La Corte dejó firme una condena contra Dalbón: el abogado de Cristina Kirchner debe pagar $350.000
Dos juezas presentaron una demanda por calumnias e injurias contra el letrado de la vicepresidenta por sus dichos en el programa de Mirtha Legrand; también se condenó a otra abogada
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La Corte Suprema de Justicia rechazó los recursos que presentó el abogado Gregorio Dalbón, que representa en asuntos civiles a la vicepresidenta Cristina Kirchner, y dejó firme una condena en su contra por daños derivados de calumnias en una causa iniciada por dos juezas a las que descalificó durante su paso por el programa Almorzando con Mirtha Legrand. El monto a pagar es de 350.000 pesos, más 12 años de intereses y la publicación de la sentencia.
Las críticas surgieron a partir de la actuación de las juezas en una causa por accidentes de tránsito en la que Dalbón era abogado. En el programa de Mirtha Legrand, Dalbón se quejó del monto que habían fijado las juezas de la Sala J de la Cámara Comercial como indemnización por el accidente y deslizó sospechas sobre la actuación de las magistradas, denunciadas también en el Consejo de la Magistratura.
“Sospecho que puede haber corrupción”, dijo y agregó: “Hay tres pícaras dando vueltas”, dando a entender que habría un favorecimiento a compañías de seguros. Dos de esas juezas lo denunciaron civilmente por injurias, causa que luego de atravesar todas las instancias de apelación terminó en la Corte Suprema, que hoy dejó firme la condena en su contra.
Según reflejó la Corte, se admitió la demanda por calumnias e injurias promovida por las juezas Beatriz Alicia Verón y Zulema Delia Wilde contra Gregorio Jorge Dalbón y se lo condenó a este último a indemnizar el daño causado a las demandantes. Se concluyó que Dalbón, en el programa el 7 de septiembre de 2009, imputó a las jueza la comisión de diversos delitos, cuya veracidad no se acreditó, por lo que el abogado actuó de manera gravemente imprudente o con intención de dañar.
Se lo condenó al pago de la suma de $150.000 y $200.000, más los intereses y costas. Además de la publicación de la sentencia en un diario de mayor circulación. La Corte, con la firma de todos sus integrantes, rechazo los recursos de hecho.
Asimismo, se reconoció por daños por carácter calumnioso la denuncia ante el Consejo de la Magistratura formulada por Norma Estela Tévez (entonces actora en la demanda de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito) y la abogada Virginia Marta Cassola.
La Corte tuvo por acreditado el carácter calumnioso de la denuncia contra las juezas tras señalar pues los hechos que les imputaron “no cuentan con el más mínimo grado de verosimilitud, ni se ha acreditado, en forma alguna, la veracidad de sus afirmaciones”. Se las condenó a abonar la suma de $200.000, más intereses y costas.
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