La Cámara Federal liberó a uno de los detenidos por los desmanes en el Congreso y dejó presos a los otros cuatro
Fueron arrestados el día del debate de la Ley Bases en el Senado; los investigadores buscan determinar si hubo una planificación de los disturbios; dos de los presos tienen condenas previas
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La Cámara Federal porteña ordenó hoy la liberación de Facundo Ezequiel Gómez, uno de los detenidos por los hechos de violencia frente al Congreso el día del debate de la Ley Bases en el Senado, el 12 de junio, y dispuso que siguieran presas las otras cuatro personas que están arrestadas desde entonces, mientras se realizan medidas de prueba para determinar si existió una planificación y coordinación de los desmanes con el objetivo de impedir la sesión parlamentaria.
La decisión de liberar a Gómez la tomaron los camaristas Martín Irurzun y Roberto Boico, con la disidencia de Eduardo Farah. Los que seguirán detenidos son Patricia Calarco Arredondo (acusada de haber incendiado un grupo de bicicletas que administra el gobierno de la Ciudad), Cristian Fernando Valiente (el hombre al que le secuestraron una granada de gas), David Sica (detenido por haber atacado a la Policía) y Roberto de la Cruz Gómez (acusado de haber tirado piedras y con una serie de antecedentes penales). Boico había votado por liberar a todos los detenidos, menos a De la Cruz Gómez.
Según habían informado fuentes judiciales a LA NACION, a Facundo Ezequiel Gómez lo vieron saltando una valla frente al Congreso y eso fue determinante para su detención. Todos ellos estaban presos por orden de la jueza federal María Servini.
En cinco resoluciones diferentes, la Cámara Federal describió hoy la situación de cada uno de los acusados. En el caso de De la Cruz Gómez, le imputan, sobre la base de imágenes y actas policiales, haber intervenido activamente en la producción de focos de fuego en tachos de basura, haber arrojado objetos contundentes a la Policía y haber alentado al resto a que procedieran de la misma manera, junto con otras personas.
Los jueces Irurzun y Farah -en este caso y en el de los demás que quedaron detenidos- dijeron que “existe una razonable conexión entre las particularidades de los eventos concretos en que habría participado el imputado y los demás acontecimientos”. Por eso es que mientras haya medidas de prueba pendientes hay un “elevado riesgo procesal”, sostuvieron.
En particular se están realizando cotejos de los mensajes de los celulares y de imágenes de la zona. Además, se busca identificar y dar con el paradero de otras personas que ejecutaron acciones comunes para develar “si existió un determinado grado de planeamiento precedente entre los involucrados”.
“Se trata de una línea de instrucción en vías de avance. Y hay motivos fuertes para asumir que sus resultados y derivaciones podrían ser entorpecidos por De la Cruz Gómez de accederse a su soltura”, dijeron Irurzun y Farah. Además, De La Cruz Gómez tiene sentencias de condena dictadas por diferentes tribunales por robo, hurto, daños, amenazas y lesiones, entre otros delitos; está rebelde en otra causa y tiene una declaración de reincidencia.
Boico coincidió y señaló que los hechos que se le imputan, “las medidas en curso” y “la amenaza de pena” son tres elementos que “permiten avalar la presunción de que los riesgos procesales en disputa solo pueden ser neutralizados -de momento- a través de la restricción que se impuso”, es decir, la prisión.
En el caso de la mujer acusada de haber prendido fuego a las bicicletas públicas, Calarco Arredondo, los jueces mencionaron que tenía puestas una máscara doble filtro, un pañuelo y antiparras para evitar ser identificada. Le secuestraron eso junto a aerosoles, dinero en efectivo, una botella con líquido en su interior y la etiqueta “bialcohol”, entre otros objetos.
Los jueces entendieron que hay evidencias de una preparación previa y asociaron ese dato a un “elevado riesgo procesal” considerando las medidas pendientes en la investigación. Destacaron que restan investigarse los celulares y otras imágenes de lo acontecido.
