Héctor Recalde propone de nuevo que trabajadores participen de las ganancias de las empresas
El diputado kirchnerista presentó por segunda vez el proyecto de ley en la Cámara baja, luego de haber caducado el trámite en su primera instancia
El diputado kirchnerista, Héctor Recalde , volvió a presentar en la Cámara baja el proyecto de ley que propone que los trabajadores tengan una participación del diez por ciento de las ganancias netas anuales de las empresas, tras haber caducado el trámite del mismo en su primera instancia al no obtener tratamiento.
Con el número de expediente 1745-D-2014 y la única firma de Recalde, el proyecto fue girado a la comisión de Legislación del Trabajo, que preside el diputado, y a las comisiones de Legislación Penal y de Presupuesto y Hacienda.
La propuesta
La propuesta del diputado establece en el artículo primero que "todos los trabajadores, empleados u obreros que presten servicios en virtud de un contrato de trabajo en una empresa con fines de lucro, tendrán derecho a una retribución anual en concepto de participación en las ganancias, sujeta a los resultados del ejercicio económico de la empresa a que pertenecen".
Por su parte, el segundo artículo indica que "la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas no integra ni sustituye al salario legal o convencional, ni su pago puede compensar o alterar la percepción de otros beneficios u obligaciones a cargo del empleador, tengan o no carácter remuneratorio".
Además, establece que "en ningún caso la participación en las ganancias se computará para la determinación de las cargas sociales, montos de indemnización, ni de los aportes y contribuciones con destino a regímenes previsionales o asistenciales, y no tiene incidencia en ningún otro instituto relativo al contrato de trabajo".
De igual forma, el proyecto instaura que "se considerará ganancia de las empresas a la renta gravable de conformidad con las normas de la legislación impositiva vigente sobre Impuesto a las Ganancias, o las que se establezcan en el futuro sobre los beneficios, utilidades, réditos o ganancias de las empresas".
Cambios
La diferencia con la presentación del proyecto anterior radica en que ahora se difiere la entrada en vigencia del régimen que se crea al segundo año posterior a su publicación en el Boletín Oficial para que los sectores sociales "acuerden la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas para el lapso que transcurra" hasta que empiece a regir.
"Solo estará afectado a la participación laboral el rédito neto, obtenido en cada ejercicio anual, para lo cual se restarán del rédito bruto los gastos necesarios para obtenerlo, mantenerlo y conservarlo cuya deducción admita la legislación impositiva aplicable" y a su vez, "serán deducibles las reinversiones de utilidades hasta un máximo del cincuenta por ciento".
El otro cambio presentado en esta presentación del proyecto de ley se refiere a las micro, pequeñas y medianas empresas al facultar al Consejo Nacional de Participación Laboral para que fije el umbral a partir del cual deberán participar ganancias las micro, pequeñas y medianas empresas.
Sin embargo, el proyecto establece que "no se harán compensaciones de los años de pérdidas con los de ganancias", aunque propone que "cada tres ejercicios consecutivos de resultados negativos, en el primer año en que obtengan resultado positivo las empresas podrán distribuir sólo un 50 por ciento" de la cantidad fijada en la ley.
Por último, el proyecto crea el Consejo Nacional de Participación Laboral en las Ganancias, con doce miembros, en el ámbito del Ministerio de Trabajo con participación del Estado, la CGT y los empleadores.
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