La Cámara de Casación falló en favor de los abogados del Ejército que no apelaron a tiempo la entrega de tierras a mapuches
Por dos votos contra uno, el tribunal penal anuló los procesamientos por el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario” y apartó a los jueces que los habían dispuesto
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La causa por la entrega de tierras de un cuartel militar a una comunidad mapuche en Bariloche dio hoy un vuelco. La Cámara Federal de Casación anuló el procesamiento de un grupo de abogados que no apelaron a tiempo la decisión del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas de entregar 180 hectáreas de la Escuela Militar de Montaña a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue.
El espacio en litigio está ubicado a 12 kilómetros de Bariloche, en el centro de un amplio territorio que pertenece al Ejército.
La decisión la tomaron los camaristas de Casación Alejandro Slokar y Angela Ledesma, que además apartaron del caso a los jueces de la Cámara Federal que habían dispuesto los procesamientos. Slokar y Ledesma entendieron que se habían excedido en sus atribuciones. Los apartados son Mariano Llorens, Pablo Bertucci y Leopoldo Bruglia. El juez de la Casación Guillermo Yacobucci votó en disidencia.
Los abogados beneficiados son Silvia Cristina Vázquez, Luis Nicolás Rodríguez Vacarezza, Leandro Gastón Martín Havela y Agustín Gasparini, del Ejército, del INAI y de la Procuración del Tesoro.
A pesar de este vuelco en la situación de los abogados, la entrega de las tierras a los mapuches está suspendida por una decisión de la Corte Suprema de Justicia.
Slokar y Ledesma entendieron que los jueces de la Cámara Federal no podían procesar directamente, porque ese es el criterio de la Corte. Por eso, dispusieron que se dicte un nuevo pronunciamiento.
La causa fue iniciada tras la decisión del INAI, controlado entonces por el kirchnerismo, de entregar las tierras, y a raíz de la denuncia de los diputados de Juntos por el Cambio Alberto Assef, Gerardo Milman, Fernando Iglesias y Ricardo López Murphy, entre otros, que advirtieron sobre la posible comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por parte de abogados del Ministerio de Defensa y de la Procuración del Tesoro, que apelaron fuera de tiempo la decisión del juzgado federal de Bariloche que disponía la cesión de tierras del Ejército en favor de la comunidad Millalonco Ranquehue.
El juez Daniel Rafecas consideró que no existían elementos suficientes para avanzar contra los abogados. Dictó la falta de mérito y dispuso una serie de medidas de prueba.
El fiscal Carlos Stornelli apeló esa decisión ante la Sala I de la Cámara Federal; solicitó que se revocara la falta de mérito y que se procesara a todos los encausados.
En respuesta, los camaristas Bertuzzi, Llorens y Bruglia anularon lo resuelto por Rafecas y, directamente, dispusieron el procesamiento de los abogados por entender que habían incumplido sus deberes de funcionarios públicos al no haber apelado en tiempo y forma la decisión sobre la cesión del predio a la comunidad Mapuche.
Los letrados apelaron a la Cámara Federal de Casación, que ahora anuló los procesamientos dispuestos.
La jueza Ledesma, quien lideró el acuerdo, sostuvo que se había afectado “el derecho al recurso”. Y señaló: “La mejor forma de compatibilizar [el derecho al recurso] con lo ocurrido en esta causa es anular la decisión de los jueces solo -y únicamente- en lo que se refiere al dictado del procesamiento”. Dijo que los camaristas estaban autorizados a revisar la sentencia y aún a revocarla, pero no a procesar a los acusados.
Slokar coincidió y dijo: “Se impone adoptar el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Yacobucci, en disidencia, sostuvo que nada impide a la Cámara Federal procesar directamente al revocar el sobreseimiento. “La ley procesal no establece limitaciones a la forma en la que puede resolver la Cámara de Apelaciones, que encontraba habilitada su competencia en función del recurso deducido por el representante del Ministerio Público Fiscal”, señaló.
Y agregó que “tampoco se advierte cuál es el agravio” de los acusados, ya que en la Casación se podría revisar su situación y de ese modo, se garantizaría su derecho a la “doble conformidad judicial”.
Yacobucci sostuvo que la Corte Suprema de Justicia no reprobó que la Cámara de Apelaciones hubiera revocado el sobreseimiento y dictado el procesamiento, sino que consideró que se había afectado el derecho al recurso de quien había sido procesado porque, además, en ese caso, le habían rechazado la posibilidad de que otro tribunal revisara ese procesamiento.
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