La Cámara de Casación confirmó las condenas contra un exfuncionario de De la Rúa y policías por las muertes de 2001
Los jueces rechazaron los recursos planteados por Enrique Mathov, Rubén Santos y tres miembros de la Policía Federal; recurrirán a la Corte
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La Sala I de la Cámara de Casación confirmó las condenas contra Enrique Mathov, exsecretario de Seguridad del gobierno de Fernando De la Rúa, y el exjefe de la Policía Federal Rubén Santos, entre otros policías, por la represión y las muertes que siguieron a las protestas de diciembre de 2001.
Mathov había sido condenado a cuatro años y tres meses de prisión efectiva, más la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por ocho años. Santos había recibido tres años y seis meses, más una inhabilitación de siete años. En ambos casos, el Tribunal Oral Federal N°6 los había considerado penalmente responsables por el homicidio culposo de Gastón Riva, Carlos Almirón y Diego Lamagna, además de las lesiones sobre otras 25 víctimas de la represión policial que precedió a la renuncia de De la Rúa.
Ese fallo del Tribunal Oral Federal N°6 dictado en 2016 había sido revisado por la misma Sala I de la Casación, que confirmó en esa sentencia la responsabilidad de los acusados, pero le encomendó al tribual oral que revise el monto de las penas que había impuesto.
En el ínterin, los acusados recurrieron a la Corte cuestionando el fallo que había confirmado sus responsabilidades en los sucesos. La Corte evitó pronunciarse y dijo que lo haría cuando se hubiera resuelto pro completo el asunto.
Así, el Tribunal Oral Federal N°6 volvió a dictar un fallo el 18 de mayo de este año, casi dos décadas después de aquellos hechos, donde fijó las penas, apenas mas bajas que las decididas anteriormente. Cuatro años y tres meses para Mathov y tres años y seis meses para Santos, además de una pena de tres años en suspenso para Norberto Edgardo Gaudiero por las muertes de Riva, Almirón y Lamagna, y Carlos José López, que fue condenado a cinco años de prisión por el homicidio en agresión por la muerte de Alberto Manuel Márquez y las lesiones sobre Martín Galli y Paula Simonetti. Por el delito de abuso de armas también fue condenado Víctor Manuel Belloni, a dos años y nueve meses de prisión en suspenso.
Los condenados no irán presos hasta tanto esta sentencia quede firme. No bastan el fallo del tribunal oral y el de Casación, sino que según las disposiciones en vigor del nuevo Código Procesal Penal esto ocurre una vez que la Corte rechaza el último recurso posible, para lo que faltan algunos meses más de proceso.
Sobre esas condenas del Tribunal Oral Federal N°6 presentaron recursos de casación tanto las defensas de los condenados como la querella unificada de las víctimas (que pidió elevar las penas), y que hoy fueron rechazados por mayoría por la Sala I de la Casación, integrada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ángela Ledesma.
El juez Daniel Petrone, en el voto que lideró el fallo, tuvo en cuenta la valoración del tribunal oral que fijó la pena y que consideró que “la conducta de los funcionarios públicos debe ser examinada con la mayor rigurosidad, no solo debido a que del fiel cumplimiento de sus obligaciones depende la satisfacción de intereses superiores, sino por cuanto todo abuso funcional quiebra la confianza pública que merecen los actos de gobierno”.
También advirtió que el Tribunal Oral Federal N° 6 fundó adecuada y razonablemente las penas de prisión e inhabilitaciones sobre Mathov, Santos, Gaudiero, López y Belloni. “Se encuentran fundadas, no resultan irrazonables ni desproporcionadas y su medida es consecuencia de la valoración integral y armónica de elementos conducentes al efecto”, indicó, para rechazar las objeciones de las defensas que, dijo, no lograron fundamentar las arbitrariedades planteadas. Del mismo modo rechazó el pedido para elevar las penas presentado por las querellas.
“No se advierte, ni las partes han logrado demostrar una hipotética arbitrariedad en los fundamentos del tribunal de sentencia al mensurar las sanciones”, agregó el juez Barroetaveña, que acompañó el fallo Petrone. La jueza Ledesma, por su parte, planteó disidencias en dos puntos, pero coincidió en rechazar los recursos.
Ahora las defensas estudian recurrir esta decisión ante la Corte Suprema de Justicia, donde cuestionarán nuevamente la responsabilidad y el monto de las condenas. Además, la defensa de Mathov planteó otro recurso: que la causa ya está prescripta tanto porque ya pasaron mas de cinco años (que es la pena máxima para el homicidio culposo) desde la condena no firme de 2016 y porque se violó la garantía de tener una respuesta en un plazo razonable durante la etapa que duraron todos los recursos, aún en trámite.
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