Guerra de Malvinas: anulan un fallo que ordenaba investigar torturas a soldados
Lo hizo la Cámara de Casación al entender que hace 11 años ya se resolvió con respecto a otro de los acusados que no se trataban delitos de lesa humanidad
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La Cámara de Casación anuló una sentencia que había ordenado avanzar con el procesamiento de un militar retirado, acusado de someter a torturas a soldados argentinos durante la guerra de Malvinas. El máximo tribunal penal sostuvo que ya en 2009 se había resuelto, con un fallo que dejó firme la Corte Suprema de Justicia, que no se trataban de delitos de lesa humanidad, por lo que estaban prescriptos.
La Sala I de la Cámara de Casación hizo lugar así a un recurso que había presentado el subteniente retirado Jorge Oscar Ferrante. La causa es trascedente porque se está debatiendo si prescriben las torturas contra los soldados por parte de oficiales y suboficiales del Ejército.
Los jueces Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa hicieron lugar al recurso presentado por el abogado Manuel Eduardo Barros, defensor de Ferrante, y le devolvieron el expediente a la Cámara de Federal de Comodoro Rivadavia “para que dicte una nueva resolución de acuerdo con los lineamientos expuestos en la presente”.
Ferrante fue llamado a prestar declaración indagatoria acusado de torturar a Julio César Más, quien “habría sido estaqueado entre doce y dieciocho horas y que [la tortura] habría culminado cuando otro conscripto lo liberó durante un bombardeo”.
La causa por las torturas en Malvinas se inició en 2007. En 2009, la defensa oficial de uno de los acusados pidió que se declarara extinguida la acción penal por prescripción. Pero la entonces titular del juzgado federal de Río Grande, Lilian Herráez, rechazó el planteo.
En agosto de 2009, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, por mayoría, ratificó la decisión de la jueza. Pero dos meses después, la Sala I de Casación anuló y le ordenó dictar un nuevo fallo. En esa decisión de hace 12 años se decía que los delitos habían prescripto por el paso del tiempo. Ese fallo de los jueces de la Casación Raúl Madueño, Juan Fégoli y Juan Carlos Rodríguez Basavilbaso había favorecido al subteniente Jorge Taranto y el capitán Daniel Polano, contra la decisión que había calificado a esos hechos como crímenes de lesa humanidad.
El abogado de Ferrante planteó ahora que aquel fallo de Casación de 2009 alcanzaba a su defendido. Y alegó que respecto de su asistido “debe operar el principio de cosa juzgada, pues de lo contrario, se está incurriendo en una doble persecución”. Dijo que los hechos no pueden tomarse como crímenes de guerra porque “las presuntas víctimas tenían estado militar y por tanto estaban sometidos a la justicia militar, no resultando ser población civil o grupos perseguidos”.
El fiscal ante Casación, Javier de Luca, en cambio, había sostenido que en la causa se investigan “crímenes de guerra y/o graves violaciones a los Derechos Humanos” y por lo tanto son “imprescriptibles”. Y sostuvo que “existen razones para concluir que los soldados que resultaron víctimas de los hechos pesquisados en la presente causa pueden considerarse protegidos por los Convenios I y II de Ginebra toda vez que, más allá del sujeto pasivo y activo, pertenecen a la misma fuerza”.
Ahora, la jueza Figueroa votó por rechazar el recurso de Ferrante y a favor de que se siga investigando. “Conforme el estado procesal de la causa y la totalidad de las constancias glosadas al expediente, se advierte que la decisión cuestionada cuenta con los fundamentos mínimos y necesarios que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido. Ello toda vez que, como lo consideraron la judicatura de grado y la Cámara de Apelaciones respectiva, persiste la potencial caracterización de los hechos como delitos de lesa humanidad o graves violaciones a los derechos humanos, al tiempo que lo mismo sucede con relación a la eventual calificación de los sucesos como crímenes de guerra conforme lo dictaminado por el Fiscal ante esta Cámara”, afirmó.
Sin embargo, los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña dijeron que el asunto ya estaba resuelto en 2009, en una decisión que fue dejada firme por la Corte. Estos jueces votaron por hacer lugar al recurso de casación. “Se advierte que asiste razón a la defensa en cuanto a que en aquel fallo se ha insistido con una cuestión que fue zanjada por esta Cámara Federal de Casación Penal” que se encuentra firme, sostuvo Petrone.
“La cuestión sometida a inspección casatoria relativa a la categorización de los hechos juzgados en este legajo, fue dirimida por esta Sala –con diferente integración– en la ya citada causa de fecha 13 de noviembre de 2009, sentencia que adquirió firmeza tal como expresamente lo puso de relieve el más Alto Tribunal en su ya referenciado pronunciamiento en estos actuados, de fecha 13 de mayo de 2015″, agregó Barroetaveña.
Sin adentrarse en el fondo del asunto y aludiendo a las razones procesales, anularon el fallo de la Cámara de Federal de Comodoro Rivadavia y le indicaron que dicte una nueva sentencia acorde con estas consideraciones.
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