La Corte confirmó la destitución de Moliné
El Senado había removido al juez en diciembre último
La Corte Suprema de Justicia, integrada por conjueces, confirmó la destitución de Eduardo Moliné O´Connor, que había sido removido de su cargo en el alto tribunal, por mal desempeño, en diciembre último por el Senado. Seis magistrados votaron en contra de Moliné O´Connor, mientras que tres lo hicieron en favor de su reincorporación.
Tal como anticipó LA NACION la semana última, el cuerpo se negó a reincorporar al ex magistrado, que ahora puede presentar una demanda contra la Argentina ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
La mayoría que suscribió el fallo quedó integrada por los doctores Jorge Morales (Corrientes), Ernesto Wayar (Tucumán) ,Gustavo Mitchell (Cámara de Casación), Mirta Tyden de Skanata (Posadas), Javier Leal de Ibarra (Comodoro Rivadavia) y Alejandro Mosquera (Córdoba).
Si bien todos ellos coincidieron en desestimar la queja presentada por el ex integrante del máximo tribunal contra la sentencia del Senado, lo hicieron en votos separados.
Los tres primeros firmaron un mismo voto; mientras que Mosquera, por un lado, y Leal de Ibarra y Skanata, por el otro, lo hicieron con votos concurrentes. En disidencia, Moliné O´Connor consiguió el apoyo de tres magistrados: los camaristas Julio Frondizi (La Plata) y Arturo Pérez Petit (General Roca), con un mismo voto y, por separado, Rodolfo Fossatti (San Martín).
Los votos
Los jueces de la mayoría coincidieron con el dictamen del procurador general subrogante Luis González Warcalde. Pero difirieron en los fundamentos que invocaron cada uno de ellos a la hora de elaborar la decisión.
Morales, Wayar y Mitchell sostuvieron que la función que ejerció el Senado al juzgar a Moliné O´Connor no fue política, sino de carácter jurisdiccional, por lo cual debe garantizarse al acusado los derechos al debido proceso y a la defensa en juicio. Y, luego de sostener que la Corte puede evaluar si se violaron aquellos derechos, los tres magistrados concluyeron que esa violación no existió en este caso.
Leal de Ibarra y Tyden de Skanata llegan a igual conclusión, pero buscaron diferenciar este caso de otro en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó reincorporar a varios jueces de Perú. Y, además, sostuvieron que la intervención del Senado no tiene naturaleza jurisdiccional.
En tanto, Mosquera hizo un voto de lenguaje eminentemente político y sostuvo que la valoración de la conducta de los jueces debe apreciarse en forma estricta. Quedó un asunto pendiente: el 9 del actual, la Corte se reunirá para decidir si el Senado pudo haber suspendido a Moliné. Un asunto que le interesa a otro juez en juicio político, Adolfo Vázquez.
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