La Cámara de Casación confirmó la condena contra Cristina Kirchner por el caso Vialidad a seis años de prisión
El máximo tribunal penal ratificó la sentencia que incluye la inhabilitación perpetua impuesta en el juicio oral; la expresidenta no será detenida porque le queda un recurso ante la Corte
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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra la expresidenta Cristina Kirchner, por haber direccionado licitaciones de obras públicas en la provincia de Santa Cruz en beneficio del empresario Lázaro Báez.
Así lo resolvió este miércoles la Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña. La defensa de la expresidenta presentó un escrito en el que informó que recurrirá el fallo ante la Corte Suprema de Justicia, la última instancia posible. Ella no estuvo presente y tampoco su defensa, que anunció que seguiría la lectura en forma remota.
Los camaristas rechazaron todos los recursos, tanto de la fiscalía como de las defensas, con lo que quedarán confirmadas las mismas penas y absoluciones que impusieron los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, del Tribunal Oral Federal N° 2, en su sentencia del 6 de diciembre de 2022. La expresidenta fue condenada como “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”. Los jueces de la Casación la absolvieron, por mayoría, por el delito de asociación ilícita.
Para el juez Hornos, Cristina Kirchner también debió haber sido condenada por este delito porque, según él, lideró una red de corrupción estructural en la obra pública vial. Lo mismo había sostenido, en el fallo del tribunal oral, el juez Basso, que también quedó en minoría en este punto.
Aún con la condena confirmada por la Cámara de Casación, la expresidenta no irá presa, ya que la sentencia queda firme y se ejecuta solo cuando estén agotadas todas las instancias judiciales de revisión. Así lo dispone el nuevo Código Procesal Penal Federal, parcialmente en vigencia. Esto implica que la pena se aplicará recién cuando la Corte Suprema de Justicia rechace el último recurso de la expresidenta, lo que puede demorar años.
Hornos, presidente del tribunal, que fue quien leyó la sentencia, informó además que se aplicará un decomiso de 84.835.227.378,04 pesos, que se ejecutará una vez que el fallo esté firme, previa actualización del monto.
Cristina Kirchner no tiene fueros que eviten su arresto, pero tiene más de 70 años. Por eso, su condena queda firme, puede pedir cumplir la pena en su casa. Si prospera la ley de ficha limpia en el Congreso, con este fallo de Casación no podrá ser candidata.
La Cámara de Casación ratificó también las condenas de otros exfuncionarios y de Báez, el empresario dueño de Austral Construcciones, que fue socio comercial de la familia Kirchner. Báez ya había sido condenado previamente por enriquecimiento ilícito y por la tenencia ilegal de un arma de fuego. Cumple prisión domiciliaria en Santa Cruz.
De todos los acusados, el único que hoy estuvo en los tribunales de Comodoro Py 2002 y presenció la lectura de la sentencia fue Abel Fatala, uno de los absueltos. Fatala fue el segundo de José López en la secretaría de Obras Públicas. También ratificó la Casación las absoluciones del exministro de Planificación Federal Julio De Vido y de Héctor Garro. Santiago Kirchner, primo del expresidente, fue sobreseído.
El empresario dueño de Austral Construcciones, Lázaro Báez, fue condenado a seis años de prisión como partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. El exsecretario de Obras Públicas José López también fue sentenciado a seis años de cárcel. Ya había sido condenado previamente por enriquecimiento ilícito y por la tenencia ilegal de un arma de fuego. El extitular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) Nelson Periotti recibió una condena a seis años de prisión por ser considerado autor penalmente responsable de delito de administración fraudulenta.
Además, quedaron condenados los extitulares de la Agencia de Vialidad Provincial de Santa Cruz Mauricio Collareda, Raúl Daruich, Raúl Pavesi, José Raúl Santibañez y Juan Carlos Villafañe.
Cristina Kirchner, que no estuvo presente en la audiencia, envió un mensaje desde Moreno, adonde asistió a un encuentro con mujeres. “Cuando sos mujer, te hacen las cosas más difícil. Como no me pueden pegar una piña, hacen lo que hicieron hoy en Comodoro Py”, dijo hoy Cristina en referencia al fallo de la Cámara de Casación.
Los votos
El primer voto fue el de Hornos, quien convalidó las condenas por defraudación a la administración pública y además consideró aplicable al caso la figura de asociación ilícita (tal como lo había pedido el Ministerio Público Fiscal). Al abordar los agravios de las defensas sobre una supuesta “guerra judicial” o “lawfare”, Hornos indicó que “el lawfare aparece sólo como una nueva teoría conspirativa, y cuyo destino no parece ser otro que el de transformarse en una coartada para eludir, ante los poderes judiciales democráticos y ante la sociedad toda, la rendición de cuentas por la comisión de delitos de corrupción”.
Borinsky resaltó los indicios de tenor subjetivo que demostraron el conocimiento y la voluntad de realizar la maniobra por la cual fue condenada Cristina Kirchner en el delito. Entre ellos, las alertas recibidas por los servicios jurídicos al momento de suscribir el Decreto 54/2009 -ignoradas por la expresidenta-, las denuncias de cartelización de obra pública en Santa Cruz realizadas al momento de los hechos, los comprobados vínculos comerciales con Báez y los mensajes de WhatsApp encontrados en el teléfono celular de José Francisco López que daban cuenta de la connivencia en el tramo final de la maniobra para dotar de impunidad el hecho ilícito investigado.
Barroetaveña, que hizo el último voto, al referirse a las penas de prisión impuestas sostuvo que el contenido del injusto de la maniobra descubierta excede ampliamente el máximo de la escala penal. Frente a ello señaló que “resulta penoso confirmar una condena por haberse probado de manera tan contundente un hecho defraudatorio de las dimensiones del que fue objeto este proceso cuando los responsables penales resultan ser funcionarios de tan alta jerarquía hasta quien fue la autoridad máxima del Poder Ejecutivo”.
La lectura completa del fallo
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