La Cámara Federal ordenó resolver si corresponde detener a Nicolás Maduro y a Diosdado Cabello
Revocó el archivo de la investigación por violación a los derechos humanos que había dispuesto el juez Sebastián Ramos y lo instó a que resuelva el pedido de convocar a los mandatarios venezolanos
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La Cámara Federal ordenó revocar el archivo de una causa en la que se investigan violaciones a los derechos humanos en Venezuela y le ordenó al juez federal Sebastian Ramos que resuelva si corresponde ordenar la captura e indagar a Nicolás Maduro y Diosdado Cabello por violaciones a los derechos humanos.
La decisión es de los jueces Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens que escribieron que “es impostergable que el juez resuelva la petición de convocar a declaración indagatoria a Nicolás Maduro Moros, Diosdado Cabello y todos aquellos identificados como responsables y se someta a juicio a todos los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, que fueran denunciados en las presentes actuaciones, debiendo disponer todas las medidas cautelares urgentes que permitan la sujeción de los responsables al proceso, como ser su orden de captura inmediata”.
Esta causa, que cuenta con el impulso del fiscal Carlos Stornelli. El juez Ramos decidió inhibirse en favor de la Corte Penal Internacional y, en consecuencia, dispuso archivar el caso. Esto es porque en ese tribunal ya hay una causa abierta donde se investigan las violaciones a los derechos humanos en Venezuela.
Pero el fiscal apeló y los camaristas le dieron la razón. Revocaron el archivo y ordenaron al juez que disponga si corresponde detener e indagar a Maduro y a Cabello.
La causa se inició por denuncia de las víctimas de la represión en Venezuela junto con Stephen Gillis Townley, de la “Clooney Foundation for Justice”. Los denunciantes mencionaron que dos ciudadanos venezolanos fueron ejecutados por agentes de la Guardia Nacional Bolivariana. Señalaron, incluso, que los autores inmediatos habrían sido condenados por la justicia venezolana, pero se habría paralizado la búsqueda de aquellos que intervinieron en la cadena de mando dentro de la GNB.
Al caso se sumó Waldo Wolff -actual Ministro de Seguridad de la Ciudad-, patrocinado por Farini Duggan y en representación del Foro Argentino por la Democracia en la Región, en una presentación contra Nicolás Maduro Moros, José Daniel Ortega Saavedra y Miguel Mario Díaz Canel, presidentes de Venezuela, Nicaragua y Cuba respectivamente, por presuntos crímenes de lesa humanidad.
Ramos archivó y ahora los camaristas dijeron que el juez no puede decidir sobre las constancias del caso de la Corte Penal internacional que encuentra en Internet y que allí el caso es incipiente.
Los jueces Bruglia y Bertuzzi dijeron que hechos denunciados “revisten características de extrema gravedad y generarían eventuales lesiones a derechos humanos fundamentales que obligarían a la habilitación de la protección universal” Y dijeron que urge una decisión, pues los hechos ”no admiten dilación ni demora alguna en las medidas de tutela que se deben de inmediato adoptar a fin de evitar mayores perjuicios a los posibles derechos inculcados”.
Advirtieron sobre el riesgo para la población civil por la violencia que “se ejercerían utilizándose el poder público estatal”. Por eso revocaron el archivo 2, teniendo en cuenta los fines esenciales y tuitivos del derecho de gentes, de la jurisdicción universal y la evitación de mayores daños”.
Hablaron de un momento excepcional de emergencia y que los sucesos aquí denunciados son diferentes de los que tramitan en el la Corte penal Internacional. “Corresponde asumir la jurisdicción universal y la competencia extraterritorial de los órganos judiciales de la República Argentina para su debido juzgamiento”, escribieron.
Dijeron que se debe atender el pedido del fiscal para producir la prueba y detener e indagar si corresponde a Maduro y a Cabello. Por eso “deberá ordenarse al Sr. Juez instructor que implemente con celeridad” las medidas de prueba necesarias, y que “en caso de hallarse reunidos los requisitos legales se proceda a avanzar en la convocatoria a indagatoria de los aquí imputados”.
El juez Llorens dijo que no hay evidencia “que certifique, de modo irrefutable, la apertura y el encuadramiento de la investigación en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional”. Habló el juez de una “urgente y necesaria intervención del Poder Judicial argentino” para “neutralizar las acciones deshumanizantes”.
Stornelli solicitó una cantidad de diligencias preventivas para “contrarrestar la agresividad a la cual está sometida la vecina comunidad latinoamericana”, mencionó.
Corresponde revocar el archivo y “ordenarle al juez que, a partir de todas las diligencias propuestas por las partes, acelere el proceso buscando canales comunicativos directos y más ágiles con la CPI, para incorporar toda la prueba y cualquier otro documento que sea imprescindible para la causa y lograr la impostergable tutela judicial efectiva de aquellos que peticionan la protección de sus derechos”.
Y además que “es impostergable que el juez resuelva la petición de convocar a declaración indagatoria a Nicolás Maduro Moros, Diosdado Cabello y todos aquellos identificados como responsables y se someta a juicio a todos los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, que fueran denunciados”.
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