La Comisión Interamericana de Derechos Humanos exhortó a los estados a no indultar crímenes de lesa humanidad
El órgano de la OEA dio a conocer hoy un comunicado titulado: “Indultos, conmutaciones de pena y beneficios carcelarios indebidos son una forma de impunidad de las graves violaciones a los DD.HH.”
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la materia exhortaron este domingo a los Estados “a cumplir con las sentencias judiciales que condenan a quienes resultan responsables por las graves violaciones a los derechos humanos y los crímenes internacionales” y a “no otorgar perdones, indultos humanitarios o beneficios indebidos a los autores materiales e intelectuales de estos tipos de delitos”.
El comunicado de prensa, emitido en Washington, se titula: “Indultos, conmutaciones de pena y beneficios carcelarios indebidos son una forma de impunidad de las graves violaciones a los derechos humanos”.
En los últimos días, en vísperas del aniversario del golpe de Estado de 1976, en la Argentina circularon versiones de que el gobierno de Javier Milei podría tener en carpeta algún proyecto para favorecer a los presos en causas por crímenes de la última dictadura, algo que el Gobierno no confirmó.
De acuerdo con un informe dado a conocer el viernes pasado por la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, en la Argentina hay 1176 personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, la mayoría con condenas aún no firmes. De los que están bajo investigación (imputados, procesados o con condenas no firmes), 1491 están libres; 36, prófugos, y 661, presos. De esos 661, 508 cumplen arresto domiciliario y 153 están en establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal (61, en la Unidad 34, dentro del predio militar de Campo de Mayo; el resto, en otros establecimientos), precisa el informe.
En su comunicado de este domingo, la CIDH y el Experto de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición dijeron que reconocían que “en la región existen importantes ejemplos de investigación, juzgamiento y sanción de estos crímenes, que han contribuido a esclarecer la verdad a las víctimas y la sociedad y han establecido sanciones efectivas y proporcionales a la gravedad de lo sucedido”. Y afirmaron: “No obstante, los avances son aún escasos respecto a la cantidad de casos ocurridos en dictaduras y conflictos armados. En tal sentido, la Comisión Interamericana y el Relator Especial de la ONU destacan que las causas judiciales de esta naturaleza suelen enfrentar múltiples desafíos, que incluyen sistemas legales y regímenes procesales inadecuados o directamente diseñados para favorecer a la impunidad, obstáculos probatorios, el fallecimiento de las personas perpetradoras y testigos por el paso del tiempo, entre otros”.
“La CIDH ha enfatizado -dice el documento dado a conocer este domingo- que, en el caso de personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y crímenes internacionales, la evaluación de los beneficios carcelarios y de las medidas alternativas de la prisión requieren de un análisis y requisitos más exigentes, con apego al principio de proporcionalidad y a los estándares interamericanos aplicables. Ello comprende tomar en cuenta el bien jurídico afectado, la gravedad de los hechos y la obligación de los Estados de sancionar a los responsables de tales violaciones. Por su parte, el Experto de la ONU ha recomendado que los indultos humanitarios solamente procedan para casos de enfermedad terminal de resolución inminente.”
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