo 24 de agosto.
Por eso que tuvo que cancelar los turnos médicos que tenía y debía hacer lo propio con el asignado en agosto, pues era el mismo día en que viajaría. En Estados Unidos se aplicó las dos dosis de la vacuna Pfizer (el 29 de mayo y el 21 de junio) como le había sido recomendado por su médico, debido a las contraindicaciones que las vacunas disponibles en la Argentina presentaban para su cuadro.
Como su viaje iba a terminar el 11 de julio, a la señora se le venció su seguro internacional de asistencia al viajero y tuvo que adquirir los medicamente que debía ingerir en forma diaria en farmacias de la ciudad en que se encuentra -erogación económica no prevista-, y que no sabe si le producirán efectos colaterales.
Con esos argumentos es que pidió que la autorizara a regresar de manera urgente. En el juicio, el Estado nacional sostuvo que no se le impedía regresar, sino que el ingreso estaba restringido a 7.000 plazas diarias disponibles. Y dijo que no debía hacerse lugar a su hábeas corpus.
El fiscal Eduardo Rosende dijo que no era arbitraria, sino razonable la decisión del Poder Ejecutivo por cuestiones sanitarias. Expresó que Caccamo no podía desconocer cuando salió del país que se podía modificar las condiciones de su reingreso, que en muchos países del mundo se estaban disponiendo nuevamente cuarentenas y que se debía velar por la salud de todos los habitantes.
En cambio, los jueces Laiño y Lucini dijeron que la normas consideran la posibilidad de ciertas excepciones, cuando existen razones fundamentadas. Más allá de la norma que pretende evitar el ingreso de la variante Delta, “esta no puede ser invocada frente a la urgencia de reingresar al territorio nacional que deriva de un padecimiento grave de salud y que no pueda ser debidamente tratado en el exterior, o difícil de costear”, indicaron.
“Frente al estado de pandemia se deben conciliar los intereses en pugna. El de la beneficiaria a recibir un tratamiento adecuado en la República Argentina con sus médicos de confianza, para paliar las consecuencias que su enfermedad podría ocasionar, salvaguardando así el derecho de regresar al país respetando sus disposiciones constitucionales (art. 14 CN) y, por otra parte, la protección de la salud de la población, génesis de la limitación”, explicaron los jueces.
Los magistrados resolvieron ordenar que se facilite el reingreso al país de Caccamo, pues su caso “se enmarca dentro de las razones humanitarias que justifica la excepción prevista en las normas”.
La mujer viajó el 26 de mayo a los Estados Unidos para aplicarse las dos dosis de la vacuna Pfizer, de acuerdo a lo aconsejado por su médico, ya que en ese momento no estaba disponible en el país. Ese mismo día se iniciaba la inscripción en la ciudad de Buenos Aires para que las personas mayores de 50 años con “condiciones de riesgos” recibieran la primera dosis de la vacuna contra el COVID-19.
El urólogo Jorge Ares, del Hospital Británico, afirmó que Caccamo requería “controles estrictos” de esa especialidad, nefrología y cardiología. “Caccamo requiere de controles clínicos periódicos, los que comprende el uso diario de medicamentos y solo puede garantizarse en nuestro territorio”, dijeron los jueces.
Los magistrados rechazaron los argumentos del Gobierno y del fiscal al señalar que no ponderaron “ni siquiera ligeramente” una hipótesis sanitaria, ni mucho menos mencionan “cómo se hace la selección de los argentinos a los que se permite viajar para que podamos, con seriedad -y tranquilidad- alejarla de toda posible arbitrariedad”.
“Tampoco dicen por qué no podría concretarse” la prevención de la propagación de la variante Delta “con una estricta cuarentena en un hotel”, explicaron los jueces y dijeron que la oposición del fiscal y del Estado “carece de solvencia para dejar de contemplar la crisis que también transita un paciente oncológico que lleva más de setenta días fuera del país, con las consecuencias en su salud que ello puede traer aparejado, como un claro supuesto de cuestión humanitaria que permita una excepción al límite de ingreso, cuando en la actualidad parece solo limitado a un arbitrario número fijado por la autoridad Aeronáutica, ya que la Migratoria y la Jefatura de Gabinete de Ministros aseguraron ser ajenas a ello”.
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