Formosa: restricciones ilegales que atentan contra el derecho a informar
El derecho a informar es un derecho colectivo y base de la democracia constitucional. La actividad periodística fue determinada como una actividad esencial desde el primer momento que se estableció la cuarentena, cuando empezó a regir el Aislamiento Preventivo Social Obligatorio (ASPO).
El decreto de necesidad y urgencia 297, que dispuso el ASPO, enumera las personas que "quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular" y en su artículo 9 incluye al "personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales". Dicho DNU fue ratificado por el Congreso con lo cual hoy tiene no solo el valor formal, sino el valor sustancial de una ley. Está claro entonces que el ejercicio del periodismo es una actividad esencial que puede ser ejercida en cualquier punto del país y que quien lo ejerce puede circular libremente.
En este momento estamos bajo la situación de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (Dispo), habiendo superado la situación de ASPO. En dicho marco, de Dispo, no puede haber ningún tipo de normativa provincial que imponga, en el ingreso al territorio de una provincia, la obligatoriedad de pasar por centros de aislamientos o de hacer cuarentenas. A lo sumo, las reglamentaciones locales pueden exigir un examen que garantice que el periodista que está ingresando no sea un caso de Covid positivo, pero bajo ningún punto de vista se le puede exigir que vaya a un centro de aislamiento.
El ejercicio del periodismo es una actividad esencial que puede ser ejercida en cualquier punto del país. Quien lo ejerce puede circular libremente.
La libertad de expresión y el derecho de acceso a la información garantizados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales, el reconocimiento del periodismo como actividad esencial y la situación de Dispo hacen que la normativa local de la provincia de Formosa que se pretende imponer a los periodistas que quieren ingresar a su territorio sea inválida e inconstitucional y que rompa el modelo federal.
Las medidas que se adopten para intentar doblegar al Covid19 no pueden ser utilizadas para evitar los controles que emanan de la libertad de expresión en términos de transparencia y razonabilidad.
El autor es profesor de derecho constitucional (UBA-UNLPam). Integró el Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público creado por Alberto Fernández
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