La Junta Electoral consagró a los intendentes de Pinamar, 25 de Mayo y Alvear
El organismo no hizo lugar a las presentaciones que reclamaban abrir las urnas por presuntas irregularidades; Unión por la Patria anticipó que apelará
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La Junta Electoral Nacional rechazó los planteos de abrir urnas en Pinamar, 25 de Mayo y General Alvear. De esta manera, quedó definido que el nuevo jefe comunal del distrito de la costa bonaerense será Juan Ibarguren, el delfín de Martín Yeza, de Juntos por el Cambio. En 25 de Mayo, en tanto, la comuna quedó también para JxC con Ramiro Egüen y en General Alvear será Ramón Capra, también de la coalición de Juntos.
Luego de la revisión de los jueces de la Junta electoral Pinamar tiene nuevo Intendente y es @JuanIbarguren 💪💪💪💪💪💪💪
— Martín Yeza (@martinyeza) November 9, 2023
La medida fue dispuesta por el presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Roberto Agustín Lemos Arias; el titular de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Sergio Gabriel Torres; y el juez Federal con competencia electoral en el territorio bonaerense, Alejo Ramos Padilla. El peronismo anticipó que apelará la decisión.
Las aperturas de urnas fueron pedidas por Unión por la Patria en los tres casos. Pero los magistrados entendieron que no era necesario. De este modo saldó la discusión. Algo similar había pasado en La Plata durante más de una semana, en una discusión que se cerró a favor del ministro de Justicia bonaerense, Julio Alak, que desplazó a Julio Garro.
La Junta tomó esa resolución unánime tras una audiencia pública llevada a cabo este martes en la sede del Juzgado Federal N°1 de la capital bonaerense para que las agrupaciones ratificaran o desistieran de sus pedidos de abrir urnas en esos municipios de la provincia.
En los casos de Pinamar y General Alvear, los candidatos de UP habían quedado abajo en el escrutinio provisorio. En el primero de estos municipios, los apoderados de UP habían solicitado la apertura de 15 urnas “manifestando, respecto de las mesas 5 y 45 una diferencia entre electores y sobres y, en cuanto a las restantes, que en las mismas se registraría una alteración en la tendencia del voto para la categoría local”.
En cuanto a la segunda comuna, reclamaron la apertura de las urnas correspondientes a las mesas N° 5, 13, 16 y 20. En todos los casos expresan -como motivo de la petición- que “dichas urnas evidenciarían un rompimiento de la tendencia respecto de los votos obtenidos por la agrupación en el resto de las mesas”. En la misma sintonía, respecto a 25 de mayo, pidieron que se abran las urnas correspondientes a 18 mesas ya que señalan la existencia de “diferencia de electores” y alteración de la tendencia”.
Desde el juzgado se indicó que al examinar las pautas para disponer la apertura de urnas, la Junta analizó el caso de los comicios en La Plata, en el que la fuerza política del candidato que había quedado en primer lugar en el recuento provisorio, Unión por la Patria, no presentó oposición a la apertura de 79 urnas que realizó la fuerza representada por Garro, que se candidateaba a la reelección.
”En este contexto, y frente a un resultado ajustado, un candidato puede considerar que acceder a la solicitud de apertura de urnas, propuesta por la otra fuerza política puede contribuir a fortalecer su legitimidad y la gobernabilidad del mandato para el que fue elegido”, argumentaron.
En el escenario de Pinamar, General Alvear y 25 de Mayo, la agrupación que había ganado ajustadamente el recuento provisorio, JxC, no aceptó la apertura de urnas que pretendía Unión por la Patria. Por eso, la Junta Electoral analizó las actas de escrutinio de esas mesas sin detectar errores manifiestos o diferencias con los certificados de los fiscales partidarios que justifiquen la apertura de las urnas.
De ese modo la Junta Electoral concluyó que resultaba “improcedente hacer lugar al pedido de apertura de las urnas frente a actas de escrutinio sobre las que no existen dudas y ni siquiera han sido cuestionadas” y destacó que “únicamente en los casos en los que se comprueban evidentes defectos en dichas actas se acude a la apertura de las urnas con el fin de lograr reconstruir los resultados de la mesa de votación y evitar declarar su nulidad; todo ello con el objetivo de preservar la voluntad de los cientos de electores que emitieron allí su voto”.
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