Guillermo Moreno asumió su condena por amenazas en Papel Prensa: “Dentro de la ley todo, fuera de la ley nada”
El exsecretario de Comercio dijo que “se veía venir” un fallo en esa línea y se allanó al falló judicial que lo condenó a dos años de prisión en suspenso
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Tras ser condenado a dos años de prisión en suspenso y seis meses de inhabilitación para ocupar cargos públicos por el delito de proferir amenazas coactivas durante una asamblea de accionistas de Papel Prensa, el exsecretario de Comercio Guillermo Moreno dijo que “se veía venir” un fallo en esa línea, y asumió lo sucedido con una frase de Juan Perón: “Dentro de la ley todo, fuera de la ley nada. Hay que aguantársela”.
“De tres jueces, dos dijeron que era culpable y uno dijo que era inocente. O sea, si fuera una pelea, sería fallo dividido”, ironizó el exfuncionario en declaraciones a AM 530, al tiempo que calificó a los hechos ocurridos en 2010, y por los que fue sentenciado, como “una humorada”. “No tengo muchas más opiniones para dar”, indicó.
En ese sentido, Moreno aseguró no estar preocupado por las consecuencias políticas que puede llegar a traerle la decisión de la Justicia en su contra. “Pueden inhabilitarme, pero yo hago parto de proyectos colectivos, no de proyectos individuales”, indicó. Sin embargo, aclaró que su principal objetivo es ser candidato a presidente en las elecciones de 2023.
Ayer, los jueces del Tribunal Oral Federal N° 8 Sabrina Namer y Guillermo Toselli, con la disidencia de la juez Gabriela López Iñiguez, condenaron a Moreno por irrumpir con unos guantes de box en una asamblea de Papel Prensa, invitar a pelear a los presentes e intimidar a los miembros del directorio de la empresa. El juicio se realizó de manera virtual, por Zoom, y el fallo fue leído por al jueza López Iñiguez. Moreno apareció en la pantalla con un abrigo, vestido de traje y corbata. No hizo ninguna manifestación cuando se leyó la sentencia.
Los jueces convocaron a una audiencia el 12 de julio para leer los fundamentos de la sentencia, no obstante fuentes judiciales informaron a LA NACION que las razones de la disidencia pasaron por la determinar en que tipo penal encuadraba la conducta que se le reprochaba al exfuncionario.
El fallo
Moreno venía acusado de amenazas coactivas que se configuran cuando se busca mediante amenazas el obligar a alguien a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad. En este caso, la jueza López Iñiguez entendió que con las conductas de Moreno se pasó de una mera presión psicológica a una vía de hecho, por ejemplo apagar las luces para evitar la votación o plantarse al grito de “¡Acá no se vota!”.
En esta interpretación el delito no sería amenazas coactivas, sino tal vez otro mas grave, por el que no haía acusado el fiscal por lo que para la jueza no correspondía imponer la condena y votó por la absolución. En cambio, sus colegas Toselli y Namer entendieron que con estas conductas se daba el delito de amenazas coactivas por las que la fiscalía reclamó la condena.
En octubre de 2017, Moreno había sido condenado a dos años y medio de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por haber utilizado fondos públicos para comprar merchandansing con la leyenda “Clarín Miente”, en medio de la pelea del gobierno de Cristina Kirchner con ese grupo mediático. La condena está ahora a estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Además, en un segundo juicio, muy similar al que comenzó a ser juzgado ahora, Moreno fue absuelto por haber perturbado una asamblea del Grupo Clarín en abril de 2013.
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