Confirman el procesamiento de dos especialistas en informática por espiar a Jaime Stiuso y a la jueza Arroyo Salgado el día que murió Nisman
Los dos sospechosos monitorearon registros migratorios con un usuario de la AFI; la investigación forma parte del espionaje que se hizo a políticos, jueces y periodistas en 2015
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La Cámara Federal confirmó el procesamiento de dos especialistas en informática, uno de ellos funcionario de la provoncia de Entre Ríos, por realizar por inteligencia ilegal con respecto al espía retirado Antonio “Jaime” Stiuso y la jueza federal Sandra Arroyo Salgado el día en que murió el fiscal Alberto Nisman, y le ordenó al juez Julián Ercolini que profundice la investigación del expediente, donde se busca determinar si existió un sistema de espionaje ilegal para espiar a políticos opositores, jueces, fiscales y periodistas.
Los procesados son Pablo Palá, un ingeniero informático y Alexis Lesa, que se despeña como Director General de Informática para la Provincia de Entre Ríos.
El abogado de ambos, Luciano Legascue, desligó a sus clientes del caso. Consultado por La Nacion dijo que que Palá se dedica a prestar servicios informáticos y que intermedió con empresas proveedoras de IP ese servidor para la compañía IPlan. Dijo que Palá recibió un pedido e inetrmedio el producto. Sostuvo que al momentos en que se hizo la consulta a MIgraciones, no controlaba ese IP. En en cuanto a Lesa, señaló que una línea de teléfono alternativa suya estaba relacionada con ese IP y que no tiene nada que ver con el hecho.
De acuerdo con el fallo de la Cámara Federal que confirme los procesamientos, ambos monitorearon los movimientos del exagente de inteligencia Stiuso y la jueza Arroyo Salgado la tarde del 18 de enero de 2015 horas antes de que se supiera de la muerte de Alberto Nisman, el fiscal de la causa AMIA que apareció esa noche con un tiro en la cabeza en su departamento de Puerto Madero. Según la Justicia lo asesinaron.
Los acusados utilizaron para averiguar la información un usario de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).
El fallo de la Cámara Federal firmado por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah se refiere a una denuncia que realizó Laura Alonso, ex titular de la Oficina Anticorrpción en el macrismo, que señaló que recibió información de que había una lista de persoans que estaban siendo espiadas.
En la causa se tomaron declaracion a agentes de inteligencia que hablaron de una lista de personas a investigar que se desempeñaban en ámbitos políticos, sindicales, judiciales y periodísticos, entre otras, que serían motivo de “Ordenes de Búsqueda (OB)”.
Los espiados eran opositores ya sea por ideología o proque tenían un discurso crítico con el kirchenrismo. Entre los espiados estaban además de Stiuso y Arroyo Salgado, “una importante cantidad de miembros de su círculo familiar próximo, allegados por amistad y ex colegas, con los que tenía relación profesional.
A partir de la denuncia se b luscó determinar si se hizo un espionaje ilegal sobre las comunicaciones de estas personas que figuraban en las “ordenes de busca” y si se hicieron otras averigiaciones, Se estableció asi que desde usurios de la AFI, del Banco Central, de la AFIP y de la UIF y el ministerio de Justicia se efectuaron consultas en las bases de Migraciones sobre estas personas para ver si habían viajado, adonde y las fechas de entrada y salida del país.
Incluso hubo testimonios de empelados de la AFIP que dijeron que los ordenaron conseguir información sobre los CUITs de Arroyo Salgado por ejemplo.
“Hasta el momento, la fiscalía y el juez posaron especialmente la atención en determinadas consultas de movimientos migratorios que fueron materializadas desde un usuario de la Dirección de Contrainteligencia de la Secretaría de Inteligencia. Las consultas se refirieron a Antonio Stiusso y a Sandra Arroyo Salgado, exmujer de Nisman. Las identidades en cuestión –como se ve- no son inocuas; responden a la lógica de la trama que se viene describiendo. También lo hace la sede en que se produjo el origen de la averiguación. Y el cuadro se completa con las fechas en que ello sucedió”, dice un fragmento del fallo judicial.
A partir de la denuncia se buscó determinar si se hizo un espionaje ilegal sobre las comunicaciones de estas personas que figuraban en las “ordenes de busca” y si hubo mas seguimientos.
“Los movimientos migratorios de la jueza federal fueron consultados con el usuario de la Secretaría de Inteligencia el 27 de enero de 2015, a las 02:33:00 hs. Los de Stiuso, en 38 oportunidades desde el 18 de enero de 2015 a las 16:14:10 y 16:14:17 hs., hasta el 30 de enero de dicho mes, a las 13:04:27 hs.”
Para la Justicia, los dos sospechosos desempeñaron sus tareas desde una dirección en Paraná, Entre Ríos. Ambos tenían contratos con dependencias públicas entrerrianas. Pablo Palá y Alexis Lesa dijeron en su descargo que solo hacían actividades comerciales lícitas que desplegaban en materia informática. El juez Ercolini, sin embargo, los había procesado y embargado por presunta violación de la ley de inteligencia.
“Lo que aquí se demostró y a Pablo Palá y Alexis Lesa se les imputa, son maniobras que me afectan a mí y que también han afectado a la Dra. Sandra Arroyo Salgado, dato éste no menor, por cuanto no cabe otra opción (habida la fecha en que sucedieron los hechos, desde el 18 y hasta el 30 de enero de 2015) que entrelazar todo con la muerte del Fiscal Alberto Nisman”, planteó Stiuso, que es querellante en la causa. El axagente de inteligencia agregó: “Las búsquedas en la base de datos de Migraciones respecto de mi persona comienzan el mismo día 18 de enero de 2015 a las 16;14;19 hs. y 16:14:17 hs., es decir cuando ‘aún no se sabía” lo que había ocurrido en el interior del departamento del Fiscal Nisman en Puerto Madero”.
La Cámara Federal, integrada por Martín Iruzun y Eduardo Farah (Roberto Boico no firmó por estar de licencia), expresó en su fallo: “Hay razones fuertes para presumir que los eventos no fueron aislados, sino que obedecieron a una actividad generalizada dirigida a determinados objetivos, en un contexto (por la época de los acontecimientos y los hechos que se produjeron por entonces) particularmente relevante”.
Y añadió: “Las implicancias, derivaciones y alcances de lo anterior deben seguir siendo profundizadas, pero ya a esta altura, lo expuesto fortalece la hipótesis de que habría existido involucramiento de funcionarios de los organismos en danza en el seguimiento y búsqueda de información de los damnificados”.
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