La Corte Suprema difundió un documento sobre la importancia de la libertad de expresión
El máximo tribunal recordó que el ejercicio del periodismo goza de una protección legal especial reconocida por la Constitución Nacional; para que un comunicador sea condenado, debe ser probada la “falsedad” y “malicia”
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) difundió este viernes un extenso documento sobre libertad de expresión en el que hizo especial énfasis en recordar jurisprudencia y doctrina de asuntos de interés público que involucran a funcionarios públicos, además de remarcar la protección legal de la que goza el periodismo en el tratamiento de este tipo de temas.
El documento del más alto tribunal del Poder Judicial, que fue redactado en mayo de este año y redistribuido este viernes, estableció que, en caso de que un dirigente quiera obtener una reparación económica por dichos públicos, “los funcionarios (o figuras públicas) deben probar que la información fue efectuada a sabiendas de su falsedad o con total despreocupación acerca de tal circunstancia”.
La institución que preside el juez Horacio Rosatti subrayó que “de acuerdo con la doctrina de la real malicia, quien difunde información de interés público que pueda afectar el honor de figuras públicas o particulares que hubieran intervenido en cuestiones públicas solo debe responder jurídicamente si el agraviado prueba la falsedad de la información”. La difusión que hizo la CSJN sobre libertad de expresión se dio un día después del tenso cruce que mantuvo el diputado radical y vicerrector de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Emiliano Yacobitti, con la periodista Guadalupe Vázquez en LN+.
Vázquez, en la entrevista, sostuvo que fueron utilizados “recursos de la UBA” para la campaña electoral, lo que motivó la respuesta del legislador, quien afirmó que llevaría a la periodista ante los tribunales para que presente las pruebas correspondientes, ya que, según Yacobitti, Vázquez lo estaba acusando de cometer un delito.
La CSJN recordó que “el ‘standard’ de la real malicia determina la exculpación de los periodistas acusados criminalmente o procesados civilmente por daños y perjuicios causados por informaciones falsas”. Y añadió que se debe poner “a cargo de los querellantes o demandantes la prueba de que tales informaciones lo fueron con conocimiento de que no eran verdaderas o con imprudente y notoria despreocupación sobre su veracidad”.
En la recopilación de escritos judiciales a los que aludió el máximo tribunal, también se puntualizó en el reconocimiento al rol del periodismo y la exclusiva protección legal: “La adopción en nuestro medio de la doctrina de la real malicia implica introducir en el panorama nacional, respecto de la actividad periodística, un factor de atribución de responsabilidad específico, distinto y cualificado respecto del general contemplado en las normas vigentes de la legislación de fondo para la cual basta la simple culpa”.
El más alto tribunal de la Argentina, conformado por Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, además del presidente Rosatti, resaltó que “el estándar de la ‘real malicia’ no es una creación artificial o la adopción irreflexiva de una figura foránea, sino que surge de la interpretación armónica del propio texto de la Constitución Nacional”.
La CSJN también destacó que “entre las libertades que la Constitución Nacional consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al extremo de que sin su debido resguardo existiría tan sólo una democracia desmedrada o puramente nominal”. No obstante, el máximo tribunal alertó que, aunque “la libertad de expresión ha recibido de la Constitución Nacional una protección especial, no supone que se la haya configurado como un derecho absoluto o que no existan determinadas circunstancias bajo las cuales quienes difunden información deban responder civilmente por los daños causados”.
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