Los principales puntos de la demanda de la Ciudad para recuperar la coparticipación federal
Los principales puntos de la demanda de la ciudad de Buenos Aires al gobierno nacionalante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que le devuelva un porcentaje de la coparticipación federal son que dicta una medida "inereina e inmediata" paar que suspenda los efectos del decreto de Alberto Fernádez que se los quitó, que se lo declare "nulo" e "inconstitucional" y que le devuelvan el dinero descontado. La Ciudad dijo que el perjuicio que le provocó esa decreto es qye de 45.565 millones de pesos
Estos son los puntos principales de la presentación realizada esta mañana:
* Que por la gravedad se dicte una "medida interina e inmediata", sin necesidad de informes previos. "La particular situación de emergencia sanitaria que profundiza el peligro e intensifica la urgencia",dijo la Ciudad.
* Que se restablezca en forma inmediata el derecho de la Ciudad de Buenos Aires a percibir el porcentaje de participación equivalente 3,5 % originado en el Consenso Fiscal ratificado por el ley del Congreso y un decreto de 2018.
* Que se ordene que cesen los efectos del Decreto 735-PEN-2020 de Alberto Fernández que,"en forma manifiestamente inconstitucional por su ilegalidad y arbitrariedad manifiesta, reduce unilateralmente el porcentaje de coparticipación en flagrante violación a derechos y garantías constitucionales".
* Que se declare la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 735- PEN- 2020 por ser "ilegal y arbitrario en modo manifiesto, así como de todo acto administrativo o norma que se hubiera dictado o se dicte en el futuro como consecuencia del dictado de aquél.
* Que se recomponga la integralidad de los fondos del Tesoro que deben ingresar a la Ciudad conforme el porcentaje de coparticipación del 3,50% y se ordene la restitución de los fondos ilegítimamente retirados, más los intereses.
* "No se trata de evitar un presupuesto deficitario, sino que directamente la Ciudad no tendrá los fondos suficientes para afrontar la ejecución de todos los servicios a su cargo", dijo la Ciudad.
* Como medida cautelar se pide la inmediata suspensión de los efectos -ejecutoriedad – del Decreto 735- PEN- 2020 y que la Corte ordene al Estado Nacional que se abstenga, hasta el dictado de la sentencia definitiva y firme, de llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecución el decreto cuestionado y/o que altere el coeficiente de la CABA o disminuya los recursos correspondientes a la transferencia de competencias federales.
* El caso es de competencia originaria de la Corte, con lo que se puede abocar directamente al asunto sin mas trámite. Esto es debido al carácter federal de las cuestiones involucradas y a la jurisprudencia que reconoce el derecho de la Ciudad a acceder a los estrados del máximo tribunal.
* La vía "rápida y expedita" del amparo es la única vía para lograr que se recompongan los derechos afectados mediante la declaración de la nulidad, ilegalidad e inconstitucionalidad del decreto.
* De validarse la reducción unilateralmente impuesta al porcentaje de coparticipación de la Ciudad, el daño será irreversible y provocará graves consecuencias de índole económica y social.
+ El Congreso tiene la competencia exclusiva para modificar en acuerdo con las provincias el régimen de coparticipación federal.
+ La evolución histórica de la coparticipación en la Ciudad. El coeficiente asignado a la Ciudad , ya fuera el original de 1,4%, el mayor del que gozó de 3,75%, e incluso su reducción a 3,5% -en vigencia hasta el dictado del último decreto de Alberto Fernández- fue siempre establecido mediante el inevitable acuerdo del estado porteño con el Nacional, y ratificado por vía legisltiva. "Si se admite que el Estado Nacional pueda unilateralmente amputar el porcentaje de coparticipación de la Ciudad estaremos dándole un golpe letal al federalismo y permitiendo el retorno a un esquema unitario", dice la demanda.
* La Constitución expresamente establece que no puede haber transferencia de servicios o funciones sin la respectiva asignación de recursos aprobada por ley del Congreso.
* El decreto de Alberto Fernández es inconstitucional porque fija de modo unilateral la alícuota de participación automática de la Ciudad."La demora para dictar una nueva Ley de Coparticipación que le otorgue un porcentaje propio en similares condiciones en que se les asigna a las Provincias, debe ser considerado como un desajuste institucional grave de uno de los mecanismos estructurales de funcionamiento del federalismo", dice la demanda. Esa
* Con el índice de coparticipación establecido por el decreto de Alberto Fernández del 2,32% se percibe para financiar la seguridad pública $33.186.844.571. Ello genera una diferencia $42.565.735.429, menos según surge del presupuesto 2020.
* Esto implica una caída del 56% con respecto al valor sancionado por la ley de presupuesto y previsto para cubrir los gastos de seguridad interior del año.De esta manera, sólo lograría cubrir el 65% del gasto de personal, quedando un 35% del gasto de seguridad interior sin financiamiento presupuestario.
* En los primeros cinco días hábiles desde la firma del decreto la Ciudad perdió ingresos para gastos de Seguridad por $ 862.140.379, y se proyecta una pérdida mensual de más de 3000 millones de pesos de acuerdo a la recaudación real del periodo mayo-agosto.
Los fondos que Nación le recortó a Rodríguez Larreta se destinaron a la provincia de Buenos Aires, para hacer frente a los reclamos de la Policía Bonaerense.
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