La Corte Suprema declaró inconstitucional la reforma del Consejo de la Magistratura impulsada por Cristina Kirchner
El máximo tribunal exhortó al Congreso a dictar una nueva ley y ordenó que, mientras tanto, se vuelva a un Consejo de 20 miembros con el presidente de la Corte a la cabeza
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La Corte Suprema de Justicia declaró hoy inconstitucional la composición actual del Consejo de la Magistratura, que fue dispuesta por una reforma legal impulsada por Cristina Kirchner, como senadora nacional, en 2006.
Por unanimidad, la resolvió un caso que tenía pendiente desde hacía más de cinco años y confirmó un fallo de cámara, de 2015, que había declarado que la integración actual del Consejo no respeta el “equilibrio” entre los estamentos que exige la Constitución Nacional y exhortó al Congreso para que “en un plazo razonable dicte una ley que organice el Consejo de la Magistratura de la Nación”. Por el momento, el Consejo volverá a su vieja composición de 20 miembros (hoy tiene 13), con el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, como su titular.
Firmaron el fallo los cuatro jueces de la Corte: Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, que hizo un disidencia parcial, pero coincidió con sus colegas en que la ley 26.080, de 2006, es inconstitucional.
El Consejo de la Magistratura es un organismo clave para la Justicia, porque es el que selecciona y controla a los jueces, y administra los fondos del Poder Judicial.
De acuerdo con el fallo de la Corte, la ley 26.080 no respeta el equilibrio entre la política, los jueces y los abogados que, según la Constitución, tiene que garantizar la composición del Consejo. Equilibrio no es igualdad, advierte el máximo tribunal, sino que implica la imposibilidad de que alguno de los estamentos “pueda llevar adelante acciones hegemónicas o controlar el Consejo por sí y sin necesidad de consensos con otros estamentos”. Con siete miembros (seis legisladores y un representante del Poder Ejecutivo), los representantes de la política tendrían esa posibilidad. Cuentan -advierte el fallo- con “quorum propio y la mayoría absoluta del cuerpo”, lo que les permite “adoptar por sí una gran cantidad de decisiones de relevancia significativa”.
Todo esto conspira contra la idea de “despolitizar” los procesos de selección y remoción de jueces, objetivo declarado de la reforma constitucional de 1994, que creó el Consejo de la Magistratura.
En la práctica hoy no sucede, sin embargo, que los representantes de la política voten todos juntos, en contra de los jueces, los abogados y el académico. La división es entre oficialismo y oposición. Pero para la Corte este argumento es “inadmisible” como defensa de la reforma de 2006. “Parte de una noción equivocada del equilibrio demandado por la Constitución”.
En cuanto a los pasos concretos a seguir, la Corte, por mayoría, sostuvo en su fallo que para volver a la vieja integración, el Consejo tiene “120 días corridos”. Mientras tanto, seguirá funcionando como hasta ahora.
Y agregó: “Transcurrido dicho plazo sin que se haya completado la integración mencionada, los actos dictados por el Consejo de la Magistratura serán nulos″.
Para efectivizar la ampliación del Consejo, la Corte ordenó comunicar el fallo a las agrupaciones de jueces, abogados y académicos “a los efectos de que tomen la intervención que pudiera corresponderles para llevar adelante los procedimientos de selección de consejeros requeridos para completar la integración del Consejo de la Magistratura de la Nación”.
Los abogados deberán elegir a dos abogados más, lo mismo que el Congreso; los jueces y las universidades deberán nombrar a un nuevo representante cada uno y se sumará al Consejo de la Magistratura, como presidente, Rosatti.
La Corte aclara en su fallo que “los nuevos miembros iniciarán su mandato de manera conjunta y simultánea”; es decir, que Rosatti no presidirá de inmediato el nuevo Consejo y solo lo hará una vez que esté completa toda la nueva integración.
Pese a que declara inconstitucional la confirmación actual, la Corte advierte que “conservarán su validez los actos cumplidos por el Consejo de la Magistratura” hasta ahora.
La disidencia de Lorenzetti
Lorenzetti votó, como sus colegas, por la declaración de inconstitucionalidad de la reforma del Consejo de la Magistratura que estableció una integración de 13 miembros por considerar que quebró “la regla de no predominio” de un estamento sobre los otros. Coincidió también en que “es necesario que el Congreso dicte una nueva ley” y votó por exhortarlo a hacerlo, pero discrepó en cuanto a los pasos a seguir de acá en más, mientras tal ley no exista.
Para Lorenzetti, no es posible volver a poner en vigencia el viejo Consejo de 20 porque la ley que regulaba esa conformación está derogada. “Contradice principios básicos del derecho”, dijo el juez sobre la posibilidad de resucitar aquella vieja norma.
En su disidencia, Lorenzetti propuso, en cambio, darle al Congreso “un plazo razonable que no puede superar el año” para el dictado de la nueva ley. Después, en el plan Lorenzetti, la Corte quedaría “en condiciones de decidir la manera de implementar la garantía de la independencia del Poder Judicial”. Mientras tanto, el plan de esta disidencia era que se mantuviera la composición vigente hoy.
La mirada del Gobierno
En la Casa Rosada se presumía de antemano un fallo desfavorable. En tensión con la Corte, al Gobierno no le cae nada bien la idea de que el máximo tribunal ponga un pie en el Consejo y Rosatti se convierta en su presidente. “El Gobierno envió la semana pasada al Congreso el proyecto para modificar la actual composición del Consejo de la Magistratura y esperamos que se debata. Creemos que eso es lo que hay que hacer en este momento, que es debatir ese proyecto”, dijo hoy Gabriela Cerruti, portavoz de Alberto Fernández.
La Corte decidió ir en contra de lo que había dictaminado, en mayo de 2018, la Procuración, a cargo de Eduardo Casal, que había recomendado no hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad. Este caso que esperaba una definición de la Corte desde hace más de cinco años.
La causa se inició por una demanda que presentó el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y obtuvo un fallo favorable de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, el 19 de noviembre de 2015. Fue apelado por el gobierno kirchnerista (por eso no se ejecutó) y cuando asumió Mauricio Macri su gestión no desistió del recurso.
La reforma
En 2006, a instancias de Cristina Kirchner, por entonces senadora, el Congreso redujo a 13 el número de miembros del Consejo de la Magistratura, con fundamento en que así sería “menos burocrático”. Perdieron representantes los jueces, los abogados y la academia, y se eliminó el lugar de los partidos minoritarios (las segundas minorías del Congreso tenían un senador y un diputado en el Consejo). La reforma le dio además al oficialismo de turno poder de veto: ningún juez puede ser removido ni elegido sin el voto de al menos un oficialista.
El viejo Consejo de 20, al que se volverá ahora, estaba formado por cinco jueces (uno de ellos, el presidente de la Corte, que presidía también el Consejo), cuatro senadores, cuatro diputados, cuatro abogados, dos académicos y un representante del Poder Ejecutivo.
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