La Cámara de Casación confirmó la condena contra Lázaro Báez, pero le bajó dos años la pena
Por mayoría, el tribunal dispuso que el castigo al empresario debía ser de 10 años de prisión y no de 12; no consideró que el dinero lavado viniera de la corrupción; el rol de Cristina Kirchner
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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, confirmó ayer la condena de prisión por lavado de dinero del empresario Lázaro Báez, pero redujo de doce a diez años la pena de prisión que se le había impuesto.
Fue en la causa conocida como “la ruta del dinero k”, la primera gran investigación de lavado de dinero de los tribunales de Comodoro Py, en la que el Tribunal Oral Federal 4 dictó, hace dos años, una sentencia emblemática, con multas y decomisos sin precedentes. En lo troncal, ese fallo quedó confirmado con lo resuelto ayer.
Los jueces de la Cámara de Casación ratificaron que existió un lavado de US$55 millones, mantuvieron las condenas de 18 imputados y ordenaron decomisos por US$65 millones, aunque en una decisión dividida, los camaristas Mariano Borinsky y Ángela Ledesma disminuyeron las penas y, en cuanto al delito precedente del lavado, dieron por probado únicamente que el dinero de origen ilícito provenía de hechos de evasión fiscal atribuidos a Báez. Según el tribunal oral que en 2021 condenó al empresario, fueron dos los delitos de los que provenían los fondos ilícitos: la evasión y también los hechos de corrupción en la obra pública juzgados en la causa Vialidad, por los que en diciembre pasado fueron condenados Báez y Cristina Kirchner.
El delito precedente
Ledesma sostuvo en su voto que el tribunal no fundó debidamente la relación entre el lavado y los hechos de la causa Vialidad y que, en cambio, sí desarrolló el “nexo causal” de este caso con la evasión fiscal. Borinsky no entró en el análisis de si puede considerarse o no que el dinero lavado fuera de la corrupción: sostuvo que era “inconducente” analizar eso porque con la evasión era suficiente; entre otros motivos, por el monto evadido era prácticamente el mismo que el lavado.
En disidencia con ellos dos votó el otro juez del tribunal, Javier Carbajo, que dijo que el dinero que se blanqueó tenía como delitos precedentes tanto la evasión fiscal como los hechos de corrupción en la obra pública de la causa Vialidad.
Esta misma sala de la Casación será la que revise la sentencia contra Cristina Kirchner y los demás condenados en el caso Vialidad, pero lo hará con una composición diferente, la actual: intervendrán Borinsky, Carbajo y Gustavo Hornos.
La relación con el caso Vialidad
Con el fallo de ayer, este caso ya no puede ser considerado lavado “de la corrupción”. En términos políticos, no es lo mismo una condena por lavado de dinero originado en un fraude fiscal que de una corrupción estatal que involucra a funcionarios de la más alta jerarquía, pero ¿qué efectos tiene la sentencia de la Casación sobre las condenas de Vialidad? En Comodoro Py sostienen que ninguno. Algunos jueces y fiscales especulan incluso que la decisión de Borinsky de no pronunciarse sobre ese posible delito precedente podría ser una estrategia para “preservarse” y evitar futuras recusaciones de las defensas, considerando que él integrará el tribunal que decidirá si confirma la condena contra Cristina Kirchner.
El futuro de Báez
Con la reducción de la pena de Báez no está claro todavía si se considerará que su castigo por esta causa ya está cumplido. Es algo que va a discutirse, dijo a LA NACION un funcionario de los tribunales que conoce bien el caso. Detalló que Báez cumplió tres años preso en este expediente hasta que la Casación ordenó un cese de esa prisión preventiva. Que, no obstante, el empresario siguió detenido por otra causa (la del Entrevero), pero que la defensa esgrime que no son dos prisiones diferentes sino una sola. Si el tribunal hiciera lugar a esta interpretación, es probable que Báez, hoy preso en su casa, pueda acceder a algún tipo de libertad.
Las absolución de las hijas
El fallo de la Casación incluyó además la absolución de dos hijas de Báez, Melina y Luciana, que habían sido condenadas a tres años de prisión en suspenso. Carbajo afirmó que no se había probado que hubieran actuado con “dolo”. Ledesma y Borinsky dijeron además que sus condenas se habían dictado sin analizar la dinámica familiar de los Báez y sin la debida “perspectiva de género”. Entendieron que su padre les adjudicó un rol marginal sin injerencia en la actividad empresarial, “situación que se correspondió con parámetros estereotipados de lo que usualmente se adjudica a la mujer”.
También por mayoría, el fallo de Casación dispuso, con la disidencia de Carbajo, reducir las multas impuestas por el tribunal oral. En el caso de Báez, el TOF le había aplicado una multa sin precedentes, de ocho veces el monto de las operaciones. Ahora se redujo a seis veces.
Además, se disminuyeron penas de prisión; entre ellas, las de Martín Báez (de a nueve años a seis años y seis meses), de Leandro Báez (de cinco años a tres en suspenso), de Daniel Pérez Gadín (de ocho a seis años), de Federico Elaskar (de cuatro a tres años en suspenso) y de Leonardo Fariña (de cinco a tres años y seis meses). La Casación ratificó el aporte de Fariña como “arrepentido”.
La situación de Cristina Kirchner
Cristina Kirchner está imputada en esta causa -la imputó el fiscal Guillermo Marijuan-, pero la Justicia no corroboró que hubiera participado de las maniobras de lavado de dinero. El juez federal Sebastián Casanello la indagó y le dictó la falta de mérito. La orden de que la vicepresidenta fuera investigada en este expediente y citada a declarar como acusada la tomó la Cámara Federal. La vicepresidenta pidió ser sobreseída en esta causa, pero el año pasado juez rechazó ese planteo porque está esperando el resultado de medidas de prueba que ordenó.
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