La Cámara revocó el procesamiento de Cristina Kirchner por los subsidios a los colectivos
Por primera vez, y como una de las últimas medidas antes del comienzo de la feria judicial, la Sala I de la Cámara Federal revocó los procesamientos que dictó el juez Claudio Bonadio en una causa conexa a la de los cuadernos de las coimas y dictó la falta de mérito deCristina Kirchner y los exfuncionarios del ministerio de Planificación Ricardo Jaime, Julio De Vido y Juan Pablo Schiavi.
Los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi consideraron que no hay pruebas suficientes y le encomendaron a Bonadio que siga investigando.
Se trata del expediente sobre las presuntas irregularidades en la adjudicación de subsidios para las empresas de colectivos. Hasta este momento, los procesamientos dictados por Bonadio contra la expresidenta habían sido confirmados por la Cámara. Pero en este caso, los jueces consideraron que el expediente no tiene prueba suficiente.
En marzo Bonadio había procesado a Cristina y a exfuncionarios de su gobierno como Ricardo Jaime, Julio De Vido y Juan Pablo Schiavi "por considerarlos responsables del delito de cohecho pasivo en veinticuatro (24) ocasiones o, bien, de una defraudación contra la administración pública en calidad de coautores".
Bonadio había considerado que, a partir de los kilometrajes de las unidades que informaban las empresas al Estado, se les pagaron montos mayores de los que les correspondían. Según el juez, en el circuito que reveló Centeno a partir de sus anotaciones, los empresarios pagaban entre un 5 y un treinta 30 por ciento del dinero recibido del Estado como retorno a los exfuncionarios. Consideró lo mismo para las empresas de transporte, y concluyó que "los pagos recibidos en la Secretaría de Transporte eran parte del mismo sistema de recaudación descripto en la causa n° 9.608/2018, organizado por Julio De Vido".
Esa decisión -en la que fueron procesados los empresarios Aldo Roggio y Gabriel Romero- fue apelada por las partes y la camaristas escucharon los argumentos de las defensas en audiencias que se llevaron durante la primera mitad de este año.
En el fallo de Bruglia y Bertuzzi se especifica que, si bien hay prueba suficiente en la causa de los cuadernos, y además se utilizó la información de los GPS de un informe elaborado por la AGN sobre el sistema SUBE, esos elementos no resultan suficientes para procesar a la expresidenta ni a los demás implicados en esta causa.
Argumentos
"Las pruebas colectadas en la causa 9608/18 son ciertamente gravitantes, no solo en su número sino también en su peso, a la hora de dar testimonio del circuito implementado durante aquellos años en derredor de las contrataciones con el Estado Nacional", sostuvo la Cámara.
Y continuó: "Ellas fundaron recientemente la sujeción a proceso de varios funcionarios públicos -mancomunados bajo el aceitado movimiento de una asociación ilícita- y de decenas de empresarios -fundamentalmente, pertenecientes al rubro de la obra pública-, por la comisión de cuantiosos cohechos que les aseguraron el éxito en la adjudicación de las obras estatales y beneficios durante la ejecución de esas relaciones contractuales. Asimismo, también logró acreditarse que dentro de la misma estructura recaudatoria se encausaron pagos ilícitos referidos a otras áreas de competencia del Ministerio de Planificación Federal, que abarcaron -p. ej.- el otorgamiento de subsidios a empresas de transporte ferroviario y la concesión de la hidrovía del Río Paraná"
"Sin embargo -argumentaron-, cardinales para aquellos casos, ninguna de las pruebas allí reunidas tiene incidencia en los hechos del presente legajo. Al resolver, el a quo enfatizó algunos elementos que permitirían advertir un paralelo entre ambos expedientes. Pero, ni su cantidad, ni su contenido, sostienen esa invocada correlación".
Y explicaron: "A diferencia de las numerosas pruebas que dan cuenta de los hechos ventilados en la causa 9608/18, las constancias que fundan la resolución venida en examen son menores en cantidad y significación. O bien dichos elementos no se refieren expresamente al rubro del transporte automotor o, cuando lo hacen, tan sólo lo mencionan de manera genérica o indirecta".
Le encomendaron a Bonadio que ordene nuevas medidas de prueba como un informe pericial que supere las "falencias apuntadas", en el que se incluyan "todas las variables con incidencia en el cálculo de los subsidios al transporte, así como el referido a la cuota mensual de combustible a precio diferencial".
Cuadernos
En otro fallo que se firmó hoy, en el último día antes del comienzo de la feria judicial, la misma sala confirmó la ampliación de los procesamientos que dictó Bonadio contra Cristina Kirchner y Ezequiel García Ramós -del Ministerio de Planificación- y los procesamientos de otros implicados en la causa de los cuadernos, como Mario Maxit y César de Goycoechea, de la firma Isolux.
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