La Corte rechazó el intento de Julio De Vido de apartar al fiscal Stornelli de la causa por enriquecimiento ilícito
El exministro había recusado al fiscal por “falta de objetividad”; quedó firme también la ampliación de la acusación por lavado; parte de la causa ya está elevada a juicio oral
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La Corte Suprema de Justicia desestimó un planteo de Julio De Vido, para apartar al fiscal Carlos Stornelli en una causa en la que se investiga al exministro de Planificación Federal y a su familia por supuesto enriquecimiento ilícito.
La defensa del exministro de Néstor y Cristina Kirchner recusó a Stornelli, con el argumento de que existió falta de objetividad de su parte. Ese pedido fue rechazado por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, que subrogaba el juzgado federal 11, que estaba a cargo del fallecido juez Claudio Bonadio.
El juez entendió que el planteo fue presentado fuera de término y que Stornelli intervenía en -al menos- otras cinco causas en las que De Vido estaba imputado, pero no se había pedido su recusación en ninguna de ellas. Sobre los plazos, en tanto, destacó que el pedido para apartar la fiscal se hizo 16 meses después de notificada la tramitación de la causa, cuando el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Nación para solicitarlo es de 48 horas.
La defensa de De Vido presentó una sucesión de recursos frente a las distintas instancias, con miras a que se revierta esta decisión. Fue a la Sala I de la Cámara Federal, luego a la Cámara Federal de Casación Penal y luego planteó un recurso de queja hasta llegar a la Corte Suprema. Todos los planteos fueron rechazados.
La Corte, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, selló el asunto al entender que el recurso que intaba la defensa de De Vido no estaba dirigido contra una sentencia definitiva y desestimaron el planteo del exministro.
Lo mismo resolvió el máximo tribunal en otro expediente, pero en esa misma causa, al desestimar un planteo de excepción de De Vido. Y otro tanto ocurrió respecto del cuestionamiento del exfuncionario sobre la ampliación del requerimiento del fiscal de instrucción por el posible delito de lavado de activos, en conexidad con otra causa.
Un incremento del 3165%
La investigación en un principio estuvo a cargo de la fiscal Alejandra Mángano, que entendió que valorando solo lo que los imputados declararon en blanco, y sin contar con la información sobre una de las hijas de De Vido que es monotributista, entre fines de 2002 y el último día de 2015 “el patrimonio de los investigados se incrementó en más de un 2740%, mientras que sus activos tuvieron un incremento superior al 3165%”.
Luego, la causa por enriquecimiento ilícito de De Vido se sumó al caso de los cuadernos de las coimas en el que intervinieron Stornelli y el fallecido juez Bonadio.
El juez Martínez De Giorgi elevó a juicio oral y público una parte del caso en el que está imputado De Vido. Es el que corresponde al enriquecimiento ilícito de Nélida Caballero, quien trabajaba como cocinera del exministro, cobraba entonces un sueldo de entre $1000 y $1200 y no pudo justificar un aumento patrimonial de más de dos millones de pesos.
En concreto, a Caballero se la acusó de haber lavado, convertido, transferido, administrado, vendido y disimulado bienes provenientes de un ilícito por $2.005.630 entre 2011 y 2016. Las operaciones que se le adjudican son depósitos en su caja de ahorros por mas de un millón de pesos y la compra de una chacra en Formosa, una Toyota Hylux 4X4, un cuatriciclo, un Peugeot modelo RCZ Tiptronic, un Fiat Strada, un Toyota Etios.
Stornelli había planteado ampliar la investigación para averiguar si el conjunto de activos detectado e incorporados desde 2003 al patrimonio de los imputados “pudieron haber resultado producto de maniobras de conversión, transferencia, administración, venta o cualquier otra posible acción mediante la cual se hubiera disimulado o puesto en circulación del mercado, bienes provenientes de un ilícito penal”. La impugación de De Vido sobre la ampliación de los cargos por lavado también fue rechazada por la Corte.