Para el jefe los defensores bonaerenses, "la Corte debe intervenir urgente para evitar contagios de presos hacinados"
LA PLATA.- "La Corte Suprema de Justicia de la Nación debe intervenir de manera urgente en el caso de las personas privadas de libertad y con riesgo de Covid- 19. Y convocar a una audiencia para dar nuevas directrices". El que habla es el Defensor de Casación, Mario Coriolano, quien ayer pidió revisar el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.
El funcionario llegará a la Corte Nacional a más tardar en una semana: ya sea en el caso que la Corte provincial acepte su recurso extraordinario federal. O con un recurso en queja, en caso de que su apelación sea rechazada.
El jefe de los defensores cree que las directivas de la Corte provincial fueron "inadecuadas, ya que no tuvo en cuenta la situación de riesgo de los presos y personas privadas de libertad en cárceles. Pero tampoco evaluó con detalle otras situaciones procesales como la morigeración de la pena o las detenciones domiciliarias".
De este modo, el debate por los presos liberados ante la pandemia del COVID- 19 llegará a la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, a más tardar la semana que viene.
Coriolano presentó el miércoles un recurso extraordinario federal contra la decisión de la Corte provincial que revocó la decisión del Tribunal de Casación para re encauzar el hábeas corpus colectivos que facilitó la salida masiva de presos ante la pandemia del COVID-19.
El máximo tribunal dará vista al Procurador General superior de Coriolano en el Ministerio Público Fiscal para que dictamine sobre el recurso. Tiene diez días para expedirse.
El defensor sostiene que la decisión adoptada ha implicado un "grave retroceso ante la única medida estructural efectiva que tomó la justicia bonaerense para descomprimir el hacinamiento y sobrepoblación, tal como habían recomendado diversas organizaciones internacionales como la OMS".
Ante "la grave situación de hacinamiento carcelario agudizada por el contexto de la pandemia" Coriolano solicitó que "se reestablezca la efectividad del amparo colectivo como instrumento protector de derechos fundamentales de grupos de personas en condición de vulnerabilidad".
Argumentó que el fallo de Casación se refería concretamente a casos de presos detenidos por delitos leves que formaran parte de los grupos de riesgo. Es decir, mayores de 65 años, embarazadas y personas con enfermedades previas.
El funcionario requirió que la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervenga "inmediatamente" a los fines de restablecer el instrumento de hábeas corpus colectivo previsto en el artículo 43 de la Constitución Nacional como mecanismo sencillo, rápido y efectivo destinado a garantizar la protección de derechos fundamentales de personas en condición de vulnerabilidad.
Finalmente, el Defensor de Casación solicitó realizar una audiencia pública en función de la trascendencia que exhibe el conflicto de estar en juego derechos convencionales. "En la Corte de la provincia no hubo una audiencia pública", se queja el defensor.
El funcionario niega que desde el inicio de la pandemia se hayan registrado liberaciones masivas a partir del hábeas corpus firmado por el vicepresidente del Tribunal de Casación, Julio Violini.
De acuerdo con estadísticas del Ministerio de Justicia entre el 17 de marzo y el abril de este año se registraron 1601 libertades. Esto es menos que las 1720 libertades que se registraron en el mismo período de tiempo del año pasado.
Se trata de libertades por agotamiento de la pena, libertades condicionales o libertades asistidas. No incluye prisiones domiciliarias porque ese dato lo manejan cada uno de los jueces que firman los beneficios.
Según Coriolano, "el fallo de la Casación sobre el cual la Corte provincial edificó su sentencia no disponía de libertad alguna sino que sólo se refería, concretamente, a casos de los detenidos por delitos leves que además forman parte de grupos especialmente de riesgo".
El 11 de mayo la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso que sean reencausados los hábeas corpus colectivos para su tratamiento por cada autoridad judicial competente.
Ordenó revisar y revaluar las peticiones en función a once directrices orientadoras vinculadas a los bienes jurídicos afectados, las condiciones personales del detenido o procesado, el grado de intervención asignada al condenado por el delito, la modalidad de la comisión del delito y el nivel de organización delictual.
Además ordenó considerar a la hora de otorgar beneficios la pena en expectativa o ya establecida para el acusado, el avance del proceso y los riegos procesales, la situación de la víctima al momento de la decisión, la existencia de lugares especialmente destinados por el sistema carcelario para alojar a personas con riesgo sanitario agravado y todo otro factor a sopesar.
El Defensor de Casación tiene otro punto de vista: "Ante la crisis humanitaria que implicaba un contexto de hacinamiento carcelario en sus niveles históricos más elevados se sumó la pandemia del Covid- 19 caracterizada por la letalidad en la población en riesgo. Ese conjunto de circunstancias pone en peligro la vida de las personas detenidas que integran estos grupos, la salud del resto de la población carcelaria que no puede cumplir con medidas de prevención y distanciamiento interpersonal y la sociedad en general frente a un colapso sanitario".
María José Lucesole
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