La Ciudad apeló el fallo de Gallardo y lo acusó de armar una “zona liberada” en torno a la casa de Cristina Kirchner
Reclamó que se revoque la sentencia y, si no se hace lugar, que la Cámara la revise; dijo que el magistrado violó al divisón de poderes y que la fiscalía había dicho que no existia causa judicial válida
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El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reclamó revocar el fallo del juez Roberto Gallardo que impidió a la policía porteña controlar las manifestaciones en torno a la casa de Cristina Kirchner, y lo acusó de establecer una “zona liberada” en torno al departamento de la Recoleta. La administración de Horacio Rodríguez Larreta también le endilgó violar la Constitución Nacional, la autonomía de la Ciudad, la división de poderes, desconocer que la seguridad es una facultad del Poder Ejecutivo y no del Judicial y darle existencia a un caso que hasta la fiscalía había dicho que no era válido.
En 64 carillas, el gobierno de la Ciudad se presentó con la pretensión que el propio juzgado revoque la medida que dispuso dejar el comando policial de la zona de la casa de la vicepresidenta en manos de la Policía Federal. Y señaló que, en caso de que el juzgado no haga lugar a su pedido, sea la Cámara de Apelaciones la que revise esa decisión.
Como el Gobierno porteño pidió apartar al juez Gallardo del caso, ese asunto será analizado por la Cámara de Apelaciones, Mientras, el caso quedó en manos de un juzgado vacante que esa transitoriamente a cargo de la jueza María Rosa Cilurzo, una magistrada de carrera en la que el Gobierno porteño cifra sus expectativas para obtener una decisión favorable.
En caso de que no se revoque en la misma instancia la sentencia de Gallardo, el Gobierno porteño apeló para que la revise la Cámara Contencioso de la Ciudad.
“El Gobiero de la Ciudad no discute a cargo de quien se encuentra la protección de la doctora Cristina Fernández. Sea referidas a bienes o a personas, los intereses institucionales del Estado Nacional en el ámbito de la CABA se encuentran ampliamente resguardados, pero bajo ningún concepto ello puede traducirse en una privación al resto de la vecindad de la protección al derecho a la seguridad que mi mandante brinda”, dijo el letrado que firma el escrito, Fernando Conti.
Y agregó que el juez Gallardo pretendió “limitar el ejercicio de las competencias en materia de seguridad que posee este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo una suerte de “zona liberada” alrededor del domicilio de la vicepresidenta”, que según el juez es de jurisdicción federal.
Gallardo no es un juez penal, que interviene ante la comisión de contravenciones o delitos, sino que es un juez contencioso administrativo, que decide sobre la legalidad de las decisiones administrativas del gobierno local.
A Gallardo acudió con un recurso de amparo los kirchneristas Juan Grabois, diputado nacional, para pedir que para que se levanten las vallas en torno a la casa de la vicepresidenta y la legisladora Ofelia Fernández. Se sumaron luego con un amparo la legisladora Claudia Neira, para que se garantice la libre circulación y siguió Paula Penacca, con otra serie de pedidos.
En 64 carillas, la Ciudad de Buenos Aires cuestionó primero que quienes presentaron el recurso de amparo no están “legitimados”, es decir, que no establecieron en qué medida está lesionado su interés concreto, inmediato y sustancial, que no alcanza la mera invocación de un “derecho colectivo”, no demostró los “intereses colectivos afectados” y que, ni como legisladores, ni como ciudadanos, están facultados para hacer el reclamo, dado que no sufren una afectación directa.
“El emplazamiento de vallas y la presencia policial, bajo ningún punto de vistas debe ser visualizado, como lo ha hecho el juez de primera instancia, como un valladar al ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos, sino todo lo contrario, dichos elementos tuvieron por objetivo canalizar y compatibilizar dos derechos en pugna- el de manifestarse, y el de la seguridad y la tranquilidad de los vecinos de la zona-, circunstancia esta que lamentablemente no sopesó el Magistrado, dictando un fallo reprochable desde todo punto de vista, ya que consideró preliminarmente y sin sustento fáctico alguno que mi parte violentó los derechos de los actores y de las personas que estos dicen “representar”, señala el texto de la Ciudad.
Recordó la Ciudad que la fiscal Marcela Monti, al inicio del caso, habló de la “inexistencia de caso, causa o controversia judicial”. Es decir que si la propia fiscalía, que representa el interés de los vecinos en el caso, dice que no hay causa, “no solamente que no existe un caso, sino que además, es evidente la vaguedad de las afirmaciones contenidas en la demanda, amén que, aceptar preventivamente el planteo cautelar, se estaría (como dice también la Fiscal del caso), produciendo una sustitución de competencias con la Administración”.
Los argumentos
El gobierno porteño dijo que el juez Gallardo no le consultó a la fiscal antes de dictar su fallo y que además incumplió la ley de amparos porque no trasladó a la Ciudad los planteos de los legisladores para que pueda expresar su punto de vista antes de decidir.
“Se ha violado expresamente la Constitución Nacional, en cuanto se afecta los derechos de defensa en juicio de mi representado [La Ciudad], debido a la gravedad institucional que surge del fallo del fallo en cuestión”, señala el escrito.
“Evidentemente el Dr. Gallardo ha demostrado un apartamiento manifiesto de las reglas del debido proceso, ya que amplía a discreción el objeto del proceso, citando a los Ministros de Justicia y Seguridad de la CABA y de Seguridad de la Nación a comparecer a una audiencia con carácter personal cuando ello no ha sido requerido por ninguna de las partes”, dice el escrito.
La Ciudad dijo que la seguridad es competencia del Poder Ejecutivo, no del juez Gallardo y que hubo una “intromisión del Poder Judicial en las facultades de administración de la Ciudad”. Señaló el abogado Conti que “resulta evidente la intromisión del Poder Judicial en la zona de reserva que le compete a la Administración”. Señaló la Ciudad además que debía ser un juez penal y no una contravencional quien debía decidir y que “la decisión implica una vulneración de las garantías constitucionales al Poder Ejecutivo Local”.
“El juez decidió reemplazar en sus funciones a la Administración, violentando el principio republicano de división de poderes”. Descalificó el escrito que Gallardo haya dispuesto que la Ciudad no puede ejercer su poder de policía en torno a la casa de la vicepresidenta y que solo debe hacerlo la Policía Federal. “Ello resulta un absurdo total”, sostuvo.
El fallo del juez Gallardo, “denota no solo un desprecio hacia la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires”, sino también, colisiona con la Constitución Nacional y la de la Ciudad, en materia de seguridad. “La sentencia recurrida ignoró que, según la Constitución de la Ciudad, la seguridad es competencia del Poder Ejecutivo y no del señor juez”.
Ahora será la jueza interina María Rosa Cilurzo la que analizará si revoca o no este fallo, o si por el contrario espera una decisión de la Cámara con respecto a la recusación, para que sea Gallardo el que decida.
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