Qué es y cómo funciona el programa de protección a testigos
Qué pasa si el testigo está imputado en una causa; ¿Puede ser protegido en un centro de detención?; la historia de la ley y detalles de la situación actual
Luego de que el juez Claudio Bonadio decidiera homologar el acuerdo al que Oscar Centeno , el autor de los cuadernos de las coimas , llegó con el fiscal, el chofer ingresó formalmente al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados. ¿Cómo funciona este programa?
Bajo la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal, que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el programa está abocado a preservar la seguridad de imputados y testigos que colaboren "de modo trascendente y eficiente" en una investigación judicial federal y que se encuentren en situación de peligro para su vida o integridad física.
La ley 25.764, que creó el programa, está dirigida a personas que colaboren en causas relativas al narcotráfico, el secuestro extorsivo, el terrorismo, delitos de lesa humanidad cometidos en el período 1976/1983, y la trata de personas.
Sin embargo, el texto de la normativa aclara que "a requerimiento de la autoridad judicial" se podrán incluir otros casos siempre y cuando se trate "de delitos vinculados con la delincuencia organizada o de violencia institucional y la trascendencia e interés político criminal de la investigación lo hagan aconsejable".
Existen unos 228 imputados y testigos dentro del programa, sin contar a los "asociados", es decir, familiares o personas cercanas a la persona protegida, cuyas vidas también podrían correr riesgo.
Para ingresar al programa, hay dos requisitos: que la información que provean sea trascendente y eficaz, lo cual es determinado por una autoridad judicial, y que, mediante una evaluación de la Dirección del programa, se determine que efectivamente la vida del testigo corre riesgo.
Cabe aclarar que, a diferencia de lo que determina la ley del arrepentido, la persona que entra al programa de protección no acuerda ninguna reducción de pena.
¿Puede una persona estar dentro del programa en un centro de detención?
Sí. Se hace en los casos en los que el testigo está imputado en una causa y la justicia dispuso su detención. Así comenzó, por ejemplo, el caso de Leonardo Fariña . Él ingresó al Programa estando detenido en la cárcel de Ezeiza. Luego, cuando la justicia dispuso su excarcelación, Fariña fue trasladado a un lugar reservado donde continúa bajo protección.
Esteban Ibar Pérez Corradi también ingresó a este programa después de ser detenido.
Ofrecer protección dentro de una prisión es complejo e implica mayores dificultades, pero se realiza cuando así es requerido. En esos casos, la persona es alojada en una celda unipersonal, con un guardia en el pasillo . Una cámara registra lo que sucede en esa celda y es monitoreada las 24 horas por personal del Ministerio.
¿Quién define si el testigo queda protegido en un centro de detención?
La Justicia. En el caso de Centeno el juez decidió que se le ofrezca la protección en libertad, y se le garantice seguridad a su familia bajo una nueva identidad.
Niveles de seguridad
El programa establece medidas de seguridad de acuerdo a la situación de riesgo de cada persona. Esto es determinado en la entrevista de evaluación, que la realiza el director del Programa.
Estas medidas pueden ir desde otorgarle a la persona un teléfono monitoreado y un botón antipánico, hasta una relocalización de en un alojamiento reservado. Si el riesgo es elevado, y el caso lo requiere, también se puede llega a cambiar la identidad de la persona y del grupo familiar y disponer una reubicación.
En el caso de que se necesite un traslado, las personas permanecen en lugares fijos dispuestos por el Ministerio durante las primeras 48 horas, y luego son enviados a establecimientos reservados, que son elegidos de acuerdo a lo que se requiera en cada caso. El Ministerio cuenta con un fondo de dinero para sustentar estos gastos.
Concretamente, la ley prevé las siguientes medidas, según el nivel de seguridad requerido:
- La custodia personal o domiciliaria
- El alojamiento temporario en lugares reservados
- El cambio de domicilio
- La asistencia para la gestión de trámites
- El suministro de documentación que acredite identidad bajo nombre supuesto a los fines de mantener en reserva la ubicación de la persona protegida y su grupo familiar
- El suministro de los medios económicos para alojamiento, transporte, alimentos, comunicación, atención sanitaria, mudanza, reinserción laboral, trámites, sistemas de seguridad, acondicionamiento de vivienda y demás gastos indispensables, dentro o fuera del país, mientras la persona beneficiaria se halle imposibilitada de obtenerlos por sus propios medios.
La ley establece que la asistencia económica sólo se otorga por seis meses. Pasado este período, se le puede brindar a la persona protegida ayuda para conseguir un trabajo que le permita mantenerse mientras continúe dentro del programa. En tanto, también se les brinda asistencia psicológica, teniendo en cuenta el estrés que implica para los testigos el cambio de vida al que ingresan.
La permanencia dentro del Programa es voluntaria, pero una vez que la persona acepta ingresar, debe cumplir ciertas normas, como mantener la confidencialidad, permitir un examen socio ambiental, no asistir a lugares que impliquen poner en riesgo su protección. El incumplimiento de estas normas puede derivar en que sea expulsado del Programa.
El apoyo de las fuerzas policiales para la protección de las personas que entran en el Programa es coordinado con el Ministerio de Seguridad.
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