La Corte Suprema rechazó pedidos de la familia de Santiago Maldonado en la causa por su muerte
Habían objetado la intervención del teléfono del hermano y la preservación de las grabaciones de esas llamadas
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó dos recursos presentados en la causa en la que se investiga la muerte de Santiago Maldonado, el joven que murió ahogado en un río Chubut tras escapar de la Gendarmería Nacional, que lo perseguía por bloquear una ruta.
La muerte de Santiago Maldonado fue una bandera del kirchnerismo durante el gobierno de Mauricio Macri, que denunciaba que el joven había sido víctima de una desaparición forzada y de un homicidio. Finalmente la Justicia determinó que murió ahogado y que, al contrario, hubo intentos de entorpecer la investigación.
La familia de Maldonado nunca se conformó con la decisión oficial y siguió recurriendo hasta llegar a la Corte Suprema en diversos incidentes. Algunos de ellos son los que resolvió ahora el máximo tribunal.
Por un lado, el primer juez que investigó el caso, Guido Otranto, había dispuesto la intervención de una serie de teléfonos, entre ellos el celular de Sergio Maldonado, hermano de la víctima. Tras el apartamiento del juez Otranto intervino su colega Gustavo Lleral, quien hizo cesar las intervenciones telefónicas y dispuso destruir todo material obtenido a partir de ellas.
Esa decisión fue apelada por la fiscalía, que defendió la legitimidad de las intervenciones telefónicas y sostuvo que la destrucción de esas pruebas resultaría anticipada y temeraria, ya que impediría valorar debidamente la falsedad de los testimonios producidos y las maniobras de entorpecimiento detectadas durante la investigación.
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó las declaraciones de nulidad del juez Lleral y la orden de destrucción de las grabaciones, que se conservaron.
Contra esa decisión, Sergio Maldonado, hermano de Santiago, interpuso un recurso de Casación. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró mal concedido el recurso, por no dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable. Contra ese fallo, la querella de Sergio Maldonado presentó un recurso extraordinario federal que, rechazado, dio origen finalmente a este recurso de queja que evaluó la Corte Suprema.
La máximo tribunal, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazó la queja, por no dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable.
Con respecto al segundo recursos de queja, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavía revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú, por considerar que la investigación orientaba a investigar solo la hipótesis de la desaparición forzada, la cual, en función de las constancias que hay en el expediente, habría quedado “definitivamente descartada”. Pero no se investigaron otras hipótesis, por ejemplo “algún posible nexo causal entre cualquier omisión del personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Maldonado”.
Contra esa sentencia, tanto la defensa del gendarme Echazú como las querellas de la Asociación Permanente por los Derechos Humanos y de Sergio Maldonado interpusieron un recurso de casación, que fue denegado por la Sala IV de la Cámara Federal Casación Penal.
Llegado el caso a la Corte, los jueces desestimaron el recurso de queja por considerar que no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
Santiago Maldonado participó de un corte de ruta el 1 de agosto de 2017, en el Pu Lof en Resistencia de Cushamen, en Chubut. Su cadáver se encontró en el río Chubut dentro del Pu Lof, el 17 de octubre de 2017, 77 días después de su desaparición.
La Justicia estableció tras la autpsia que murió ahogado y con hipotermia, que había permanecido «siempre abajo del agua y no en otro medio», y se descartó la existencia de moretones o traumatismos asociados a una muerte intencional. La familia insiste en investigar el caso como abandono de persona para ir contra la Gendarmería.
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