La Justicia de Chubut ordenó al Gobierno no elimine el subsidio al transporte, pero la Nación apelará
Lo resolvió el juez federal de Rawson a pedido del gobernador Ignacio Torres; el procurador del Teroso Rodolfo Barra apelará y la sola concesión de ese recurso suspendería el fallo
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El juez federal de Rawson Hugo Sastre ordenó, a pedido del gobernador de Chubut, Ignacio Torres, que el Gobierno nacional no elimine el subsidio al transporte automotor y consideró que esa decisión es “inoportuna”, “arbitraria”, “intempestiva”, “espasmódica” y desequilibra las cuentes provinciales. La administración de Javier Milei había anunciado la eliminación del Fondo Compensador del Interior en el marco de su plan de ajuste fiscal destinado a equilibrar las cuentas públicas.
El fallo del juez federal de Rawson, que abunda en consideraciones políticas, sociales y económicas, solo afecta a los subsidios que recibe Chubut. No tiene alcance nacional. El Gobierno nacional anticipó a LA NACION que apelará la medida. La sola concesión de la apelación por parte del juez para que la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revise esa decisión, implicaría la suspensión del fallo.
Si el juez otorga la apelación con efecto suspensivo, el gobernador, de todos modos, podría plantear una medida cautelar, para asegurarse de que no le quiten los fondos. Si el juez concede la apelación con efecto devolutivo, sigue vigente la orden que evita la quita de subsidios.
En rigor, el juez Sastre resolvió hacer lugar a una “medida autosatisfactiva” solicitada por el gobernador de Chubut, Ignacio Torres, y el Fiscal de Estado de la Provincia del Chubut, Andrés Giacome contra el Estado Nacional y dispuso que el Gobierno se abstenga de dictar y/o ejecutar cualquier acto que persiga la eliminación y/o reducción del Fondo Compensador del Interior que afecte el transporte urbano y suburbano de pasajeros en la provincia.
Se trata de un atajo legal que evitó el escenario habitual que se da cuando hay un conflicto entre una provincia y la Nación, donde la Corte Suprema de Justicia es el tribunal que tiene competencia originaria para resolver la controversia, sin la intervención de los jueces de primera instancia y de las cámaras.
En sus fundamentos, el juez Sastre sugiere que una “medida progresiva” evitaría este problema. El magistrado se refiere a la decisión de Nación de disminuir el subsidio a las empresas prestatarias de Jurisdicción Nacional, para concentrar la ayuda a los usuarios que más lo necesitan de forma directa, canalizando dicha asistencia a través de SUBE.
“Resulta a las claras, que sin la asistencia del Estado Nacional a través del fondo compensador del transporte del interior, el sistema de trasporte de pasajeros no resulta sustentable, puesto que su funcionamiento se encuentra hace años supeditada a las partidas presupuestarias remitidas por el Gobierno Nacional”, consideró el magistrado.
Agregó, además, que este accionar “no se condice con la situación existente por la que atravesaría el sector empresarial de dicho rubro y la Argentina en general, producto entre otros, de los elevadísimos costos a sufragar a los fines de poder sustentar la industria del trasporte, y que de acuerdo a la políticas económicas desarrolladas en la República Argentina, habría desencadenado en elevados índices de inflación y la brecha de divisas extranjeras -principalmente con la moneda extranjera dólar- respecto de la moneda nacional, entre otras; todas ellas variables que ni la accionante ni las empresas del sector dedicadas al transporte y beneficiarias del fondo de compensación, tendrían en su órbita capacidad de injerencia, intervención, ajuste o manipulación alguna”.
En este sentido, el magistrado considera que “la situación económica redundaría en un escenario complejo de excesivos costos a solventar, con una demanda social exasperante por falta de puestos de trabajo, bajos sueldos, y marcada inflación”.
“Las variables antes mencionadas contribuirán negativamente generando una economía desfavorable para la autosustentabilidad empresarial”, enfatiza.
Y suma: “Nos encontramos ante el desfinanciamiento de un sector de la economía que brinda un servicio público, y que la medida hoy atacada afectaría además de la accionante y las empresas beneficiarias del mismo, a miles de usuarios”.
Por ello, advierte el magistrado, la eliminación del fondo compensador del transporte de pasajeros urbano y suburbano “carece de una medida paralela que amortigüe los efectos negativos que provoca en la economía de la accionante”.
Sostiene además que “una media de tal naturaleza, repercute negativamente en las arcas de la demandada y de las empresas beneficiarias del fondo, carece de una estructura lógica, puesto que dicha decisión discrecional fomenta la génesis de una problemática social, económica y empresarial, fácilmente evitable con una política — de tinte gradual o progresivo- que conjunta o paralelamente mitigue el impacto negativo que provoca la eliminación del fondo”.
“La circunstancia de que la administración obrase en ejercicio de facultades discrecionales, en manera alguna puede constituir un justificativo de su conducta arbitraria puesto que es precisamente la razonabilidad con que se ejercen tales facultades el principio que otorga validez a los actos de los órganos del Estado”, considera.
El magistrado consideró que la medida del Gobierno no fue consensuada, por el contrario, se actuó “de forma intempestiva, espasmódica, y ya iniciado el ciclo anual del 2024″.
“Por ello, entiendo que la decisión del Gobierno Nacional ha sido inconveniente e intempestiva, provocando desequilibrio de las cuentas provinciales; una crisis empresarial en el sector afectado, y el perjuicio a los usuarios del sistema de trasporte público de pasajeros, que no podrían quedar a merced de una decisión de tamaña envergadura”, afirma.
Y finalmente indica: “Encontrándonos próximos a la finalización del periodo estival y al inicio del ciclo lectivo 2024, época de más mayor demanda en el uso del trasporte público de pasajeros, con una geografía, distancias y condiciones climáticas como la de la Provincia del Chubut, entiendo que el cambio en la política de subsidios al transporte de pasajeros urbanos y suburbanos instaurada por el Estado Nacional ha devenido inoportuna, siendo dicho accionar reprochable a la accionada y que torna viable el dictado de la medida requerida”.
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