La Corte falló a favor de la víctima de una agresión mapuche en Villa Mascardi
El máximo tribunal decidió que las lesiones que sufrió Diego Frutos, presidente de la Junta Vecinal, deben ser investigadas por la justicia de Río Negro
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible un planteo de integrantes de una comunidad mapuche de Bariloche acusados de agredir a Diego Frutos, presidente de la Junta Vecinal de Villa Mascardi, durante la usurpación de tierras que se produjeron allí hace dos años.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron un planteo de Cristian Germán y Juan Pablo Colhuan, integrantes de la comunidad mapuche Lof Lafquen Winkul Mapu. Así, la causa por la agresión a Frutos será investigada por la justicia provincial y no la justicia federal como sostenían los acusados.
Los hechos investigados que dieron origen a la causa ocurrieron el 25 de noviembre de 2020 en Bariloche, durante un corte de la Ruta 40, a la altura del kilómetro 2005, que fue realizado por integrantes de la comunidad Lof Lafquen Winkul Mapu.
Frutos se acercó a filmar a los organizadores del corte. Pero los acusados lo corrieron al grito de “¿vos qué andas diciendo de nosotros?”. Persiguieron a Frutos por la ruta durante unos 100 metros en dirección a El Bolsón, con intención de golpearlo.
La víctima intentó refugiarse en un camión, pero el camionero le negó ayuda, por lo que siguió corriendo hasta que le abrieron la puerta en uno de los autos detenido por el piquete mapuche que estaba en la fila esperando que se abriera el camino. Frutos alcanzó a sentarse en el asiento de atrás y puso los seguros de las puertas mientras observó que Colhuan portaba un arma blanca y amedrentaba a la gente para que no lo ayudara.
En ese momento, los atacantes ingresaron al vehículo, golpearon a Frutos, lo sacaron con la colaboración de otras personas no identificadas, y lo arrojaron al suelo para continuar con la agresión provocándole más lesiones.
La defensa alegó que en la causa debía intervenir el fuero federal por considerar que el delito de lesiones cometido contra Frutos era parte del delito del corte de rutas por la toma de tierras de Villa Mascardi, que estaba en trámite ante un juzgado federal.
Sin embargo esta posición fue rechazada el 8 de julio de 2021 por la jueza del fuero de Jueces de la III Circunscripción Judicial de Río Negro. El tribunal de impugnación de la provincia declaró la inadmisibilidad del planteo por falta de sentencia definitiva o equiparable a tal, mientras que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó la correspondiente queja local.
El tribunal de Río Negro afirmó que no correspondía una acumulación formal del caso de lesiones por conexidad en el fuero federal, en tanto no se había demostrado una relación imprescindible entre el delito de impedimento, estorbo o entorpecimiento del normal funcionamiento de un medio de transporte terrestre propio de los cortes de ruta y el de lesiones.
Cuando el caso llegó hasta el máximo tribunal, la Corte, por unanimidad, desestimó el planteo, por lo cual la causa por lesiones continuará tramitando ante la justicia local.
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