La Justicia autorizó definitivamente a Menem a competir como candidato
Los jueces concluyeron que puede disputar la elección en La Rioja porque sus condenas no están firmes; el tribunal siguió así la línea que había marcado la Corte Suprema
El ex presidente Carlos Menem fue habilitado por la Justicia para presentarse como candidato a senador nacional por La Rioja en las elecciones del 22 de octubre y aspirar a renovar su banca en la Cámara alta.
Tras la decisión de la Corte que había revocado la sentencia de la Cámara Nacional Electoral que impedía su candidatura, el fallo de ayer quedó como una mera formalidad.
Los jueces electorales Carlos Dalla Vía y Santiago Corcuera se excusaron de seguir interviniendo en el caso -porque no podían ahora decir lo contrario que habían afirmado antes- y enviaron el expediente a la Cámara Federal.
Fueron sorteados los jueces Eduardo Farah, Jorge Ballestero y Martín Irurzun, quienes ayer finalmente habilitaron a Menem en sintonía con la Corte.
Los jueces se basaron en dos motivos: en que ya había pasado la oportunidad para cuestionar la postulación según el calendario electoral y en que las sentencias que enfrenta Menem no están firmes y por lo tanto sigue gozando de la presunción de inocencia.
Ya sin objeciones judiciales, Menem tiene el camino despejado para intentar repetir la elección que hizo en las PASO donde, aun con la candidatura prohibida, obtuvo el 44,63% de los votos contra 36,08% de Cambiemos, que lleva al ex ministro de Defensa Julio Martínez como postulante.
El fallo coincide con lo que había dictaminado el fiscal electoral Jorge Di Lello: que el plazo para la presentación de impugnaciones se encontraba vencido cuando Leonel Ignacio Acosta, apoderado de la Alianza Izquierda al Frente pro el Socialismo, objetó la postulación.
"A poco que se observe el cronograma electoral 2017 y la fecha de presentación de la impugnación de que ahora se trata se advierte que los plazos, como lo señala el «a quo» [juez de primera instancia], se hallaban un mes vencidos desde la fecha de oficialización de la precandidatura cuestionada, evento que provoca una serie de efectos electorales que no pueden ser subsanados jurisdiccionalmente", sostiene el fallo.
"La norma establece quiénes están legitimados para llevar adelante cada uno de los actos y su contralor. Así, dice la ley, que son las juntas electorales quienes tienen a su cargo la verificación de que los precandidatos cumplan con los requisitos constitucionales y legales que presentan las diferentes listas, sin que se prevea la intervención en la etapa del proceso, de los demás partidos políticos o electores. Tal el supuesto que nos ocupa en que el recurrente interpone impugnación a una precandidatura de otro partido político", añade.
Además, el fallo recogió la postura de la Corte Suprema, que el 22 de agosto pasado había explicado que la condena a 7 años por contrabando de armas que pesa sobre Carlos Menem todavía no está firme, justamente porque falta un segundo fallo de la Cámara de Casación Penal que revise y, finalmente, un pronunciamiento de la propia Corte. Se trata de respetar la garantía del doble conforme. Si el fallo quedara firme, los senadores deben decidir.
Los jueces, ahora, al revisar si por las causas penales Menem carece de idoneidad para el cargo de senador, insistieron en que sólo una condena firme generaría la inhabilitación. Y además entendieron que sólo esa circunstancia alcanzaría para quebrar el principio de inocencia del que goza.
"La condena dictada en la causa «Armas» no se encuentra firme, por lo cual no es impedimento para la postulación a senador nacional de Menem", sostuvo la resolución de los jueces.
El fallo de ayer se conoció antes del 2 de septiembre, fecha límite establecida por el calendario electoral para oficializar las candidaturas de las elecciones legislativas de octubre próximo.
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