La Cámara revocó el procesamiento de Paolo Rocca
La Cámara Federal revocó el procesamiento y dictó la falta de mérito de Paolo Rocca , CEO de Techint , la principal compañía privada de la Argentina, en la causa en que está procesada con prisión preventiva la expresidenta Cristina Kirchner por comandar una red de recaudación ilegal de fondos que pagaban grandes empresarios.
Rocca había sido procesado por el juez Claudio Bonadio , pero ahora los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, de la Sala I, entendieron que no había evidencias para procesarlo ni para sobreseerlo.
Techint quedó en medio de la causa de los cuadernos a partir de las anotaciones del chofer de Roberto Baratta, Oscar Centeno. Los ejecutivos de la firma Héctor Zabaleta y Luis María Betnaza, según la causa, ordenaron y ejecutaron pagos a Baratta durante 2008.
Betnaza, en su declaración indagatoria, admitió esas contribuciones, pero dijo que se hicieron bajo extorsión, en momentos en que la empresa buscaba repatriar desde Venezuela a unos 200 empleados argentinos tras la expropiación hostil de Sidor (que era de Techint) por parte del gobierno chavista.
Tanto Zabaleta como Betnaza fueron procesados por cohecho. Bonadio procesó también a Rocca, pero ahora los camaristas dijeron que es insuficiente pensar que por su lugar en el holding estuviera al tanto o hubiera ordenado los pagos. Los jueces indicaron que si bien Rocca ocupa una máxima jerarquía en el grupo, "lo cierto es que -a diferencia de otras estructuras empresarias- la especial dimensión y diversificación de este grupo económico" impiden inferir que el ejecutivo "haya intervenido en orden a las exigencias de dinero". Escribieron: "Ni la empresa radicada en Venezuela ni las asentadas en este país son meras sucursales de una misma compañía, sino que ellas constituyen por sí mismas sociedades de gran magnitud, con sus directivos y esquemas empresarios propios".
Destacaron que Zabaleta y Betnaza "no eran meros dependientes que limitaban su obrar al ciego cumplimiento de una orden".
"No es posible inferir que cada acto desarrollado por los directivos de las diferentes compañías fuese generado desde la cúspide del grupo que las aúna. En particular, teniendo en cuenta que, el último de los nombrados (Betnaza), ocupaba un espacio nuclear dentro de Techint (director corporativo), de suficiente gravitación como para diagramar el curso de los acontecimientos".
Los jueces ponderaron los dichos de Betnaza con respecto a los pagos a funcionarios de Planificación "sin que hubiera mediado una orden superior". Añadieron que esto se condice con "los entrecruzamientos de llamadas telefónicas", que no muestran llamados de Rocca a la cúpula del ministerio que comandaba Julio De Vido.
"La responsabilidad de Rocca, cimentada fundamentalmente en su posicionamiento jerárquico dentro del holding, carece del sustento necesario y suficiente para vincularlo a este proceso", dijeron los camaristas. Pidieron ahondar la investigación "a efectos de dilucidar si efectivamente Rocca estuvo ligado con las entregas de dinero registradas por Centeno".
En diciembre pasado, la Cámara al dictarle falta de merito a Betnaza por el delito de asociación ilicita, había solicitado que sean "profundizadas" y "analizadas" las pruebas aportadas por la defensa sobre el pago "por razones de emergencia", tras la expropiación de Sidor.
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