La Cámara Federal confirmó el procesamiento de Eduardo Belliboni y agravó su situación judicial
La sala I decidió añadir el delito de amenazas coactivas y extorsión al de administración fraudulenta, por el cual el líder del Polo Obrero fue procesado
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La Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó este jueves el procesamiento de más de una docena dirigentes piqueteros del movimiento social Polo Obrero (PO), entre quienes se encuentra su líder, Eduardo Belliboni, por haber desviados fondos destinados a la asistencia social hacia usos con fines partidarios.
La Sala I de la Cámara porteña, integrada por los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, agravó la situación de algunos de los piqueteros al añadir el delito de amenazas coactivas y extorsión al de administración fraudulenta, en línea con lo que solicitó el fiscal que instruyó la causa, Gerardo Pollicita, y el fiscal ante la Cámara, Javier Agüero Iturbe.
La presunta desviación de los fondos se realizaba a través de una operatoria que incluía facturas truchas –presentadas ante el Estado como justificaciones de los gastos– y empresas fantasmas ligadas al Polo Obrero.
“Aquí se verificó que los cheques consignados en las facturas presentadas ante el organismo estatal no fueron cobrados por estas personas físicas y jurídicas sino que, y de ahí el desvío indirecto, terminaron acreditados en las cuentas de Rumbos y, por lo tanto, volviendo a la organización”, dice el fallo de la Cámara en alusión a una de las firmas involucradas en la operatoria. “El caso más paradigmático –remarcaron los jueces– es el de la firma Coxtex SA, que se determinó que no tenía sede social ni comercial, carecía de una actividad real y movimientos bancarios, y fue calificada por la AFIP como una usina de facturas apócrifas en el año 2020″.
Belliboni y Mariano Centtanni fueron quienes firmaron los tres convenios de la agrupación piquetera con el Estado, y las facturas y los recibos vinculados a las personas físicas y jurídicas cuestionadas (Rumbos, Coxtex, Ricoprint y Carlos Osvaldo Monfrini).
“Para llevar a cabo ese actuar fraudulento se individualizaron dos vías. Una directa, por intermedio de Rumbos, que sería la empresa utilizada como vehículo de financiamiento del Partido Obrero, y otra indirecta, a partir de la intervención de otras personas físicas y jurídicas, como ser Coxtex SA, Urban Graphics SA, Ricoprint SRL y/o Carlos Osvaldo Monfrini, que actuaron como puente para llegar finalmente a Rumbos”, se explica en el fallo.
Además, para la Cámara quedó verificada la existencia de una estructura diseñada para, a través de los fondos destinados a la asistencia social, coaccionar a algunos de los beneficiarios del plan Potenciar Trabajo que orbitaban en las unidades de gestión que pertenecían al Polo Obrero bajo la amenaza de quitarles el beneficio si no participaban de las movilizaciones de la agrupación. La amenaza se extendió incluso hacia aquellos que no contaban con el beneficio, pero aspiraban a tenerlo.
“Si bien los relatos exponen vivencias ocurridas en distintos comedores comunitarios, ubicados en diferentes lugares y gestionados por distintas personas, advirtió el juez la descripción de “una práctica repetida” por parte de la organización, a saber: la exigencia de concurrir a un número determinado de marchas como contraprestación laboral, la imposición de aporte dinerario periódico, la estructuración en un orden jerárquico similar, y la misma modalidad de toma de asistencia, recaudación y justificación de ausencias”, se lee en el fallo de la Cámara.
Además de Belliboni, la Cámara consideró que había elementos suficientes para confirmar el procesamiento de otros 15 piqueteros del Polo Obrero: María Isolda Dotti, Gianna Puppo, Elizabeth del Carmen Palma, Jeremías Cantero, Iván Ezequiel Candotti, Gustavo Guillermo Vásquez, Cynthia Delgado Vilches, Dina Patricia Iramain, Brisa Noelia Paucara Choque, Elizabeth Galindo Mamani, Roberto Adrián Albornoz, Mariano Alejandro Centanni, Erica Tamara Lubenfeld, Iván Ortíz, Ezequiel Adrián Coeg. También fueron procesadas Gloria Paraguay Estrada y Rossmery Grande Arancibia, integrantes de la agrupación Barrios de Pie.
La decisión será apelada por los dirigentes piqueteros, según pudo confirmar LA NACION. Consideran que que hubo “arbitrariedades” e “incorrecta aplicación de la ley sustantiva”.
La defensa de los implicados afirmó que el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado no existió, en tanto las arcas públicas no se vieron afectadas. Adujo también que la causa se vio enmarcada en un “proceso altamente mediático y estigmatizante” y que no tuvieron acceso total a la prueba. Cuestionaron no poder “controlar” las declaraciones de los testigos de identidad reservada que traccionaron el inicio del expediente. Según afirmaron, no descartan que hayan sido movidos por “intenciones particulares”.
La Cámara rechazó el planteo: “No advertimos la existencia de una violación al derecho de defensa en juicio que pueda dar lugar a la excepcional sanción procesal pretendida”, sostuvieron los magistrados.
La defensa de los piqueteros también señaló que desde las Unidades de Gestión a su cargo –donde los beneficiarios cumplían con la contraprestación del programa– no tenían la facultad de dar de baja la suscripción de las personas a los programas. Omitieron, sin embargo, que el Estado lo hacía sobre la base de los informes de control que realizaban.
Con respecto a la “cápita”, es decir, del dinero que los beneficiarios aportaban de manera mensual a la agrupación, dijeron que se trataba de una contribución “voluntaria” del 2% del plan. “Las observaciones efectuadas por las partes no provocan violación alguna a una garantía constitucional que pueda dar lugar a las graves y excepcionales sanciones procesales impetradas, las críticas no tendrán acogida favorable”, señalaron los magistrados.
Las Unidades de Gestión fueron dadas de baja en diciembre por el ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello.
Fiscales
Los dos representantes del ministerio público fiscal que intervinieron en la causa pidieron agravar las penas contra los piqueteros. El fiscal ante la Cámara de Apelaciones, Agüero Iturbe, se paró en la misma línea que su par de instrucción, Pollicita, quien apeló el fallo del juez federal Sebastián Casanello por el cual los piqueteros fueron procesados y solicitó que también sean procesados por los delitos de extorsión y coacción agravada. Agüero Iturbe dio un paso más y pidió que también se los juzgara por el delito de asociación ilícita.
La causa tuvo su origen en la línea telefónica que habilitó en enero el Ministerio de Seguridad que lidera Patricia Bullrich para denunciar de forma anónima amenazas o extorsiones por parte de dirigentes sociales para concurrir a las manifestaciones. Desde el Polo Obrero señalaron en su momento a LA NACION que se trata de una “causa armada” y que solo tres de la totalidad de denuncias efectuadas son contra el movimiento.
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