Hotesur-Los Sauces | La Corte rechazó el último recurso de Cristina Kirchner y despejó el camino para el juicio
El máximo tribunal desestimó los recursos de la expresidenta; ya no hay obstáculos para que empiece el proceso contra ella y su hijo Máximo; la resolución fue anticipada por LA NACION
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La Corte Suprema de Justicia rechazó este lunes el último recurso de Cristina Kirchner y despejó el camino para el juicio oral en el caso Hotesur-Los Sauces, contra la expresidenta y su hijo Máximo Kirchner, por lavado de dinero, tal como anticipó LA NACION el último domingo.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron los planteos de la expresidenta por estar dirigidos contra un fallo que no es sentencia definitiva. La de hoy es una de las últimas sentencias de la Corte con cuatro votos, antes de la salida de Maqueda del tribunal, el 29 de diciembre próximo, día que cumple los 75 años. Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda formaron una mayoría y Lorenzetti realizó un voto concurrente (en el mismo sentido, pero con otros argumentos).
La expresidenta, que ya fue condenada a seis años de prisión por corrupción en la causa Vialidad, deberá enfrentar entonces este nuevo juicio, que se suma al que tiene pendiente por la firma del memorándum con Irán y al que afrontará por el caso de los cuadernos de las coimas, el único con fecha cierta de inicio (el 6 de noviembre de 2025). Esta causa se inició en 2014 por denuncia de la diputada nacional del GEN Margarita Stolbizer.
El caso Hotesur-Los Sauces está conectado con la causa Vialidad. La hipótesis es que como contraprestación por haber recibido millonarios contratos de obra pública, Lázaro Báez transfirió al patrimonio de los Kirchner millones de pesos justificados como contratos de alquiler de habitaciones de sus hoteles de Calafate. También forma parte de la causa Cristóbal López, que obtuvo otros beneficios del kirchnerismo y transfirió dinero a los Kirchner como pago por el alquiler de departamentos.
El caso estuvo cerrado
En este expediente por lavado de dinero, los jueces Daniel Obligado y Adrián Grümberg habían sobreseído a Cristina Kirchner, a su hijo Máximo, y a los empresarios, sin realizar el juicio oral y público. Plantearon que era evidente que no había delito en la conducta de los Kirchner, con la disidencia de la tercera jueza del tribunal, Adriana Palliotti.
El fiscal Diego Velasco apeló el fallo de Obligado y Grümberg y el caso llegó a la Cámara de Casación, donde los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone (en solitario, tras la salida de Ana María Figuerora del tribunal) revocaron el 18 de diciembre del año pasado esa sentencia y mandaron a hacer el juicio oral. Florencia Kirchner, que figuraba como integrante de las sociedades, fue sacada por Petrone y Barroetaveña de la lista de acusados. Entendieron que ella no tenía poder de decisión.
Contra ese fallo de Petrone y Barroetaveña, Cristina Kirchner presentó un recurso extraordinario. La Casación se lo rechazó, pero en 2023 ella fue “en queja” directo al máximo tribunal. Los jueces que deberían realizar el juicio contra la expresidenta, su hijo Máximo Kirchner y otros 24 imputados integran el Tribunal Oral Federal N°5. Son Adriana Palliotti, Nicolás Toselli y José Michillini.
El 12 de julio pasado, el tribunal dispuso suspender el trámite del juico oral hasta tanto la Corte se pronunciara. Hoy, finalmente, lo hizo.
Los votos
En su fallo de hoy, Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda consideraron que los recursos no cumplían con los requisitos de fundamentación autónoma y sentencia definitiva. Señalaron que para que prospere el recurso el escrito contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, “que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna”. Y agregaron que ”resulta exigible rebatir todos y cada uno de los argumentos en que el juzgador se apoyó para arribar a las conclusiones de que el apelante se agravia”.
La mayoría del tribunal entendió que ni Cristina Kirchner y el resto de los acusados que recurrieron el fallo demostraron que la decisión apelada les “ocasione un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior”.
“Tampoco surge mínimamente fundada la alegada afectación al derecho a ser juzgados en un plazo razonable, de modo tal que permita equiparar lo resuelto a una sentencia definitiva”, sostuvo la Corte. La mayoría también descartó que se hubiese demostrado la violación de la garantía del juez natural.
Dijeron que no corresponde aplicar el argumento de la omisión de aplicar la ley penal mas benigna, “ya que depende de cuestiones de hecho, prueba y derecho común que sólo pueden quedar determinadas de modo definitivo con posterioridad al juicio oral y público”. Asimismo, los jueces descartaron la idea de la gravedad institucional por la calidad de expresidenta de Cristina Kirchner.
En su voto concurrente, Lorenzetti se limitó a desestimar los recursos con el argumento de que no se dirigieron contra una sentencia definitiva o equiparable a tal por sus efectos, sin efectuar otras consideraciones.
Lorenzetti no analiza los argumentos de fondo sobre la prueba en el juicio, sino si fue justo sobreseer a los acusados de manera anticipada sin realizarlo. Barroetaveña y Daniel Petrone sostuvieron -en el fallo que hoy quedó firme- que Obligado y Grünberg no esgrimieron ninguna “prueba nueva” que justificara la decisión de cerrar la causa sin ir a juicio.
La consecuencia de lo resuelto por la Corte es que que se confirma la decisión de la Cámara de Casación de dejar sin efecto los sobreseimientos y que, por ende, debe realizarse el juicio oral y público. Mientras tanto, aún resta realizar una instrucción suplementaria en esta causa antes de ponerle fecha al juicio oral. También faltan terminar algunos peritajes.
Cómo sigue
En el caso Hotesur-Los Sauces, el fiscal que acusará en el juicio es Diego Velasco, que quiere avanzar ya con el proceso. Por eso, pidió incorporar nuevas pruebas del caso de “la ruta del dinero K” y del caso Vialidad. Del primero pidió el entrecruzamiento de llamadas entre Cristina Kirchner y el empresario Lázaro Báez, que registraron más de 370 comunicaciones incluyendo las de sus allegados. Y del caso Vialidad solicitó como pruebas los mensajes del celular del exsecretario de Obras Públicas José López, el funcionario de los bolsos con dinero en el convento. Allí había mensajes que hablaban de un plan para limpiar evidencias.
Qué se investiga
La causa que la Corte resolvió hoy está relacionada con las empresas de propiedad de la familia Kirchner que –según la hipótesis delictiva objeto de la investigación- habrían sido utilizadas para lavar ganancias ilícitas provenientes de actos de corrupción perpetrados durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Kirchner. El blanqueo se habría realizado mediante el alquiler, por parte de compañías controladas por empresarios ligados a los hechos de corrupción, de habitaciones de hotel que no eran utilizadas (en el caso de Hotesur) o de inmuebles (en el caso de Los Sauces).
Los acusados en el caso que ahora serán juzgados por lavado de activos (en concurso ideal con dádivas) son Osvaldo José Sanfelice y Alberto Oscar Leiva, Cristóbal López y Carlos Fabián De Sousa, Máximo Kirchner, Lázaro Báez, Martín Antonio Báez, Adrián Esteban Berni, Víctor Manzanares, César Gerardo Andrés, Ricardo Leandro Albornoz, Edith Magdalena Gelves, Romina Mercado. También están imputados Patricio Pereyra Arandia, Emilio Carlos Martín, Jorge Ernesto Bringas, Julio Enrique Mendoza, Martín Samuel Jacobs, Alejandro Fermín Ruiz, Carlos Alberto Sancho, Norma Beatriz Abuin, Leandro Báez, Luciana Sabrina Báez y Claudio Fernando Bustos.
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