La Corte libera decretos secretos de la dictadura militar
La Corte Suprema de Justicia consideró que el ejercicio del derecho de acceso a la información debe ser amplio, que rige para todos los ciudadanos y, si se lo deniega, debe estar debidamente fundamentado. Así lo resolvió al revocar una sentencia que impedía al periodista de Clarín Claudio Savoia acceder a decretos secretos de la dictadura militar, que ahora deben ser liberados.
El fallo fue dictado con los votos de los jueces de Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. El presidente Carlos Rosenkrantz se excusó porque Savoia fue patrocinado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), de la cual el magistrado es fundador y fue integrante de la comisión directiva al momento de los hechos.
La Corte así dejó sin efecto una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que vedó el acceso a esas normas. El pedido de Savoia era de 2008, y el Estado le negó dos veces el acceso a esta información. En 2011 recurrió a la Justicia y ahora llego la respuesta, casi más de 10 años después.
Ahora el Estado debe hacer públicos todos los decretos secretos de la dictadura militar, una vez que la Cámara revise su contenido.
En 2008 y en 2011 Savoia pidió a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia a cargo de Carlos Zannini en ese entonces, acceder a copias de determinados decretos dictados entre 1976 y 1983 por quienes se desempeñaron como presidentes durante la dictadura militar.
Incluso Savoia se entrevistó en varias ocasiones con Carlos Liuzzi, el numero dos de Zannini, pero lo llevaron a la larga y luego le dijeron que no.
La Secretaría Legal y Técnica rechazó ese pedido diciendo que el decreto de acceso a la Información de 2003 habilitaba al Poder Ejecutivo a vedar información cuando esta estuviera expresamente clasificada como reservada y si estaba referida a la seguridad, defensa o política exterior.
Savoia recurrió a la Justicia y dijo que un decreto de 2010 desclasificaba los documentos vinculados con el accionar de las fuerzas armadas en la dictadura y en primera instancia le dieron la razón.
Pero la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia por dos motivos: dijo que Savoia no demostró legítimo interés en el caso y que no bastaba la invocación de que era periodista. Además sostuvo que el Poder Ejecutivo tenía derecho a reservar esas normas.
Savoia fue a la Corte, que le dio la razón. Dijo que, si bien era cierto que la mayoría de los decretos secretos se hicieron públicos, hay muchos que siguen siendo reservados. Destacó que, a la luz de la nueva ley de Acceso a la Información Pública, la sola afirmación acerca del carácter "secreto" y "reservado" de las normas, sin mencionar en qué norma jurídica se fundamenta, es insuficiente.
La Corte entendió además que el acceso a la información es para cualquier persona, sin necesidad de acreditar un interés directo en el asunto ni haber estado afectado personalmente por el caso. Así, el hecho de que Savoia sea periodista no es determinante para darle acceso a las normas. Es un derecho de toda la población, presupuesto, del derecho de libre expresión sin restricción o limitación. No es posible restringir ese derecho sin debilitar el sistema democrático y el principio republicano, dijo la Corte.
En ese orden de ideas, resaltó que recientemente la ley de Derecho de Acceso a la Información Pública había consagrado y reafirmado expresamente el alcance amplio que cabía reconocer a la legitimación activa para el ejercicio del derecho en examen al disponer que "toda persona humana o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar y recibir información pública, no pudiendo exigirse al solicitante que motive la solicitud, que acredite derecho subjetivo o interés legítimo o que cuente con patrocinio letrado".
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