La disidencia
Boico, en disidencia, dijo que debe aplicarse de manera restrictiva la norma que permite la detención. “La causa se origina en el marco de una protesta social”, advirtió, y subrayó que entonces hay un derecho constitucional en juego. “Una sociedad que pretende transitar su experiencia colectiva bajo los valores democráticos que inspiraron el proyecto constitucional debe ejercer los derechos que le acuerda la Constitución sin lesionar otros de igual raigambre, pero esa misma máxima, en cuanto al alcance y límites de tal ejercicio, debe respaldar -con mayor énfasis- las decisiones que las autoridades públicas adopten al respecto. Un encarcelamiento preventivo en este contexto específico y sin que se avizore la expectativa de una eventual condena de ejecución efectiva podría resignificar la medida hacia otra totalmente ajena a la gobernada por la ley procesal y la Constitución”, dijo Boico. Lo mismo reiteró en el resto de los casos en los que se pronunció por la libertad de los detenidos.
En el caso de Sica, Irurzun y Farah señalaron que está acusado de agredir físicamente, con traumatismos, a la agente de policía Romelia del Carmen Villafañe, a la que patearon, le golpearon el casco, le arrojaron agua y la escupieron. Sica dio un domicilio inexistente y está “en rebeldía” en una causa, en Dolores, por “daño y atentado contra la autoridad agravado por poner manos en la autoridad”. En ese trámite se le revocó una “probation” y su caso fue elevado a juicio.
Por eso, entendieron que hay “riesgo de fuga”, sin perjuicio que lo que pueda surgir de los informes de personalidad y socio ambientales, que harán que se vuelva a evaluar el caso.
Con respecto a Valiente, detenido con una granada, dijeron Irurzun y Farah que la Policía indicó que se encontraba arrojando piedras y objetos contundentes en su contra. Se le secuestró una “granada de mano de tipo disuasivo químico marca FM (Fabricación Militar)”, vencida en 2022. “Debe destacarse que no fue el único artefacto de ese tenor que se encontró en la zona durante y luego de los incidentes, en que además se detectaron incendios de bienes de uso público y de otras cosas”, dice la resolución.
Señala el fallo que puede haber una “razonable conexión entre las particularidades de los eventos concretos en que habría participado el imputado” y los demás acontecimientos y que, por eso, hasta que se acabe de recabar la información, debe quedar detenido, pues hay riesgo procesal de fuga o de entorpecimiento de la causa. Por otro lado, el acusado fue condenado el 4 de septiembre de 2017 por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 24 a la pena de tres meses de prisión en suspenso por tentativa de robo.
Argumentos de la liberación
A la hora de excarcelar a Facundo Gómez y liberarlo, los jueces votaron por separado. Irurzun dijo que no hay riesgos procesales y que las medidas de investigación pendientes no se relacionan con sus acciones. Carece, además de “otros indicadores de riesgo procesal (carece de antecedentes penales así como de otras investigaciones o declaraciones de rebeldía en su contra y cuenta con arraigo) que refuercen los signos que surgen de las particularidades de los eventos”, dijo. Por eso se pronunció por liberarlo. Boico, en tanto, se expresó en el mismo sentido.
Farah, en cambio, dijo que “existe una razonable conexión entre las particularidades de los eventos, la presunta participación del imputado en aquellos, el actual curso de la instrucción y el elevado riesgo procesal” y se pronunció por dejarlo preso, pero quedó en minoría.
El fiscal del caso es Carlos Stornelli, que consideró que los hechos imputados a los acusados de los desmanes encuadraban en delitos de la más diversa índole. Enumeró: “lesiones”, “daños simples y agravados”, “incendio o estrago”, “delitos contra la seguridad pública”, “instigación a cometer delitos”, “intimidación pública”, “incitación a la violencia colectiva en contra de las instituciones”, “organización o pertenencia a agrupaciones que tengan por objeto imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor”; “delitos contra los Poderes Públicos y el Orden Constitucional”, “atentado contra la autoridad”, “resistencia a la autoridad” y “perturbación del orden en sesiones de cuerpos legislativos”.
Para la vicepresidenta Victoria Villarruel los desmanes en las inmediaciones del Congreso cuando se votaba La ley Bases en el Senado fueron “un ataque contra el ejercicio democrático”. Villarruel deslizó que “resulta llamativa” la coordinación entre los hechos violentos. La vicepresidenta se presentó como querellante en el caso.
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