La Cámara Federal redujo los cargos contra los integrantes de Revolución Federal
El tribunal confirmó los procesamientos contra cuatro acusados por incitación a la violencia, un delito menor, y les rebajó los embargos
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La Cámara Federal confirmó los procesamientos de cuatro integrantes de la agrupación Revolución Federal, pero les redujo los cargos. Quedaron acusados de incitación a la violencia colectiva, que se pena con hasta 6 años de cárcel, y no del delito de tratar de “imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor”, que contemplaba un castigo de hasta 8 años de prisión.
Con este fallo, además, el embargo, que era de 9 millones de pesos, quedó reducido a 4 millones. Los acusados son Jonathan Ezequiel Morel, Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Guerra y Nilda Sabrina Basile. Todos ellos seguirán en libertad.
Cristina Kirchner, que es querellante en la causa, sostuvo que los acusados habían atentado contra el orden democrático y que sus expresiones fueron el detonante del atentado en su contra, hipótesis que fueron descartadas por los camaristas de la mayoría.
El fallo fue firmado por los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, con la disidencia del juez Mariano Llorens, quien sostuvo que se debían revocar los procesamientos dispuestos por el juez Marcelo Martínez de Giorgi en primera instancia.
Los acusados habían sido procesados porque desde el 11 de mayo pasado Morel y Sosa organizaron Revolución Federal, integrada además por Basile y Guerra, y -según la acusación original- “llevaron a cabo un plan criminal” para “imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor, utilizando para ello redes sociales y medios de comunicación”. Martínez de Giorgi sostuvo que realizaban “manifestaciones intimidantes” y que “planeaban, coordinaban y difundían mensajes de odio y declaraciones violentas” en contra del Gobierno.
Los imputados estaban acusados de “incitar la renuncia de los personajes públicos escrachados, alentar a la persecución, a la violencia colectiva y a la propagación del odio”. Martínez de Giorgi señaló que fueron uno “de los actores” que “agitaron en la sociedad un clima de violencia social, cuyo acto de mayor gravedad institucional resultó ser el intento de magnicidio de la vicepresidente de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, el 1° de septiembre”.
Ahora, los camaristas entendieron que si bien la Constitución Nacional consagra el derecho a la libertad de expresión, en este caso hubo una vulneración de otros derechos y esta libertad “encuentra ciertos límites que se compadecen con el debido resguardo que también se debe a esas otras esferas”.
Los camaristas resolvieron que Revolución Federal “no parecería poseer en principio la entidad para ser considerada una asociación ilícita destinada a combatir ideologías”, como había sostenido Martínez de Giorgi, “mas alá del uso de expresiones extremistas y de indudable contenido violento contra integrantes del Poder Ejecutivo”. Y destacaron la poca gente que convocaban en sus marchas.
Por eso es que entendieron que “las manifestaciones y conductas” deben ser consideradas “como un estímulo a la violencia contra un grupo de personas subsumible bajo las proyecciones del delito de incitación pública a la violencia colectiva”, que se castiga con una pena de 3 a 6 años de prisión.
Sin hablar del atentado a Cristina Krichner de manera explícita, Bruglia y Bertuzzi sí lo hicieron de manera implícita al afirmar: “La prueba producida en autos no permite tener por corroborada la generación de efecto alguno derivado de la conducta reprochada a los imputados, descartándose toda aseveración que al respecto se ha efectuado en el auto de mérito apelado”.
Sí afirmaron que “los dichos y actos de Morel, Sosa, Guerra y Basile” traslucen una “actitud de desprecio frente a la ley y descrédito respecto a las instituciones, a lo cual se suma el tono provocador e imperativo de las alocuciones”, lo que demuestra -consideraron- que sus palabras generaron el peligro que requiere la acusación, mas allá de la conducta de quienes recibieron el mensaje.
El voto de Llorens
En minoría, el juez Llorens dijo que el razonamiento de Martínez de Giorgi “no encuentra apoyo en prueba objetiva” y que no corresponde usar este tema como “antecedente del intento de homicidio contra la Sra. Fernández de Kirchner”. Dijo que “aún la sana intención de alguno choca de frente contra la prueba, su análisis lógico y las constancias objetivas reunidas”.
Llorens habló de libertad de expresión y de que no está probado que el fin de Revolución Federal fuera imponer sus ideas por la fuerza. “Lo que no ha despejado la actividad de la instrucción es el fin propio de este grupo, esto es, que su objetivo principal sea imponer ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor”.
“Revolución Federal es una congregación de personas que se han unido en base a comulgar con las mismas ideas de descontento social, con el objeto de expresar y manifestar sus pensamientos, aunque sin la capacidad de organización y predicamento que pudiera otorgarle la capacidad de imponerlas por la fuerza o el temor”, entendió el magistrado.
Dijo que la paz social no fue alterada por este grupo y que no hay ngnuna conexión con el atentado contra la vicepresidenta. “No hay elemento objetivo alguno que permita conectar esta causa con aquella en la que se investiga la tentativa de homicidio”, expuso.
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