La Casación pidió las declaraciones de los arrepentidos del caso de los cuadernos de las coimas
La Sala I de la Cámara de Casación, que interviene en la causa de los cuadernos de los cuadernos de las coimas, le pidió al Tribunal Oral Federal 7, a cargo del expediente que ya fue elevado a juicio, que le envíe las declaraciones de los arrepentidos.
Las defensas de los involucrados en esta causa apuntan a que, en respuesta a planteos que presentaron hace más de un año, las pruebas obtenidas por las declaraciones de los arrepentidos sean declaradas nulas por el máximo tribunal penal del país.
La semana pasada, después de una audiencia que se llevó adelante con las defensas del exministro de Planificación Julio De Vido y de algunos empresarios que formularon el mismo planteo, los jueces de la Sala I de CasaciónDaniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa la pidieron al juez de primera instancia Marcelo Martínez De Giorgi (que reemplaza al fallecido Claudio Bonadio en el juzgado 11) que enviara las grabaciones de las declaraciones de los arrepentidos. De Giorgi respondió que esos registros fílmicos no existen.
En ese escenario el fiscal ante la Sala I de Casación, Raúl Plee, objetó el accionar de los jueces de Casación y dictaminó que no se le corrió vista para pronunciarse sobre esta disputa, a la vez que señaló que la forma en que los fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo tomaron las declaraciones de los imputados colaboradores ya fue convalidada por la Cámara Federal. Y Stornelli le respondió a Martínez De Giorgi que ya envió esas declaraciones a la fiscal ante el TOF 7, Fabiana León.
La disputa por la validez de estos dichos se basa en uno lo enunciado en uno de los artículos de la ley 27.304: "Las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior".
Filmaciones
Las defensas indican que las declaraciones, según lo establecido por esa ley, deberían haber sido grabadas para que hubiera algún registro fílmico o de voz, aunque la forma en que se obtuvieron los dichos de los arrepentidos fue convalidada por instancias anteriores. La Casación tiene que pronunciarse sobre la constitucionalidad de la ley del imputado colaborador y sobre la validez de los arrepentidos como prueba.
El juez Bonadio sostuvo, en un fallo que luego fue confirmado por la Cámara Federal, que lo declarado por los arrepentidos había sido confirmado por otras pruebas, desde cruces de llamadas hasta registros bancarios.
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