La Corte Suprema anuló la entrega de tierras del Ejército en Bariloche a una comunidad mapuche
La cesión fue motorizada por el kirchnerismo; el Estado había apelado tarde, pero el Máximo Tribunal dijo que es todo nulo porque no le dieron intervención a la provincia de Río Negro
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Una polémica cesión de 180 hectáreas de tierra de un cuartel del Ejército a una comunidad mapuche de Bariloche, motorizada por el kirchnerismo, fue anulada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que entendió que toda la controversia legal no es válida porque nunca se le dio intervención a la provincia de Río Negro.
El fallo de la Corte, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, pone fin a una larga causa judicial donde la jueza federal subrogante de Bariloche Silvina Domínguez, ya jubilada, hizo lugar el 2 de febrero de 2022 a un amparo de la comunidad Millalonco Ranquehue y dispuso la entrega de 180 hectáreas del batallón de Montaña del Ejército al Instituto de Asuntos Indígenas (INAI), para que sea anotado a nombre de la comunidad mapuche.
El predio está registrado a nombre del Ejército Argentino sobre la ladera oeste del cerro Otto. Los jueces de la Corte tomaron la decisión de anular todo porque en el caso se omitió dar intervención a la provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercer su derecho de defensa en juicio.
La comunidad mapuche demandó al Estado Nacional para que se instrumente a su favor el título de propiedad comunitaria sobre las tierras que alega ocupar en forma “actual, tradicional y pública”, según fue reconocido por la resolución 1174/2012 del INAI, de conformidad con el resultado del relevamiento técnico, jurídico y catastral realizado por dicho organismo.
En primera instancia se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó al Poder Ejecutivo Nacional que en el término de 60 días, a partir de que la resolución quedara firme, transfiriera a título gratuito al INAI el dominio de las tierras disputadas.
El Ejército Argentino apeló esa decisión, pero lo hizo fuera de término, y la Cámara Federal de General Roca rechazó el planteo por considerar que había sido presentado sin cumplir con el plazo procesal previsto.
Contra esa decisión, tanto el Ejército Argentino como la fiscal general María Claudia Frezzini interpusieron en 2023 recursos extraordinarios, que fueron denegados y dieron lugar a la presentación de sendas quejas ante la Corte Suprema de Justicia.
La actuación de los abogados estatales también dio lugar a una causa penal que se encuentra en trámite y en la que fueron procesados por incumplimiento de los deberes de funcionario público. Allí, la Cámara Federal de Casación Penal anuló los procesamientos, decisión que está recurrida ante la Corte.
Ahora, la Corte declaró la nulidad del trámite de la causa judicial sobre el traspaso de las tierras y dispuso que se le debía dar participación en el juicio a la Provincia de Río Negro.
Fundó la decisión en el artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional, que establece que en materia de adjudicación de tierras a las comunidades indígenas la Nación tiene competencias concurrentes con las provincias en las que se encuentran ubicadas esas tierras.
Destacó, además, que las normas reglamentarias prevén en forma explícita la participación de las provincias interesadas en los trámites de adjudicación de tierras y que, en el caso concreto, el INAI había decidido excluir a la Provincia de Río Negro a petición la comunidad mapuche, sin que luego se le diera intervención en la causa judicial para que pudiera ejercer sus derechos.
El caso tuvo marchas y contramarchas, y decisiones anteriores de la Corte donde suspendió la entrega de las tierras con intervención del procurador Eduardo Casal. Además, el fiscal Carlos Stornelli fue uno de los que impulsó la persecución de los abogados que apelaron fuera de término el caso, lo que posibilitó que casi se concretara la entrega de parte del predio militar.
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