Formosa: la Corte Suprema exhortó a Gildo Insfrán a garantizar los derechos humanos en los centros de aislamiento
La Corte Suprema pidió informes al gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, sobre los centros de aislamiento por el coronavirus que funcionan en la provincia y la exhortó "sobre la necesidad de llevar a cabo el control y prevención de la propagación del virus Covid-19 con arreglo a los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos".
"La restricción a la libertad corporal debe satisfacer exigencias de razonabilidad", sostuvo el máximo tribunal.
La Corte hizo esta advertencia en el expediente abierto por el habeas corpus colectivo que presentó el senador Luis Naidenoff por las condiciones de alojamiento de quienes fueron aislados en Formosa.
En ese caso se generó un conflicto de competencia entre la justicia federal y la provincial, que la Corte tiene pendiente resolver. Mientras avanzan los trámites para definir esa cuestión, el tribunal decidió intervenir. "No existe óbice para que esta Corte, antes de resolver la competencia del caso -una vez que se emita el correspondiente dictamen fiscal (...)-, adopte las medidas imprescindibles que resulten idóneas para asegurar la vigencia de los principios constitucionales y de las obligaciones internacionales asumidas por la República Argentina", afirmó.
El máximo tribunal sostuvo: "Es prioritario requerir información actualizada sobre la situación denunciada en relación a los centros de aislamiento preventivos de la provincia de Formosa y encomendar a las autoridades públicas correspondientes que lleven a cabo las gestiones necesarias para que -en el contexto de la emergencia declarada por la propagación del virus COVID-19-, sean respetados y protegidos los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos".
El 19 de noviembre pasado, la Corte le había ordenado a la provincia de Formosa que en un plazo máximo de 15 días hábiles dejara ingresar a su territorio a los varados por el coronavirus que acampaban en el límite provincial, impedidos de entrar por decisión del gobernador. Los cinco jueces de la Corte le recordaron entonces a Insfrán el derecho constitucional a la libre circulación.
Los pedidos de la Corte
Hoy, la Corte le dio a Formosa tres días para que informe "si el Centro de Atención Sanitaria ubicado en el 'Estadio Polideportivo Cincuentenario' ha sido desactivado de manera definitiva, o si se trata de una resolución condicionada a la reducción en el nivel de contagios y, en tal caso, bajo qué pautas se procedería a su reapertura". A principios de este mes la provincia anunció que había flexibilizado las condiciones de aislamiento.
La Corte también le pidió que precise "si subsisten en actividad otros centros de internación que funcionen bajo las mismas condiciones que las referidas por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa respecto del 'Estadio Polideportivo Cincuentenario" y que detalle cuáles son "los protocolos para la protección de derechos humanos" que deben respetar las autoridades provinciales que controlan y aplican la regulación sanitaria, "incluso respecto de quienes cumplan cuarentenas domiciliarias".
Finalmente, la Corte dispuso "exhortar al gobierno de la provincia de Formosa sobre la necesidad de llevar a cabo el control y prevención de la propagación del virus Covid-19 con arreglo a los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos".
Pero los ministros de la Corte destinaron además una advertencia a los jueces: les advirtieron que deben cumplir con "el deber impostergable que pesa sobre los tribunales de justicia de todo el país, en el marco de sus respectivas competencias, de brindar efectivo amparo a las personas cuyos derechos se ven amenazados o han sido ya vulnerados".
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