La Cámara Federal dispuso que el caso por las agresiones de Alberto Fernández a Fabiola Yañez continúe en Comodoro Py
El expresidente intentó que la causa se traslade a San Isidro, pero el camarista Eduardo Farah dijo que la investigación debe avanzar para precisar los hechos
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La Cámara Federal resolvió que la causa por la denuncia de Fabiola Yañez contra su expareja Alberto Fernández se siga investigando en los tribunales porteños de Comodoro Py y no en la justicia federal de San Isidro, como pretende al expresidente. Así lo determinó el camarista Eduardo Farah en una resolución a la que accedió LA NACION.
“La discusión entre las partes gira en torno a aspectos de la cuestión de competencia que no agotan todas las circunstancias que se deben considerar para su correcta definición. Creo que el Juez de 1ª instancia decidió bien al rechazar por prematura esa definición, difiriendo el análisis al resultado de las medidas investigativas en curso”, expuso el camarista, que con este medida mantiene el expediente en manos del juez Julián Ercolini y del fiscal Ramiro González.
La abogada de Alberto Fernández había argumentado que “más allá que esto debió ser advertido tanto por el Sr. Fiscal al momento de dictaminar como por VS [vuestra señoría], lo cierto es que los hechos presuntamente denunciados se circunscriben en la Quinta Presidencial de Olivos, lugar de residencia de mi cliente y de su entonces pareja al momento de los hechos”. Y argumentó: “El primero de los motivos tiene que ver con precisiones sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cada uno de los hechos (instigación a un aborto, lesiones reiteradas y amenazas coactivas en perjuicio de Fabiola Yañez y alguna acción u omisión de funcionarios públicos) que es necesario averiguar. Ellas permitirán establecer la dependencia o independencia (tanto fáctica como jurídica) de unos hechos con otros y, a partir de allí, si corresponde proseguir con una investigación unificada o no, y según el caso, en qué jurisdicción territorial”.
En su dictamen, el fiscal del caso, Ramiro González sostuvo que “desde una fecha incierta, pero desde cuando Fabiola Yañez comenzó un vínculo de noviazgo con Alberto Fernández, hasta la actualidad”, la ex primera dama “sufrió una relación atravesada por hostigamiento, acoso psicológico y agresiones físicas en un contexto de violencia de género e intrafamiliar”. Y que esa situación asentada en una “relación asimétrica y desigual de poder” se incrementó “exponencialmente por la elección de Fernández como Presidente de la Nación y el ejercicio del cargo”.
Y allí explicó los nueve hechos que identificó el fiscal en su acusación, que comienzan en 2016, cuando “Alberto Fernández obligó a Fabiola Yañez a realizar un aborto”. En esa época Fernández no era presidente y vivía en Puerto Madero. Luego, el fiscal enumeró otros episodios, esta vez sí ataques, golpes, moretones y patadas, desde el 12 de agosto de 2021, cuando ya Fernández y Yañez ocupaban la quinta de Olivos.
Estos episodios se extendieron, dijo, hasta 2023, cuando “con habitualidad” Alberto Fernández golpeaba con la mano abierta a Yañez, dejándole la mejilla “hirviendo”, lo que provocaba que ella se fuera angustiada a la casa de huéspedes de Olivos”. Así, en ese año se mudó a la casa de huéspedes de la residencia y la dejó una semana antes de que Fernández dejara el poder. Los episodios se sucedieron hasta comienzos de este mes, pero en forma de amenazas, incluido un mensaje donde le señalaban que Fernández había muerto.
El fiscal apuntó a las “ostensibles carencias” del escrito de la defensa del expresidente y comentó que “el tiempo, el contexto y las formas violentas de ejercicio de poder que han sido denunciadas no pueden asignarse, de momento, a un enclave geográfico único y determinado”.
Por eso dijo que previamente hay que avanzar en la investigación y, mientras tanto, corresponde al juez que primero “previno (investigó) proseguir el trámite de la causa”. Es prematuro, entendió, declararse incompetente.
“Según la opinión del Misterio Público Fiscal, corresponde que, por el momento, el caso quede bajo la competencia del Sr. juez federal delegante con el objeto de esclarecer los extremos relevantes de la pesquisa, determinar definitivamente el objeto procesal, y asignar las calificaciones legales del caso como paso previo a decidir, de un modo definitivo, acerca de la asignación territorial que pudiere corresponder”, afirmó.
González dijo que lo contrario implicaría que, “de un modo apresurado y prematuro”, se asignen nuevos jueces al caso o se perjudique una investigación que se encuentra en curso y que se incrementen los riesgos de revictimización.
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