La jueza Sandra Arroyo Salgado reclama ver el expediente por el festejo en Olivos para evaluar si se queda con el caso
Podría concluir que la investigación debe tramitarse en su juzgado, que por competencia territorial abarca lo que ocurre en la quinta presidencial; hoy está en Comodoro Py
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La causa penal por la violación de la cuarentena “reforzada” que cometió el presidente Alberto Fernández, ¿debe tramitar en el juzgado federal de San Isidro o en los tribunales de Comodoro Py? La jueza Sandra Arroyo Salgado quiere responder esa pregunta. Y para eso le pidió a su colega Sebastián Casanello que le envíe la investigación que instruye el fiscal Ramiro González, confirmaron a LA NACION fuentes judiciales.
La jueza Arroyo Salgado requirió la investigación de Comodoro Py “ad effectum videndi”, antes de tomar una decisión. Es decir, al solo efecto de verla y evaluar su contenido tras recibir una primera tanda de documentos certificados desde el juzgado de Casanello, con los tramos principales de su pesquisa, que, a juicio de la magistrada, resultaron insuficientes.
Con todo el expediente en sus manos, Arroyo Salgado podría concluir que la investigación debe tramitarse en su juzgado, que por competencia territorial y funcional abarca lo que ocurre en la quinta de Olivos. O podría sostener que Casanello y González deben conservar ese expediente porque ya tenían una pesquisa en marcha por la presunta violación de la cuarentena en la Casa Rosada con los mismos funcionarios involucrados, conllevando una supuesta conexidad objetiva y subjetiva.
El juez Casanello ya recibió la requisitoria de Arroyo Salgado, pero la giró al fiscal González, quien tiene delegada la investigación para que sea él quien defina los pasos a seguir. ¿Por qué? Porque el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) podría responder con una invitación a ver el expediente en su fiscalía. O completar algunas medidas de prueba para luego sí remitir toda la causa a San Isidro.
Hasta el momento, sin embargo, el fiscal avanza con intenciones de retener el expediente en Comodoro Py, al entender que podría darse una conexidad entre lo ocurrido en Olivos y Casa Rosada con varios de los involucrados en la violación de la cuarentena, empezando por el Presidente y otros funcionarios públicos.
En ese sentido, González requirió información a la Casa Militar sobre los ingresos y egresos de quienes participaron en la fiesta de cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, al igual que el Presidente, la noche del 14 de julio de 2020.
González dio otro paso en la misma senda. Le envió un oficio a su colega de San Isidro, el fiscal federal Federico Iuspa, en la que esgrimió sus argumentos para retener el expediente en Comodoro Py apoyado en su investigación sobre los ingresos a la Casa Rosada en plena cuarentena. Según reconstruyó LA NACION, Iuspa vería con agrado que González se quedara también con la pesquisa sobre la quinta de Olivos.
Si aun así Arroyo Salgado reclamara su competencia para tramitar ese expediente, la definición sobre cuál es el juez natural de esa causa –y evitar así toda sospecha de “forum shopping”- deberá pasar a un tribunal superior, aunque cuál sería dicho tribunal también dependerá de lo que ocurra en los próximos días y semanas.
Jurisdicción
Si Arroyo Salgado y Casanello coincidieran en que debe tramitar en San Isidro, pero alguno de los acusados apela esa decisión, sería la Cámara Federal de San Martín la que debería resolver. Pero si los magistrados traban entre ellos un conflicto de competencia, sería la Cámara Federal de Comodoro Py la que defina dónde quedará el expediente, ya que en esos tribunales tramita el más antiguo.
González podría, incluso, plantear una jugada adicional, según especulan algunos veteranos judiciales, aunque sería de difícil resolución. Podría esgrimir que el expediente no debería quedar en manos de Arroyo Salgado, ni de Casanello, sino de la jueza María Servini, quien estaba de turno en Py a mediados de julio de 2020.
Como precedente, sin embargo, tanto Casanello como Servini ya se desprendieron de otros expedientes por eventos ocurridos en la quinta de Olivos. Entre ellos, por la presunta violación de la cuarentena cuando el Presidente se reunió con el líder de Camioneros, Hugo Moyano. Casanello la remitió al otro juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, quien estaba entonces de turno y desestimó la denuncia. Concluyó que se reunieron por temas del gremio y no por una cuestión social.
Para la Casa Rosada, la remisión del expediente al estrado de Arroyo Salgado resultaría un dolor de cabeza. No sólo porque es la exmujer del fiscal Alberto Nisman, sino porque en su juzgado tramitaron varias causas penales por la violación de la cuarentena que terminaron en condenas o la aplicación de “probations”. La jueza dispuso que los infractores donaran materiales a comedores o escuelas o que realizaran tareas comunitarias en albergues para menores abusados. Pero la “probation” no corre para los funcionarios. Lo veda de manera taxativa el artículo 76 bis del Código Penal.
Para el Presidente, asumir su responsabilidad penal como lo hizo ante los micrófonos cuando afirmó que “el único responsable” por lo ocurrido y que se hacía “cargo” de su acción, conllevaría la aplicación de dos artículos del Código Penal. Por el 205 –”atentado contra la salud pública”- afrontaría una condena de seis meses a dos años de prisión. Y por el 207, siendo funcionario público, le correspondería una “inhabilitación especial por el doble tiempo del de la condena”.
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